Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (11/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de noviembre de 2011 453195 de los derechos de grupos vulnerables, erradicando toda forma de discriminación; y, 3) promover el ejercicio de los derechos y responsabilidades ciudadanas con relación a las políticas, programas y servicios sociales, en el marco de la igualdad de hombres y mujeres, la inclusión y aumento de capacidades sociales, respectivamente; Que, en el referido contexto, es objetivo del Ministerio de la Producción, optimizar la estrategia de seguridad alimentaria, mediante el creciente consumo de recursos hidrobiológicos, especialmente en zonas de extrema pobreza, a fi n de disminuir las barreras geográfi cas, sociales y culturales existentes, propiciando la inclusión de aquellos sectores que conforman la base de la pirámide social, garantizando así un real acceso e igualdad de oportunidades para todos; Que, para alcanzar tal propósito, es necesario mantener como política del sector, la promoción del consumo interno de recursos hidrobiológicos abundantes, con adecuados estándares de sanidad, así como el desarrollo de cadenas de valor de productos pesqueros de acuerdo a las tendencias del mercado, a fi n de mejorar la calidad alimentaria, reduciendo los índices de desnutrición en niños menores de cinco años, madres gestantes, lactantes y poblaciones alto andinas; incentivando en la dieta la ingesta de proteínas de los recursos hidrobiológicos, como la Anchoveta, Pota y otros; Que, para dicho efecto, es necesario formalizar un conjunto de acciones, articulando esfuerzos con los agentes y operadores del sector pesquero, con otros sectores del Estado y con la sociedad civil en general, en el marco de un trabajo responsable y sostenido; Que, en consecuencia, resulta necesario implementar un Proyecto que coadyuve al logro de los objetivos antes citados; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca; el Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y demás normas pertinentes; y, Con el visado de la Viceministra de Pesquería y del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Implementar en el Ministerio de la Producción, el “Proyecto de Promoción del consumo de productos hidrobiológicos, especialmente en zonas alto andinas y de extrema pobreza con el propósito de elevar el nivel nutricional de sus pobladores”, para cuyo efecto se realizarán acciones de: 1.1 Difusión del valor proteico de una dieta que incluya recursos hidrobiológicos, a la población en general y con especial énfasis en los centros educativos mediante campañas de enseñanza audio visual. 1.2 Ejecución de las campañas denominadas “A comer pescao”, así como de ferias gastronómicas, para incentivar el consumo de dichos recursos. 1.3 Promoción de inserción del pescador artesanal a la cadena de comercialización de productos hidrobiológicos. 1.4 Articulación con la sociedad civil, destinada a la producción y distribución de los recursos hidrobiológicos, para el consumo humano directo. Artículo 2°.- El Despacho Viceministerial de Pesquería designará a los responsables de la ejecución de las actividades a que se refi ere el artículo 1° de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3°.- Para el mejor cumplimiento de lo establecido en la presente Resolución, el Ministerio de la Producción podrá celebrar convenios interinstitucionales con entidades públicas y privadas, vinculadas al quehacer pesquero y alimenticio. Artículo 4°.- El Despacho Viceministerial de Pesquería queda encargado de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. KURT BURNEO FARFÁN Ministro de la Producción 714230-3 Resolución Ministerial que convoca a elecciones de representantes de los gremios de las MYPE, que integrarán los Núcleos Ejecutores de Compra referidos en el Decreto de Urgencia Nº 058-2011, y dicta disposiciones para el proceso electoral RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 318-2011-PRODUCE Lima, 10 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, en concordancia con la Ley N° 29271 – Ley que establece que el Ministerio de la Producción es el sector competente en materia de promoción y desarrollo de cooperativas, transfi riéndosele las funciones y competencias sobre micro y pequeña empresa; el Ministerio de la Producción es competente para defi nir políticas nacionales de promoción de las MYPE; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 058-2011 se dictó medidas extraordinarias y urgentes en materia económica y fi nanciera, con el objeto de mantener y promover el dinamismo de la economía nacional, en determinadas materias, entre ellas la de producción y productividad a favor de las micro y pequeñas empresas; Que, mediante el artículo 2 del citado Decreto de Urgencia, se autoriza excepcionalmente al Pliego Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES – Unidad Ejecutora 004 Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES, a gestionar hasta el 30 de junio de 2012, a través de la modalidad de Núcleo Ejecutor, las adquisiciones a las micro y pequeñas empresas – MYPE de uniformes, calzado, chompas y buzos para escolares y su distribución en las zonas de pobreza y extrema pobreza a nivel nacional; asimismo se autoriza a dicho Pliego a gestionar hasta el 30 de junio de 2012, a través de la modalidad de Núcleo Ejecutor, la adquisición y distribución de uniformes para el Ministerio del Interior y de vestuario para el Ministerio de Defensa; Que, en concordancia con el artículo 9 del Decreto de Urgencia en mención, la adquisición de uniformes, calzado, chompas y buzos para escolares, uniformes para el Ministerio del Interior y vestuario para el Ministerio de Defensa, requiere para cada bien, la conformación de un Núcleo Ejecutor de Compra, integrado, entre otros miembros, por un (1) representante del gremio de la MYPE vinculado con el bien a adquirir, cuya designación debe ser formalizada por Resolución Ministerial del Ministerio de la Producción; por lo que resulta necesario establecer el procedimiento para la elección de los representantes de los gremios de las MYPE vinculadas con el bien a adquirir; Con los visados de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción; y, de conformidad con el Decreto de Urgencia Nº 058-2011, la Ley N° 29051 – Ley que regula la participación y la elección de los representantes de las MYPE en las diversas entidades públicas; la Ley N° 29271 – Ley que establece que el Ministerio de la Producción es el sector competente en materia de promoción y desarrollo de cooperativas, transfi riéndosele las funciones y competencias sobre micro y pequeña empresa; el Decreto Legislativo Nº 1047 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y el Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE – Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- Convocatoria a elecciones de representantes de gremios de las MYPE. Convócase a elecciones de representantes de los gremios de las MYPE, que integrarán los Núcleos Ejecutores de Compra referidos en el Decreto de Urgencia Nº 058-2011, para el día viernes 18 de noviembre de 2011.