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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 8 de noviembre de 2011 452934 Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Administrativa Nº 001- 2011-SIS/GNF, “Directiva Administrativa que regula los Procedimientos para el Traslado de Emergencia de los Inscritos o Asegurados al Seguro Integral de Salud” y sus Anexos, que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento, en coordinación con la Ofi cina General de Tecnología de la Información, la implementación y ejecución de las disposiciones contenidas en la Directiva aprobada en el artículo precedente. Artículo 3º.- Encargar a Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Ofi cina General de Tecnología de la Información su difusión en la página Web del Seguro Integral de Salud. Artículo 4º.- Dejar sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ CARLOS DEL CARMEN SARA Jefe Institucional (e) del Seguro Integral de Salud 713305-1 Amplían plazo de ingreso al aplicativo informático SIASIS - No Tarifario de los Formatos Únicos de Atención, correspondientes a Prestaciones Administrativas que hayan sido presentadas a los establecimientos de salud o UDR (ex ODSIS) RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 162-2011/SIS Lima, 4 de noviembre de 2011 VISTOS: El informe Nº 237-2011-SIS-GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento y el Informe Nº 375-2011-SIS/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el Seguro Integral de Salud (SIS) es un Organismo Público Ejecutor del Ministerio de Salud, creado mediante Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, con la misión de administrar los fondos destinados al fi nanciamiento de prestaciones de salud individual de la población carente de seguro de salud, con especial atención en los más pobres y vulnerables, de conformidad con la política del Sector; Que, el artículo 13º del Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2002-SA, establece que el Jefe del Seguro Integral de Salud debe diseñar, rediseñar y mejorar continuamente el proceso del SIS; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 173-2008/SIS se aprueba la Directiva Nº 004-2008-SIS/J “Directiva que regula el Uso de las Aplicaciones Informáticas de Registro de Formatos del Seguro Integral de Salud” y sus anexos, cuyo Objetivo General es poner a disposición de los puntos de digitación de los establecimientos de salud y Unidades Ejecutoras a nivel nacional, el uso de aplicativos informáticos que permita registrar los formatos de evaluación socioeconómica, inscripción, afi liación y atención, para el otorgamiento de los servicios de salud a los asegurados/inscrito del SIS; Que, conforme a lo establecido en el artículo 33º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, corresponde a la Gerencia de Negocios y Financiamiento, la gestión fi nanciera de los diferentes seguros que brinda el SIS; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 184-2009/SIS se aprueba el Documento Técnico: Plan de Trabajo y Precisiones para la Implementación de la Resolución Ministerial Nº 240-2009/MINSA, que en el numeral 7.4.2, establece que los formatos únicos de atención que no hayan podido ser ingresados al sistema con los códigos prestacionales de la Resolución Ministerial Nº 240-2009/MINSA generados durante el período abril – diciembre 2009 tendrán como plazo para ser ingresados hasta el 31 de Marzo del 2010; Que, de acuerdo al informe de Vistos de la Gerencia de Negocios y Financiamiento resulta necesario ampliar el plazo señalado en el numeral 7.4.2. del Documento Técnico aprobado por Resolución Jefatural Nº 184- 2009/SIS, para el ingreso de los Formatos Únicos de Atención que no hayan podido ser ingresados al aplicativo informático SIASIS con fecha anterior al 01 de enero de 2010, siempre y cuando las solicitudes de reembolso, hayan sido presentados a los establecimientos de salud, dentro del plazo establecido en la normatividad vigente; Que, con el visto bueno de Secretaría General, Gerencia de Negocios y Financiamiento, Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, Ofi cina General de Tecnología de la Información y con la opinión favorable de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con los dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar el plazo de ingreso al aplicativo informático SIASIS – No Tarifado de los Formatos Únicos de Atención con fecha de atención anterior al 01 de enero de 2010, correspondientes a Prestaciones Administrativas que hayan sido presentadas a los establecimientos de salud o UDR (ex ODSIS), según corresponda, dentro de los plazos señalados en la normatividad vigente; dicha ampliación será hasta el 31 de diciembre de 2011 y a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Ofi cina General de Tecnología de la Información, realizar las adecuaciones pertinentes en el aplicativo SIASIS – No Tarifado, a fi n de implementar la ampliación dispuesta en el artículo precedente. Artículo 3º.- Disponer que el Representante de la UDR (ex ODSIS), previo al reporte de ingresos de Formatos Únicos de Atención que solicite al amparo de la presente Resolución, emita un informe a la Jefatura Adjunta del Seguro Integral de Salud detallando las causas que originaron el retraso de su ingreso al SIASIS – No Tarifado, a efecto de determinar las responsabilidades administrativas a que hubiere lugar. Artículo 4º.- Encargar a la Secretaria General, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Ofi cina General de Tecnología de la Información la difusión en la página web del portal del SIS. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ CARLOS DEL CARMEN SARA Jefe Institucional (e) del Seguro Integral de Salud 713305-2 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Aprueban disposiciones para la declaración y pago de los anticipos mensuales de la Regalía Minera, el Impuesto Especial a la Minería y el Gravamen Especial a la Minería RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 260-2011/SUNAT Lima, 7 de noviembre de 2011