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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (10/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de noviembre de 2011 453111 Reconocen y designan representantes de las organizaciones de trabajadores y empleadores integrantes del Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo, así como del Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, ante el Consejo Directivo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 303-2011-TR Lima, 7 de noviembre de 2011 VISTOS: Las comunicaciones remitidas por los Coordinadores Ejecutivos del sector Trabajador y Empleador ante el Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 012-2011- TR, establece que el Consejo Directivo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” está integrado por dos representantes del Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, uno de los cuales lo preside, un representante del Ministro de Agricultura, un representante del Ministro de la Producción, un representante de las organizaciones de empleadores integrantes del Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo y un representante de las organizaciones de trabajadores integrantes del Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo; Que, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ha recibido las comunicaciones de los Coordinadores Ejecutivos del sector Trabajador y Empleador ante el Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo, mediante las cuales, designan a sus representantes ante el Consejo Directivo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; Que, en tal sentido, corresponde emitir la Resolución Ministerial mediante la cual se reconoce la participación de dichos representantes, así como se designa a uno de los representantes del Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo ante el referido Consejo Directivo; Con la visación del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el numeral 8 del artículo 25º de la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el literal d) del artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2010-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- RECONOCER al señor ALFREDO LAZO PERALTA, como representante de las organizaciones de trabajadores integrantes del Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo, ante el Consejo Directivo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”. Artículo 2º.- RECONOCER a la señora SOFÍA RUIZ BURNEO BURNEO, como representante de las organizaciones de empleadores integrantes del Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo, ante el Consejo Directivo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”. Artículo 3º.- DESIGNAR a la señorita MIRIAN LOURDES CÓRDOVA DE LOS SANTOS, como representante del Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, ante el Consejo Directivo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUDECINDO VEGA CARREAZO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 714007-3 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Declaran resuelto contrato de concesión suscrito con World Data Communications S.A. aprobado por R.M. Nº 022-2006-MTC/03 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 784-2011-MTC/03 Lima, 07 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 022-2006-MTC/03 del 12 de enero de 2006, se otorgó a la empresa WORLD DATA COMMUNICATIONS S.A.C., concesión por el plazo de veinte (20) años, para la prestación del servicio portador de larga distancia internacional en la modalidad no conmutado, en el área que comprende la República del Perú, con excepción de la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, suscribiéndose el contrato de concesión el 06 de abril de 2006; Que, el numeral 6 del artículo 130º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, establece que es obligación de los concesionarios pagar oportunamente los derechos, tasa, canon y demás obligaciones que genere la concesión; Que, el literal a) del numeral 18.01 de la Cláusula Décimo Octava del Contrato de Concesión suscrito por la empresa WORLD DATA COMMUNICATIONS S.A.C., establece que éste quedará resuelto cuando el concesionario incurra en alguna de las causales de resolución previstas en el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; Que, el numeral 6) del artículo 137º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, establece como causal de resolución del contrato de concesión el incumplimiento del pago del canon por dos (2) años calendario consecutivos, salvo que cuente con fraccionamiento vigente o se haya dejado en suspenso la exigibilidad de las obligaciones conforme a lo establecido en la Ley General del Sistema Concursal; Que, según Hoja Informativa Nº 00184-2010-MTC/27 del 9 de abril de 2010, la empresa WORLD DATA COMMUNICATIONS S.A.C., mantiene una deuda por concepto de canon anual por el uso del espectro de los años 2006, 2007, 2008, 2009 y 2010, y de tasa anual por la explotación comercial del servicio de los años 2006, 2007, 2008, 2009 y 2010, al encontrarse pendiente la presentación de las declaraciones juradas de ingresos de los años indicados; Que, el artículo 235º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, señala que pago del canon anual se efectuará por adelantado en el mes de febrero de cada año; Que, de acuerdo a lo señalado, la empresa WORLD DATA COMMUNICATIONS S.A.C., con fecha 1º de enero de 2009, habría incurrido en causal para dejar sin efecto de pleno derecho su concesión, de conformidad con lo previsto en el numeral 6 del artículo 137º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, habiéndose verifi cado que la concesionaria no cuenta con fraccionamiento vigente y que sus obligaciones económicas no se encuentran suspendidas, conforme lo establecido en la Ley General del Sistema Concursal; Que, por su parte, la empresa WORLD DATA COMMUNICATIONS S.A.C., con solicitud registro Nº 148038 del 12 de octubre de 2009, formula renuncia a la concesión que le fue otorgada por Resolución Ministerial Nº 022-2006-MTC/03, el cual constituye en un imposible