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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MAYO DEL AÑO 2011 (19/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 84

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de mayo de 2011 442804 TÍTULO II CAPÍTULO I DE LA COORDINACIÓN Y DEL EQUIPO TÉCNICO Artículo 5º.- DE LA COORDINACIÓN El Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) es la instancia encargada de coordinar, concertar, monitorear y garantizar el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo en el marco de lo normado por la Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo 6º.- DEL EQUIPO TÉCNICO MUNICIPAL El Equipo Técnico Municipal es la instancia responsable de brindar soporte técnico en el Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo del Distrito de Comas. CAPÍTULO II DE LOS AGENTES PARTICIPANTES Artículo 7º.- AGENTES PARTICIPANTES Para la participación en los procesos de los Presupuestos Participativos que anualmente se desarrollarán en el distrito, podrán ser los siguientes: a) El Alcalde. b) El Concejo Municipal. c) Los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital. d) Los Representantes de las organizaciones, espacios y redes de la Sociedad Civil del distrito debidamente inscritas en el Libro de Agentes Participantes. e) Los Ciudadanos No Organizados que voluntariamente lo soliciten, de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento. f) Los representantes de Instituciones Públicas y Privadas. Artículo 8º.- DEFINICIONES Para los fi nes del presente Reglamento, se entiende por organizaciones participantes: a) Organizaciones privadas: Todas las organizaciones e instituciones tales como universidades, colegios profesionales, asociaciones civiles, organismos no gubernamentales, asociaciones o gremios empresariales, fundaciones, sociedades mercantiles, organizaciones religiosas o confesionales que actúan con un carácter permanente en la circunscripción del distrito. b) Organizaciones o instituciones públicas: Unidades ejecutoras, programas o proyectos de los ministerios u organismos públicos del Estado de carácter nacional o provincial que actúan o tienen sede en la circunscripción del distrito. c) Organizaciones sociales: Toda organización de ciudadanos territoriales y temáticos, espacios y redes sociales del distrito, que cuente con actividad permanente y reconocida en la circunscripción del distrito. Artículo 9º.- FUNCIONES DE LOS AGENTES PARTICIPANTES a) Partiendo de la cartera de proyectos registrados en el Banco de Proyectos de la Municipalidad, los agentes participantes plantean nuevos proyectos que deben estar articulados al PDC Distrital y demás planes, de acuerdo a las orientaciones contenidas en el presente Reglamento. b) Participar en las distintas fases del proceso teniendo derecho a voz y voto de acuerdo a lo establecido en el presente Reglamento. c) Opinar sobre la información económica y administrativa que proporcione la institución municipal de acuerdo a lo establecido en el presente Reglamento. d) Respetar las pautas metodológicas de los talleres aprobadas mediante Resolución de Alcaldía y/o Decreto de Alcaldía, implementadas por el Equipo Técnico. e) Contribuir con el normal desarrollo del proceso, considerando los principios de participación y pluralidad de ideas. f) Elegir y ser elegido miembro del Comité de Vigilancia y comisiones que se establezcan en el proceso. g) Cofi nanciar la ejecución de proyectos mediante recursos fi nancieros y/o mano de obra. h) Suscribir las actas y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso. i) Vigilar a través del Comité de Vigilancia el proceso del Presupuesto Participativo y la ejecución de los acuerdos concertados. j) Otros que demande el proceso. Artículo 10º.- DE LOS DELEGADOS Los agentes participantes inscritos que participan en los talleres zonales, sectoriales y temáticos elegirán representantes en calidad de delegados, quienes sustentarán las propuestas en los talleres distritales deliberativos. Por cada taller zonal, sectorial y temático se elegirán 09 delegados para los talleres deliberativos, siendo cada Presidente de las Juntas Vecinales Comunales, miembro nato. Artículo 11º.- DE LA PARTICIPACIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES La Municipalidad promueve la participación en el “Proceso del Presupuesto Participativo para Niños, Niñas y Adolescentes” con el objetivo de incorporar a los sectores vulnerables, buscar la sostenibilidad de los Procesos Participativos, contribuir a la formación de liderazgos democráticos, cívicos e impulsar el Sistema de Gestión Descentralizada y Participativo. TÍTULO III DE LOS ROLES, FUNCIONES Y RESULTADOS DEL PROCESO DE PROGRAMACIÓN PARTICIPATIVA Artículo 12º.- DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL a) Concertar la Ordenanza que aprueba el Reglamento del proceso de formulación y aprobación del Presupuesto Participativo, para ser presentado a sesión de Concejo Municipal. b) Realizar el seguimiento y monitoreo a las fases del proceso del Presupuesto Participativo hasta su aprobación fi nal. c) Verificar la articulación entre la gestión del Plan de Desarrollo Concertado (PDC) y el Presupuesto Participativo (PP). d) Coordinar con el Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo una efectiva vigilancia y el adecuado cumplimiento de los acuerdos. Artículo 13º.- DEL ALCALDE a) Convocar y presidir la sesión del CCLD para la concertación de la Ordenanza que aprueba el Reglamento del proceso del Presupuesto Participativo. b) Convocar y dirigir las reuniones necesarias para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo (PP). c) Disponer a los funcionarios encargados la obligación de la asistencia y apoyo en el proceso del Presupuesto Participativo. d) Establecer los montos referenciales para el Presupuesto Participativo. e) Presentar la cartera proyectos de la Municipalidad. f) Velar por el cumplimiento de los acuerdos aprobados. g) Informar los acuerdos y propuestas a la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo 14º.- DE LA CONSTITUCIÓN DEL EQUIPO TÉCNICO El Equipo Técnico del proceso de Presupuesto participativo, estará integrado por: a) Gerente de Planificación y Presupuesto, quien la presidirá. b) Gerente de Participación Vecinal, como Secretario Técnico. c) Gerente de Desarrollo Urbano. d) Gerente de Desarrollo Humano. e) Gerente de Desarrollo Ambiental. f) Gerente de Desarrollo Económico. g) Gerente de Administración y Finanzas. h) Gerente de Administración Tributaria. i) Gerente de Asuntos Jurídicos. j) Unidad de Comunicación Municipal. k) Sub-Gerente de Planeamiento y Presupuesto.