Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2011 (11/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de noviembre de 2011

de alcance nacional aplicables a las actividades extractivas, productivas y de transformacion en los subsectores pesqueria e industria, promoviendo su competitividad y el incremento de la produccion, asi como el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y la proteccion del ambiente; Que, en tal sentido el Ministerio de la Produccion tiene entre sus funciones generales el identificar oportunidades, difundir y promover el crecimiento de las inversiones, en el ambito de los subsectores pesqueria e industria, propiciando la descentralizacion productiva y el aprovechamiento de las ventajas comparativas y competitivas para el desarrollo de actividades y proyectos de pesqueria e industria; Que, el numeral 3.2 del articulo 3° de la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, senala que los Organos Resolutivos y las Oficinas de Programacion e Inversiones ­ OPI, o las que MORDAZA sus veces, en cada Sector, forman parte del Sistema Nacional de Inversion Publica, siendo el Ministro el Organo Resolutivo del Sector; Que, el numeral 26.1 del articulo 26° de la Resolucion Directoral N° 003-2011-EF/68.01 que aprueba la Directiva N° 001-2011-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica, define al Sistema Operativo de Seguimiento y Monitoreo (SOSEM) como el conjunto de procesos, herramientas e indicadores que permiten verificar los avances de la ejecucion de los proyectos con el fin de supervisar que la fase de inversion sea coherente y consistente con las condiciones y parametros de la declaratoria de viabilidad; estableciendo en su numeral 26.2 que el seguimiento de los Proyectos de Inversion Publica, esta a cargo de la Oficina de Programacion e Inversiones que declaro la viabilidad del Proyecto de Inversion Publica, la cual podra solicitar toda la informacion que considere necesaria a los organos relacionados con la ejecucion del mismo, en las oportunidades que estime pertinentes; Que, el numeral 26.3 del articulo 26° de la Directiva acotada dispone que la Oficina de Programacion e Inversiones de la Entidad Publica conformara un Comite de Seguimiento, a fin que las areas, organos o dependencias citadas a sus sesiones, les brinden toda la informacion correspondiente al avance de la ejecucion y liquidacion de los Proyectos de Inversion Publica a que se refiere el numeral 26.5; Que, en ese sentido seran materia de seguimiento los Proyectos de Inversion Publica cuyo monto de inversion total a precios de MORDAZA, supere los S./ 10 millones de Nuevos Soles; aquellos que requieran para su financiamiento, total o parcialmente de una operacion de endeudamiento u otra que conlleve el aval o garantia del Estado, incluyendo en este supuesto a los que se financien con operaciones de endeudamiento interno; y, los seleccionados por la Oficina de Programacion e Inversiones o la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal c) del articulo 30° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE y sus modificatorias, la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Racionalizacion de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto del Ministerio de la Produccion, actua como Oficina Sectorial de Programacion e Inversiones en el MORDAZA normativo del Sistema Nacional de Inversion Publica; Que, por lo expuesto, resulta necesario conformar el Comite que se MORDAZA cargo del seguimiento de los proyectos de inversion publica del Sector Produccion; Con el Visado de los Despachos Viceministeriales de Pesqueria y MYPE e Industria, de la Secretaria General, de las Oficinas Generales de Planificacion y Presupuesto, y de Asesoria Juridica y; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE y sus modificatorias, la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica y la Resolucion Directoral N° 003-2011-EF/68.01 que aprueba la Directiva N° 001-

2011-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Conformar el Comite de Seguimiento de Proyectos de Inversion Publica del Ministerio de la Produccion, el cual estara integrado de la siguiente forma: a) Un representante del Despacho Viceministerial de Pesqueria. b) Un representante del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria. c) El/La Director (a) General de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto o su representante. d) El/La Director (a) de la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Racionalizacion de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto o su representante. e) El/La Director (a) de la Oficina General de Administracion o su representante. f) Los/Las Responsables de las Unidades Ejecutoras o sus representantes. La presidencia del Comite sera ejercida por el/la Director (a) General de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, mientras que la Secretaria Tecnica sera desempenada por el/la Director (a) de la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Racionalizacion de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto. El Comite se instalara en un plazo no mayor de cinco (5) dias habiles contados a partir del dia siguiente de publicada la presente resolucion, plazo dentro del cual, debera cumplirse con la designacion de representantes. Articulo 2°.- Encargar a la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, a traves de la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Racionalizacion, la implementacion y funcionamiento del Comite conformado. Para su funcionamiento el Comite debera contar con un Reglamento, aprobado por sus miembros. Articulo 3°.- El Comite de Seguimiento tendra las siguientes funciones: 3.1 Efectuar el seguimiento de los avances de ejecucion y liquidacion de los proyectos de inversion publica que cumplan por lo menos una de las siguientes condiciones: a) Su monto de inversion total a precios de MORDAZA, supere los S./ 10 millones de Nuevos Soles; b) Requieran para su financiamiento, total o parcialmente de una operacion de endeudamiento u otra que conlleve el aval o garantia del Estado, incluyendo en este supuesto a los que se financien con operaciones de endeudamiento interno; o c) MORDAZA seleccionados por la Oficina de Programacion e Inversiones o la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico del Ministerio de Economia y Finanzas. 3.2 Informar al Organo Resolutivo y a la Direccion General de Politica de Inversiones del Ministerio de Economia y Finanzas sobre las labores de seguimiento realizadas. 3.3 Otras que establezca su Reglamento. Las funciones del Comite de Seguimiento se regiran de acuerdo a las normas del Sistema Nacional de Inversion Publica. Articulo 4°.- El Comite de Seguimiento se reunira en la MORDAZA semana de cada trimestre del ano, de manera tal que cumpla con la remision de informacion consolidada a la Direccion General de Politica de Inversiones del Ministerio de Economia y Finanzas, en las fechas que esta defina. Adicionalmente, el Presidente del Comite de Seguimiento podra convocar a sus miembros cuando lo estime necesario.

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