Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2011 (19/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de noviembre de 2011

Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Comision Multisectorial de Prevencion de Conflictos Sociales
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1159-2011/DE/SG
MORDAZA, 18 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 380-2006-PCM, a la que se le dio fuerza de Decreto Supremo por disposicion del Decreto Supremo Nº 056-2009-PCM, se conformo la Comision Multisectorial de Prevencion de Conflictos Sociales, encargada del seguimiento y coordinacion de las acciones de prevencion y atencion de conflictos sociales de competencia de los Sectores del Poder Ejecutivo; asi como de elaborar propuestas y emitir informes que prevengan y contribuyan a resolver situaciones de riesgo o amenaza a la gobernabilidad democratica; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 0602011-PCM que modifica la Resolucion Ministerial Nº 380-2006-PCM, dispone la conformacion de la Comision Multisectorial, la misma que estara integrada, entre otros, por un representante del Ministerio de Defensa; asimismo, precisa que el Sector correspondiente designara mediante Resolucion Ministerial al representante titular y alterno ante dicha Comision Multisectorial; Que, en tal sentido, resulta necesario designar a los representantes del Ministerio de Defensa, ante la Comision Multisectorial de Prevencion de Conflictos Sociales; De conformidad con la Ley Nº. 29158- Ley Organica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29605- Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa y el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA e Ibis MORDAZA MORDAZA, como representantes titular y alterno, respectivamente, ante la Comision Multisectorial de Prevencion de Conflictos Sociales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa

disposicion que genero que se diera por concluida la designacion de cinco (5) vocales; Que, ante tal circunstancia por Decreto Supremo Nº 172-2011-EF, se dictaron medidas destinadas a asegurar la continuidad de las funciones del Tribunal de Contrataciones del Estado y se suspendio el plazo de prescripcion establecido en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008EF, por dos (2) meses o hasta que se designe a los nuevos vocales lo que ocurra primero, con el proposito de evitar que los procedimientos sancionadores prescriban; Que, por Decreto Supremo Nº 189-2011-EF se aprobo el procedimiento para el Concurso Publico de evaluacion y seleccion de los vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE, el mismo que se encuentra en curso; Que, de otro lado, la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto de Urgencia Nº 020-2009 dispone que los procesos de seleccion convocados durante la vigencia del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM, asi como los contratos que se deriven de aquellos, se regiran por dichas normas; Que, el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE, ha informado al Ministerio de Economia y Finanzas, la necesidad de ampliar el plazo establecido en el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 172-2011-EF y extender la suspension del plazo de prescripcion a aquellos procedimientos administrativos sancionadores iniciados bajo el ambito de aplicacion del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004EF y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y modificatorias, con la finalidad de no afectar los tramites de dichos procesos, ni el derecho de los administrados, por la particular situacion que esta atravesando el Tribunal de Contrataciones del Estado; Que, en consecuencia, resulta necesario dictar medidas que aseguren que los procedimientos sancionadores pendientes de resolver, iniciados bajo el ambito del Decreto Legislativo Nº 1017 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, asi como los que se iniciaron bajo el ambito de aplicacion del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0842004-PCM, no prescriban; De conformidad con lo establecido por el numeral 3 del articulo 11º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA:

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ECONOMIA Y FINANZAS
Dictan medidas complementarias que contribuyen al fortalecimiento del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
DECRETO SUPREMO Nº 207-2011-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Decreto de Urgencia Nº 048-2011 dispuso que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, realice las acciones necesarias para fortalecer sus procedimientos internos con el objeto de mejorar su nivel de eficiencia y eficacia operativa, comprendiendo el MORDAZA de fortalecimiento, la evaluacion y ratificacion, de corresponder, a los vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado; Que, mediante Decreto Supremo N° 163-2011-EF se aprobo el procedimiento para el MORDAZA de evaluacion y ratificacion, de corresponder, de los vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado, el mismo que dispuso que aquellos vocales que no se presenten al MORDAZA de evaluacion automaticamente quedarian descalificados,

Articulo 1º.- Prorroga del plazo de suspension de prescripcion Prorrogar, el plazo de suspension de la prescripcion de los procedimientos administrativos sancionadores establecido en el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 1722011-EF, hasta la designacion de los nuevos vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE. Articulo 2º.- Suspension del plazo de prescripcion de los procesos sancionadores iniciados en el MORDAZA de la Ley Nº 26850 Suspender el plazo de prescripcion de los procedimientos administrativos sancionadores iniciados bajo el ambito de aplicacion del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM, que se encuentran siendo tramitados ante el Tribunal de Contrataciones del Estado, hasta que se designen los nuevos vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado. Articulo 3º.- Del seguimiento El Consejo Directivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, aprobara los lineamientos que MORDAZA necesarios para realizar el seguimiento a los procedimientos sancionadores que se encuentren en tramite en el Tribunal de Contrataciones del Estado a la entrada en vigencia de la presente norma. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas.

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