Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2011 (06/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 6 de noviembre de 2011

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

452861

se constituye sobre la base de los Sistemas Locales de Gestion Ambiental, precisando en su articulo 62 que los gobiernos locales deben de implementar un Sistema Local de Gestion Ambiental integrando a las entidades publicas y privadas y sociedad civil en el ambito del gobierno local; Que el articulo 59.1 de la misma MORDAZA, senala que los gobiernos locales ejercen sus funciones ambientales de conformidad con lo que establecen sus leyes organicas y lo dispuesto en dicha ley; Que el articulo 2 de la Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental aprobada por Ley Nº 28245 establece que dicho Sistema se constituye sobre la base de las instituciones publicas en el nivel local, que ejerzan competencias ambientales, contando con la participacion del sector privado y la sociedad civil; Que, el articulo 25 de la misma Ley MORDAZA, dispone que las Comisiones Ambientales Municipales son las instancias de gestion ambiental, encargadas de coordinar y concertar la politica ambiental municipal, y que mediante ordenanza municipal se aprueba la creacion de la Comision Ambiental Municipal, su ambito, funciones y composicion; Que, el Reglamento de la referida Ley MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM, precisa que las municipalidades, en el MORDAZA de la autonomia reconocida por ley y sin perjuicio a las responsabilidades que corresponde al MORDAZA, promoveran, mediante el Concejo Municipal la creacion de instancias de coordinacion y concertacion ambiental dentro del Sistema Nacional de Gestion Ambiental; Estando a lo expuesto y con el Dictamen favorable de la Comision de Servicios a la MORDAZA, y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal con el MORDAZA POR UNANIMIDAD; y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta; ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA POLITICA AMBIENTAL DE VENTANILLA, Y CREA EL SISTEMA LOCAL DE GESTION AMBIENTAL Articulo Primero.- APROBAR la Ordenanza Municipal que aprueba la Politica Ambiental de Ventanilla, y crea el Sistema Local de Gestion Ambiental, el mismo que consta de tres (03) titulos, dieciocho (18) articulos y una (01) disposicion transitoria, cuyo texto integro sera publicado en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de Ventanilla. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Legal y Secretaria Municipal, disponga la publicacion de la presente Ordenanza y su anexo, en el MORDAZA Institucional de la Corporacion MORDAZA, cuya direccion electronica es: www.muniventanilla.gob.pe. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 712048-1

Que el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley 28607, senala que las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el articulo IV del titulo preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, el numeral 4.2) del articulo 80° de la citada Ley, prescribe que es competencia municipal la realizacion de campanas de control de epidemias y control de sanidad animal; Que, el articulo 10° de la Ley que regula el Regimen Juridico de Canes - Ley Nº 27596 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2002-SA, y sus modificatorias, dispone que es competencia de las municipalidades distritales donde se ubique el domicilio del propietario o poseedor de canes, entre otras, llevar el registro de dichos canes, otorgar licencia respectiva, supervisar el establecimiento de las medidas de seguridad necesarias para albergar a canes considerados peligrosos, disponer su internamiento en los casos que se incumplan las obligaciones senaladas en la acotada ley y, exigir el cumplimiento de las disposiciones y sanciones previstas en dicha MORDAZA legal; Que, de acuerdo a lo establecido en la Tercera Disposicion Transitoria y Final de la citada Ley, las Municipalidades Distritales y Provinciales, respecto del Cercado, dictaran las normas reglamentarias necesarias para su aplicacion; Que, conforme a lo establecido en el articulo 124° de la Ley General de Salud ­ Ley Nº 26842, los organos desconcentrados o descentralizados quedan facultados para disponer, dentro de su ambito, medidas de prevencion y control de caracter general o particular en las materias de su competencia; Que, el Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, aprobado por la Ordenanza Municipal N° 032-2010/MDV, publicada el 21 de enero del 2011, establece en su articulo 71, inciso 71.3 como una de las funciones de la Gerencia de Proyectos Especiales del Sistema de Salud Municipal: "Desarrollar y ejecutar las acciones de control de la crianza de mascotas y prevencion de zoonosis"; Estando a lo expuesto y con el Dictamen favorable de la Comision de Promocion Social y Salud, y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal con el MORDAZA POR UNANIMIDAD; y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta; ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA EL REGIMEN DE TENENCIA Y REGISTRO DE CANES EN EL DISTRITO DE VENTANILLA Articulo Primero.- APROBAR la Ordenanza Municipal que Regula el Regimen de Tenencia y Registro de Canes en el distrito de Ventanilla, el mismo que consta de Once (11) Titulos, cuarenta y nueve (49) articulos, tres (03) disposiciones complementarias, tres (03) disposiciones transitorias, siete (07) disposiciones finales y dos (02) anexos, cuyo texto integro sera publicado en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de Ventanilla. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Legal y Secretaria Municipal, disponga la publicacion de la presente Ordenanza y su anexo, en el MORDAZA Institucional de la Corporacion MORDAZA, cuya direccion electronica es: www.muniventanilla.gob.pe. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 712048-2

Regulan el Regimen de Tenencia y Registro de Canes en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 0024-2011/MDV Ventanilla, 27 de setiembre de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal Distrital, de fecha 27 de setiembre de 2011; y,

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