Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2011 (10/11/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de noviembre de 2011

NORMAS LEGALES

453111

Reconocen y designan representantes de las organizaciones de trabajadores y empleadores integrantes del Consejo Nacional del Trabajo y Promocion del Empleo, asi como del Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo, ante el Consejo Directivo del Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru"
RESOLUCION MINISTERIAL N° 303-2011-TR MORDAZA, 7 de noviembre de 2011 VISTOS: Las comunicaciones remitidas por los Coordinadores Ejecutivos del sector Trabajador y Empleador ante el Consejo Nacional de Trabajo y Promocion del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 012-2011TR, establece que el Consejo Directivo del Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru" esta integrado por dos representantes del Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo, uno de los cuales lo preside, un representante del Ministro de Agricultura, un representante del Ministro de la Produccion, un representante de las organizaciones de empleadores integrantes del Consejo Nacional del Trabajo y Promocion del Empleo y un representante de las organizaciones de trabajadores integrantes del Consejo Nacional del Trabajo y Promocion del Empleo; Que, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo ha recibido las comunicaciones de los Coordinadores Ejecutivos del sector Trabajador y Empleador ante el Consejo Nacional de Trabajo y Promocion del Empleo, mediante las cuales, designan a sus representantes ante el Consejo Directivo del Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru"; Que, en tal sentido, corresponde emitir la Resolucion Ministerial mediante la cual se reconoce la participacion de dichos representantes, asi como se designa a uno de los representantes del Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo ante el referido Consejo Directivo; Con la visacion del Jefe de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con la Ley Nº 27594 ­ Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el numeral 8 del articulo 25º de la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo; y el literal d) del articulo 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2010-TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECONOCER al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante de las organizaciones de trabajadores integrantes del Consejo Nacional del Trabajo y Promocion del Empleo, ante el Consejo Directivo del Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru". Articulo 2º.- RECONOCER a la senora MORDAZA MORDAZA BURNEO BURNEO, como representante de las organizaciones de empleadores integrantes del Consejo Nacional del Trabajo y Promocion del Empleo, ante el Consejo Directivo del Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru". Articulo 3º.- DESIGNAR a la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LOS MORDAZA, como representante del Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo, ante el Consejo Directivo del Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru". Registrese, comuniquese y publiquese. RUDECINDO MORDAZA CARREAZO Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 714007-3

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Declaran resuelto contrato de concesion suscrito con World Data Communications S.A. aprobado por R.M. Nº 022-2006-MTC/03
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 784-2011-MTC/03 MORDAZA, 07 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 022-2006-MTC/03 del 12 de enero de 2006, se otorgo a la empresa WORLD DATA COMMUNICATIONS S.A.C., concesion por el plazo de veinte (20) anos, para la prestacion del servicio portador de larga distancia internacional en la modalidad no conmutado, en el area que comprende la Republica del Peru, con excepcion de la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, suscribiendose el contrato de concesion el 06 de MORDAZA de 2006; Que, el numeral 6 del articulo 130º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, establece que es obligacion de los concesionarios pagar oportunamente los derechos, tasa, canon y demas obligaciones que genere la concesion; Que, el literal a) del numeral 18.01 de la Clausula Decimo Octava del Contrato de Concesion suscrito por la empresa WORLD DATA COMMUNICATIONS S.A.C., establece que este quedara resuelto cuando el concesionario incurra en alguna de las causales de resolucion previstas en el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; Que, el numeral 6) del articulo 137º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, establece como causal de resolucion del contrato de concesion el incumplimiento del pago del canon por dos (2) anos calendario consecutivos, salvo que cuente con fraccionamiento vigente o se MORDAZA dejado en suspenso la exigibilidad de las obligaciones conforme a lo establecido en la Ley General del Sistema Concursal; Que, segun Hoja Informativa Nº 00184-2010-MTC/27 del 9 de MORDAZA de 2010, la empresa WORLD DATA COMMUNICATIONS S.A.C., mantiene una deuda por concepto de canon anual por el uso del espectro de los anos 2006, 2007, 2008, 2009 y 2010, y de tasa anual por la explotacion comercial del servicio de los anos 2006, 2007, 2008, 2009 y 2010, al encontrarse pendiente la MORDAZA de las declaraciones juradas de ingresos de los anos indicados; Que, el articulo 235º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, senala que pago del canon anual se efectuara por adelantado en el mes de febrero de cada ano; Que, de acuerdo a lo senalado, la empresa WORLD DATA COMMUNICATIONS S.A.C., con fecha 1º de enero de 2009, habria incurrido en causal para dejar sin efecto de pleno derecho su concesion, de conformidad con lo previsto en el numeral 6 del articulo 137º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, habiendose verificado que la concesionaria no cuenta con fraccionamiento vigente y que sus obligaciones economicas no se encuentran suspendidas, conforme lo establecido en la Ley General del Sistema Concursal; Que, por su parte, la empresa WORLD DATA COMMUNICATIONS S.A.C., con solicitud registro Nº 148038 del 12 de octubre de 2009, formula renuncia a la concesion que le fue otorgada por Resolucion Ministerial Nº 022-2006-MTC/03, el cual constituye en un imposible

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.