Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2011 (10/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de noviembre de 2011

permanente del Estado, de caracter obligatorio, cuyo objetivo es el desarrollo integral del MORDAZA, precisando ademas que el MORDAZA de descentralizacion se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignacion de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional a los gobiernos regionales y locales; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralizacion, dispone que a partir del ejercicio fiscal 2003, se inicia la transferencia a los gobiernos regionales y locales, de los programas sociales de lucha contra la pobreza y los proyectos de inversion e infraestructura productiva de alcance regional, segun corresponda, en funcion de las capacidades de gestion de cada gobierno regional o local, facultando al Poder Ejecutivo a realizar todas las acciones administrativas, presupuestarias y financieras necesarias en relacion a los pliegos y unidades ejecutoras de los programas y proyectos objeto de transferencia; Que, la MORDAZA Disposicion Transitoria de la citada Ley preve que las transferencias de funciones, programas y organismos del Gobierno Nacional hacia los gobiernos regionales y locales, comprenden el personal, acervo documentario y los recursos presupuestales correspondientes, que se encuentren directamente vinculados al ejercicio o desarrollo de las funciones o servicios transferidos, incluyendo la titularidad o dominio de los bienes respectivos, anadiendo que las transferencias de recursos seran aprobadas por Decreto Supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, el numeral 2 del inciso a) del articulo 6 de la Ley Nº 28273 ­ Ley del Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales, establece que el gobierno nacional, representado por sus sectores, es responsable de transferir competencias, funciones, atribuciones y recursos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM, se aprobo el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2007", cuyo Anexo, en su Acapite B: Transferencia de Fondos, Programas, Proyectos, Empresas y Activos sujeta al cumplimiento de mecanismos de verificacion correspondiente al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, en su literal f) preve la transferencia respecto de las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social a los Gobiernos Locales Provinciales; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 048-2008-PCM/SD, se aprobo la Directiva Nº 004-2008-PCM/SD "Normas Especificas para la Transferencia de las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar ­ INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES incluidas en el Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM", cuyo numeral 3.2.4 dispone que la transferencia efectiva y firma de convenios de gestion con los gobiernos locales provinciales que hayan cumplido los mecanismos de verificacion y suscrito las actas de entrega y recepcion, se realizara a partir de la emision del Decreto Supremo que sustente dicha transferencia; siendo que el respectivo anexo detalla la relacion de Sociedades de Beneficencia Publica con las que se iniciara el MORDAZA de transferencia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM se aprobo el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2009", cuyo Anexo, en su numeral 3.1 del Capitulo III: Transferencia para el ciclo 2009, precisa que a traves de la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 0482008-PCM/SD, se aprobo la Directiva Nº 004-2008-PCM/ SD, dandose inicio a la transferencia de las funciones asociadas a las Sociedades de Beneficencia Publica y Junta de Participacion Social consideradas pequenas al contar con al menos un inmueble; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 350-2011-PCM/SD, la Municipalidad Provincial del MORDAZA ha sido declarada apta, para acceder a la transferencia de la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA, a cargo de INABIF del MIMDES; Que, a tenor de lo manifestado en el considerando precedente se ha suscrito con la Municipalidad Provincial del MORDAZA en fecha 21 de junio de 2011 el Acta de Entrega y Recepcion correspondiente; por lo que, se requiere

concluir el MORDAZA de efectivizacion de transferencia a traves de un Decreto Supremo; Que, el articulo 1 del Decreto Supremo Nº 0102010-MIMDES, establece las funciones y competencias correspondientes a cada uno de los tres (3) niveles de gobierno respecto de las Sociedades de Beneficencia Publica y Junta de Participacion Social en el MORDAZA del MORDAZA de Descentralizacion, siendo que cuenta con un Anexo denominado "Matriz especifica de distribucion de funciones por nivel de gobierno respecto de las Sociedades de Beneficencia Publica y Junta de Participacion Social"; Que, el noveno considerando del Decreto Supremo N° 010-2010-MIMDES, refiere que la transferencia respecto de las Sociedades de Beneficencia Publica solo comprende la transferencia de las funciones y competencias que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ejerce sobre las citadas entidades; sin contemplarse la transferencia de recursos humanos, economicos, financieros y/o patrimoniales, los cuales seguiran bajo la administracion y regimen de propiedad de las referidas Sociedades de Beneficencia Publica; Que, en ese MORDAZA conforme se preciso anteriormente debe referirse que la Sociedad de Beneficencia Publica del MORDAZA no recibe transferencia del Tesoro Publico, por lo que en el MORDAZA de la Ley Nº 28822 ­ Ley MORDAZA para el fortalecimiento y saneamiento de las sociedades de beneficencia publica que no reciben transferencias del tesoro publico, no corresponde efectuar transferencias presupuestarias; Que, asimismo, debe tomarse en cuenta que mediante Acuerdo N° 029-2010, de fecha 4 de MORDAZA de 2010, ratificado por Resolucion Ministerial Nº 418-2010-MIMDES del 9 de junio de 2010, el Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica del MORDAZA dispuso llevar a cabo el MORDAZA de promocion de la inversion privada el Hotel de Turistas del MORDAZA, constituyendo para tal efecto el Comite Especial de Promocion de la Inversion Privada ­ CEPRI, que tiene a su cargo la conduccion de dicho MORDAZA el cual actualmente viene desarrollandose; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 054-2010 se ha dispuesto medidas en materia economica y financiera con la finalidad de asegurar la revalorizacion de la infraestructura del Hotel de Turistas del MORDAZA, de propiedad de la Sociedad de Beneficencia Publica del MORDAZA, autorizandose al Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES a financiar, con cargo a su presupuesto institucional los gastos que se generen por el apoyo y la asistencia que brindara al citado Comite Especial de Promocion de la Inversion Privada, siendo que los recursos una vez concluido dicho MORDAZA, deberan ser extornados al Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, con cargo al adjudicatario de la buena pro; Que, la mencionada obligacion se complementa con lo previsto en el Convenio de Cooperacion Interinstitucional entre el MIMDES y la Sociedad de Beneficencia Publica del MORDAZA suscrito en fecha 18 de agosto de 2010 y Adenda que modifica su clausula octava de fecha 13 de septiembre de 2010, por lo que corresponde precisar que en el MORDAZA del MORDAZA de transferencia que regula el presente Decreto Supremo, que dicha obligacion de extorno de la Sociedad de Beneficencia Publica del MORDAZA no se enerva de modo alguno con la declaracion de conclusion del MORDAZA de efectivizacion de la transferencia de funciones y competencias a la Municipalidad Provincial del Cusco; Que, asimismo, para el desarrollo del MORDAZA de concesion del Hotel de Turistas, que viene llevandose a cabo actualmente, debe tomarse en cuenta que de acuerdo con el articulo 5 del Decreto Supremo Nº 010-2010-MIMDES, el cual preve que los Gobiernos Locales Provinciales asumen, entre otras, las funciones del INABIF del MIMDES, establecidas en la MORDAZA disposicion complementaria del Decreto Supremo 00898-PROMUDEH, al asumir la Municipalidad Provincial del MORDAZA dichas funciones previstas para el INABIF del MIMDES, se desprende que toda opinion, aprobacion de expediente, autorizacion y/o ratificacion que hubiera correspondido realizar al MIMDES conforme a la normativa de promocion de la inversion privada tambien es asumida por la Municipalidad Provincial del MORDAZA, en virtud a la efectivizacion de la transferencia de funciones;

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