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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de noviembre de 2011 453523 Que, de conformidad con el literal m) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25962 – Ley Orgánica del Sector Energía y Minas y con la opinión favorable del Director General de Hidrocarburos y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Constituir la Comisión Especial encargada de coordinar, evaluar y elaborar la modifi cación del Contrato de Concesión del Sistema de Transporte de Gas Natural por Ductos de Camisea al sur del país suscrito con la empresa Kuntur Transportadora de Gas S.A.C., conforme a lo mencionado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Comisión Especial a que se refi ere el Artículo 1º de la presente Resolución estará conformada por las siguientes personas: - Ing. Erick Portuguez Echegaray, quien la presidirá; - Ing. José Robles Freyre - Abog. Percy Olivas Lazo - Abog. Patricia Díaz Gazzolo - Ing. Omar Dueñas Cárdenas - Abog. Francisco Torres Madrid Artículo 3º.- La Comisión Especial podrá solicitar el apoyo de asesores internos y externos al Ministerio de Energía y Minas, así como de representantes de OSINERGMIN y de otras entidades vinculadas, con la fi nalidad de permitir el correcto cumplimiento de sus funciones. Artículo 4º- La Comisión Especial, deberá reunirse una vez cada quince (15) días o cuando sea necesario. Las medidas que se dispongan se adoptarán por acuerdo con mayoría simple y con el voto dirimente del Presidente de la Comisión. Artículo 5°.- La Comisión Especial tendrá naturaleza temporal, por lo cual su duración tendrá lugar hasta la conclusión del proceso de modifi cación citado en el Artículo 1º de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS HERRERA DESCALZI Ministro de Energía y Minas 718596-1 Dan por concluida encargatura y designan Director de la Oficina de Informática de la Oficina General de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 494-2011-MEM/DM Lima, 18 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 474-2011- MEM/DM, se encargó al señor Samuel Raqui Quispe las funciones del Director de la Ofi cina de Informática de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Energía y Minas; Que, por convenir al servicio, es necesario dar por concluida dicha encargatura y designar a la persona que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29151, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1057 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y su modifi catoria aprobada por Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM; el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y modifi cado por el Decreto Supremo Nº 026-2010-EM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la encargatura efectuada mediante Resolución Ministerial Nº 474-2011-MEM/DM. Artículo 2.- Designar como Director de la Ofi cina de Informática de la Ofi cina General de Administración, al señor Dante Hugo Barbis Ayres. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS HERRERA DESCALZI Ministro de Energía y Minas 718595-1 INTERIOR Establecen órganos encargados de las contrataciones en el Ministerio del Interior y delegan facultades en materia de Contrataciones del Estado RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1201-2011-IN Lima, 17 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1017 se aprobó la Ley de Contrataciones del Estado y mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF se aprobó el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, los cuales entraron en vigencia desde el 01 de febrero de 2009, conforme a lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 014-2009; Que, el artículo 5º de la Ley invocada dispone que el Titular de la Entidad podrá delegar, mediante Resolución, la autoridad que la citada norma le otorga, excepto la aprobación de exoneraciones, la declaración de nulidad de oficio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra, así como otros supuestos que se establecen en el Reglamento, como es el caso de la emisión del pronunciamiento sobre observaciones a la bases; Que, el artículo 6º de la Ley de Contrataciones del Estado dispone que cada Entidad establecerá en su Reglamento de Organización y Funciones u otros instrumentos de organización, el órgano u órganos responsables de programar, preparar, ejecutar y supervisar los procesos de contratación hasta su culminación, debiendo señalarse las actividades que competen a cada funcionario, con la fi nalidad de establecer las responsabilidades que le son inherentes; Que, asimismo el precitado artículo establece que mediante convenio, las Entidades podrán encargar a otras Entidades del Sector Público la realización de sus procesos de selección y/o las compras de bienes y contratación de servicios, aprovechando las economías de escala de una compra conjunta, en las mejores y más ventajosas condiciones para el Estado; Que, en ese sentido mediante Resolución Ministerial Nº 0966-2011-IN se autorizó la adquisición y/o contratación por Compras Corporativas Facultativas de los bienes y servicios correspondientes al pliego 007: Ministerio del Interior, detallados en el artículo 1º de la referida Resolución; Que, a su vez el artículo 2º de la Resolución en mención, dispuso que la Ofi cina General de Administración sea la encargada de gestionar y/o ejecutar los actos preparatorios y los procesos de selección para la adquisición y/o contratación por Compra Corporativa Facultativa; Que, los artículos 8º y 9º del Reglamento establecen la función del Titular de la Entidad de aprobar y modifi car el Plan Anual de Contrataciones de la Entidad, así como de evaluar semestralmente su ejecución; Que, el artículo 27º del Reglamento establece que el titular de la Entidad o el funcionario a quien se hubiere delegado esta atribución, designará por escrito a los integrantes del Comité Especial; Que, el artículo 33º de la Ley establece que para otorgar la Buena Pro a las propuestas de ejecución de obras que