Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2011 (10/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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A LA: SECCION MORDAZA PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO SUBTOTAL SECCION MORDAZA PLIEGO FUENTE DE FINANCIAMIENTO SUBTOTAL TOTAL EGRESOS

NORMAS LEGALES
En Nuevos Soles : Instancias Descentralizadas : Gobiernos Locales 5 : Recursos Determinados 487 132 839,00 ============ : Instancias Descentralizadas : Municipalidad Distrital de Olmos 5 : Recursos Determinados 740 761,00 ============ 487 873 600,00 ============

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de noviembre de 2011

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011 a favor del Ministerio de Educacion, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para la implementacion de la Ley N° 29062, Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referido a la MORDAZA Publica Magisterial
DECRETO SUPREMO N° 200-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 079-2009-EF, se fija el monto de la Remuneracion Integra Mensual-RIM correspondiente al Primer (I) Nivel Magisterial dispuesto por la Ley Nº 29062, Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referido a la MORDAZA Publica Magisterial; Que, mediante las Resoluciones Ministeriales Nº 4222010-ED y Nº 127-2011-ED, se convoco la realizacion de la Primera y MORDAZA Fase del "Programa de Incorporacion a la MORDAZA Publica Magisterial para Profesores con Titulo Pedagogico de las Areas de Gestion Pedagogica e Institucional", que estan nombrados segun el regimen de la Ley Nº 24029, Ley del Profesorado, modificada por la Ley Nº 25212, el cual se lleva a cabo de acuerdo a lo establecido por la Resolucion Ministerial Nº 01312010-ED, y que tuvo como resultado la incorporacion de 5,854 docentes, con informacion actualizada en el Modulo de Gestion de Recursos Humanos, a los niveles II, III, IV y V de la MORDAZA Publica Magisterial, cuyo pago de remuneracion diferencial debe efectuarse a partir del mes de MORDAZA de 2011, con un costo ascendente a VEINTISIETE MILLONES NOVECIENTOS DIECISIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 27 917 668,00); Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 4232010-ED, se convoco a concurso publico para el nombramiento de profesores en el Area de Gestion Pedagogica bajo el regimen de la Ley Nº 29062, en plazas organicas presupuestadas de Educacion Basica y Tecnico Productiva, vacantes al 20 de enero de 2011, habiendo ingresado por nombramiento 3,091 docentes, con informacion actualizada en el Modulo de Gestion de Recursos Humanos, al nivel I de la MORDAZA Publica Magisterial, cuyo pago de remuneracion diferencial debe efectuarse a partir del mes de Junio de 2011, con un costo ascendente a SEIS MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 6 693 272,00); Que, mediante Decreto Supremo Nº 153-2011-EF, se autorizo una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, hasta por la suma de DOS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 976 006,00), de los cuales correspondieron DOS MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 769 494,00) para financiar la remuneracion diferencial de 1,161 docentes, del total de 2,101 docentes nombrados en el nivel I de la MORDAZA Publica Magisterial, correspondientes a la Resolucion Ministerial Nº 0199-2010-ED, quedando pendiente el financiamiento de la remuneracion diferencial de 749 docentes nombrados con informacion actualizada en el Modulo de Gestion de Recursos Humanos por el importe de UN MILLON NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS QUINCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 935 915,00); Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2011-EF, se autorizo una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, hasta por la suma de UN MILLON SEISCIENTOS VEINTISIETE MIL OCHOCIENTOS TRECE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 627 813,00) para financiar la remuneracion diferencial de 1,223 docentes, de un total de 1,518 docentes

1.2 Los pliegos habilitados senalados en el Anexo Nº 1 del presente Decreto, asi como la Municipalidad Distrital de Olmos, de la provincia y departamento de MORDAZA, incorporaran los citados recursos en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, conforme lo dispone el articulo 2º de la Ley Nº 29332, y sujetandose a lo establecido en el articulo 2º de la presente norma. Articulo 2º.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1º del presente Decreto Supremo, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (05) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida, dentro de los cinco (05) dias de aprobada, a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos involucrados instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 1º del presente Decreto Supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4º.- Del plazo para la transferencia de recursos Los recursos a los que se hace referencia en el articulo 1º del presente Decreto Supremo, se transfieren a los Gobiernos Locales detallados en el Anexo Nº 1 que forma parte integrante del presente dispositivo legal, en el mes de noviembre del presente ano fiscal. Articulo 5º.- Publicacion El Anexo que contiene la relacion de los Gobiernos Locales a los cuales se destinaran los recursos autorizados en el articulo 1º del presente Decreto Supremo, se publica en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de la publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los nueve dias del mes de noviembre del ano dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones Encargado del Despacho del Ministerio de Economia y Finanzas 714507-4

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