Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2011 (19/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de noviembre de 2011

NORMAS LEGALES
Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA EGUIGUREN PRAELI Ministro de Justicia MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores

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JUSTICIA
Acceden a solicitudes de extradiciones activas de ciudadanos extranjeros y disponen sus presentaciones por via diplomatica a Bielorrusia y MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 207-2011-JUS
MORDAZA, 18 de noviembre de 2011 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 130-2011/COE-TC, del 28 de octubre de 2011, sobre la solicitud de extradicion activa a la Republica de Bielorrusia del ciudadano italiano MORDAZA GAZZO o MORDAZA GAZZO, formulada por la Sala Penal Nacional; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 26 de octubre de 2011, declaro procedente la solicitud de extradicion activa del ciudadano italiano MORDAZA GAZZO o MORDAZA GAZZO, por la presunta comision del delito contra la Salud Publica - Trafico Ilicito de Drogas (Expediente Nº 104-2011); Que, el literal "a" del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe Nº 0130-2011/COE-TC, del 28 de octubre de 2011, en el sentido de acceder a la solicitud de extradicion; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradicion, pasiva o activa, mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con la Convencion de las Naciones Unidas contra el Trafico Ilicito de Estupefacientes y Sustancias Sicotropicas, suscrita en la MORDAZA de MORDAZA el 20 de diciembre de 1988; y, la Convencion Unica de Estupefacientes, suscrita en la MORDAZA de Nueva MORDAZA el 30 de marzo de 1961; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion activa del ciudadano italiano MORDAZA GAZZO o MORDAZA GAZZO, formulada por la Sala Penal Nacional y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del delito contra la Salud Publica - Trafico Ilicito de Drogas y disponer su MORDAZA por via diplomatica a la Republica de Bielorrusia, de conformidad con las Convenciones vigentes y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia y por el Ministro de Relaciones Exteriores.

718930-6 RESOLUCION SUPREMA Nº 208-2011-JUS
MORDAZA, 18 de noviembre de 2011 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 132-2011/ COE-TC, del 10 de noviembre de 2011, sobre la solicitud de extradicion activa a la Republica MORDAZA del ciudadano MORDAZA y nacionalizado peruano MORDAZA MORDAZA FONTANELLAS BOBO, formulada por la Cuarta Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 03 de noviembre de 2011, declaro procedente la solicitud de extradicion activa del ciudadano MORDAZA y nacionalizado peruano MORDAZA MORDAZA FONTANELLAS BOBO, por la presunta comision del delito de MORDAZA de Activos provenientes del trafico ilicito de drogas - actos de conversion y transferencia, en agravio del Estado peruano (Expediente Nº 98-2011); Que, el literal "a" del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe Nº 132-2011/COE-TC, del 10 de noviembre de 2011, en el sentido de acceder a la solicitud de extradicion; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradicion, pasiva o activa, mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y la Republica MORDAZA, suscrito en la MORDAZA de Buenos Aires el 11 de junio de 2004; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion activa del ciudadano MORDAZA y nacionalizado peruano MORDAZA MORDAZA FONTANELLAS BOBO, formulada por la Cuarta Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del delito de MORDAZA de Activos provenientes del trafico ilicito de drogas - actos de conversion y transferencia, en agravio del Estado peruano y disponer su MORDAZA por via diplomatica a la Republica MORDAZA, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso.

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