TEXTO PAGINA: 31
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de noviembre de 2011 453109 materias que le determine, así como de concertar entre los subsistemas que conforman el Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud; Que, el Artículo 5º de la Ley N° 27813, Ley del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, concordante con el Artículo 5º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2003-SA, dispone que el Consejo Nacional de Salud es presidido por el Ministro de Salud o su representante y está integrado por miembros titulares y alternos que representan respectivamente al Ministerio de Salud, Viceministerio de Saneamiento, Seguro Social de Salud, Asociación de Municipalidades del Perú, Sanidades de las Fuerzas Armadas, Sanidad de la Policía Nacional, Servicios de Salud del Sector Privado, Asamblea Nacional de Rectores, Colegio Médico del Perú, Trabajadores del Sector y Organizaciones Sociales de la Comunidad; Que, el Artículo 8º del Reglamento de la Ley N° 27813, Ley del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2003- SA, precisa que los miembros del Consejo Nacional de Salud, son designados y/o ratifi cados por un año renovable por sus representados, salvo en los casos de los representantes de los Servicios de Salud Privados, los Trabajadores del Sector y las Organizaciones Sociales de la Comunidad que son elegidos por un año, pudiendo haber reelección inmediata sólo por una vez a fi n de promover la rotación de la representación entre las entidades que conforman el respectivo componente; Que, mediante Acta de la Novena Sesión Ordinaria del Comité Electoral del Consejo Nacional de Salud 2011 del Consejo Nacional de Salud, de fecha 26 de octubre de 2011, se acordó por unanimidad la proclamación y publicación de los representantes elegidos de los Servicios de Salud Privados, los Trabajadores del Sector y las Organizaciones Sociales de la Comunidad ante el Consejo Nacional de Salud y Comités Nacionales de Salud; Que, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 8° del Reglamento de la Ley N° 27813, Ley del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2003-SA, corresponde incorporar a los representantes elegidos ante el Consejo Nacional de Salud, con la fi nalidad que puedan desarrollar sus funciones de Consejeros de acuerdo a Ley; Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo previsto por la Ley N° 27813, Ley del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2003-SA y el inciso l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Incorporar por el período de un (01) año a los representantes titulares y alternos de los Servicios de Salud del Sector Privado, de los Trabajadores del Sector Salud y de las Organizaciones Sociales de la Comunidad, ante el Consejo Nacional de Salud, conforme al siguiente detalle: CLÍNICA JAVIER PRADO S.A, representada por: - El Médico Carlos Enrique Joo Luck y el Señor Francisco Javier Suárez Sánchez- Casós, como representantes titular y alterno de los Servicios de Salud del Sector Privado, respectivamente. ASOCIACIÓN PROGRAMA DE SOPORTE A LA AUTOAYUDA DE PERSONAS SEROPOSITIVAS - PROSA representada por: - El Señor Julio César Cruz Requenes y la Economista Margarita Petrera Pavone, como representantes titular y alterna de las Organizaciones Sociales de la Comunidad, respectivamente. FEDERACIÓN CENTRO UNIÓN DE TRABAJADORES DE SEGURO SOCIAL - ESSALUD DEL PERÚ, representada por: - El Abogado Carlos Alberto Canchumanya Cárdenas y el Licenciado Luis Victoriano Cáceres Cervantes, como representantes titular y alterno de los Trabajadores del Sector Salud, respectivamente. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 714444-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Reconocen y designan a representantes de las organizaciones de trabajadores, empleadores y del Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Consejo Directivo del Programa Nacional “Vamos Perú” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 301-2011-TR Lima, 7 de noviembre de 2011 VISTOS: Las comunicaciones remitidas por los Coordinadores Ejecutivos del sector Trabajador y Empleador ante el Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 016-2011- TR, establece que el Consejo Directivo del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales “Vamos Perú” está integrado por dos representantes del Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, uno de los cuales lo preside, un representante de las organizaciones de empleadores integrantes del Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo y un representante de las organizaciones de trabajadores integrantes del Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo; Que, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ha recibido las comunicaciones de los Coordinadores Ejecutivos del sector Trabajador y Empleador ante el Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo, mediante las cuales, designan a sus representantes ante el Consejo Directivo del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales “Vamos Perú”; Que, en tal sentido, corresponde emitir la Resolución Ministerial mediante la cual se reconoce la participación de dichos representantes, así como se designa a uno de los representantes del Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo ante el referido Consejo Directivo; Con la visación del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el numeral 8 del artículo 25º de la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el literal d) del artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2010-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- RECONOCER a la señora ROSA MENDEZ TANDAYPAN, como representante de las organizaciones de trabajadores integrantes del Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo, ante el Consejo Directivo del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales “Vamos Perú”. Artículo 2º.- RECONOCER al señor JULIO CÉSAR BARRENECHEA CALDERÓN, como representante de las organizaciones de empleadores integrantes del Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo, ante el Consejo Directivo del Programa Nacional para la