Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2011 (19/11/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 26

453536

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de noviembre de 2011

Que, mediante Resolucion Directoral Nº 664-2010PRODUCE/DGEPP, de fecha 20 de octubre del 2010, se otorgo a favor de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y esposa MORDAZA MORDAZA PUESCAS, autorizacion de incremento de flota, a fin de modificar la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA 2, de matricula PL-19017-CM, de 35.23 a 60.23 m3 de capacidad de bodega, via sustitucion de aplicar los 25 m3, provenientes de la capacidad de bodega de 34 m3, de la embarcacion DON MORDAZA II de matricula PL-10423-CM, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo e indirecto, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ y 1 ½ pulgada (13 mm y 38 mm) y fuera de las cinco (05) y diez (10) millas respectivamente, adyacentes a la costa en el ambito del litoral; Que, el Articulo 6º de la mencionada Resolucion en el considerando precedente, senala que la embarcacion pesquera de MORDAZA DON MORDAZA II de matricula PL10423-CM, podra operar hasta que la embarcacion objeto de la autorizacion de incremento de flota se encuentre en condiciones de efectuar faenas de pesca, sin perjuicio de lo MORDAZA senalado y de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, la citada embarcacion a sustituir debera ser desguazada como requisito previo para solicitar la modificacion del permiso de pesca de la embarcacion objeto de la aplicacion del incremento via sustitucion de capacidad de bodega; Que, mediante los escrito del visto, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA PUESCAS, solicitan modificacion de permiso de pesca de la embarcacion MORDAZA MORDAZA 2 de matricula PL-19017-CM,en el extremo referido a la capacidad de bodega de 35.23 hasta 60.23 m3 de capacidad de bodega, en conformidad a o senalado en la Resolucion Directoral Nº 664-2010-PRODUCE/DGEPP; Que, de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se advierte que en el Certificado de Matricula y Certificado de Arqueo de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA 2 de matricula PL-19017CM, consta que cuenta con una capacidad de bodega de 60.23 m3; asimismo, de la Inspeccion Tecnica realizada, segun Acta de Inspeccion Tecnica Nº 021-2011-PRODUCE/ DGEPP-Dchi de fecha 14 de MORDAZA del 2011 e Informe Tecnico Nº 654-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi, de fecha 18 de MORDAZA del 2011, se verifico que la citada embarcacion se encuentra en estado operativo; Que, tambien se ha determinado en el Acta de Inspeccion Ocular de Desguace de fecha 26 de MORDAZA del 2011 que la embarcacion pesquera DON MORDAZA II de matricula PL-10423-CM, ha sido desguazada; Que, en tal virtud, los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y conyuge MORDAZA MORDAZA PUESCAS, han cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, modificado por Resolucion Ministerial Nº 097-2011-PRODUCE; por lo que resulta procedente otorgar la modificacion del permiso de pesca en el extremo referido a la capacidad de bodega solicitada; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante el Informe Tecnico Nº 616, 756, 931-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi, el Informe Legal Nº 1043-2011-PRODUCE/DGEPP y Memorando Nº 1254-2011-PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE y el procedimiento administrativo Nº 06 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y sus modificatorias, y la Ley Nº 27444 - Ley General del Procedimiento Administrativo; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE:

DGEPP, de fecha 22 de octubre del 2009, y modificado por la Resolucion Directoral Nº 540-2010-PRODUCE/DGEPP de fecha 11 de agosto del 2010, con la que se otorgo permiso de pesca a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA PUESCAS, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2 de matricula PL-19017-CM, solo en el extremo de su capacidad de bodega, entendiendose que la citada embarcacion cuenta con 60.23 m3 de capacidad de bodega, para dedicarla a la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo e indirecto, utilizando redes de cerco con tamano minimo de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm), y 1 ½ pulgadas (38 mm) respectivamente, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa. Articulo 2º.- El permiso de pesca a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, debera ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan; y a las sanciones previstas por su incumplimiento, establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la embarcacion pesquera debera contar a bordo con hielo en MORDAZA, como medio de preservacion, cuya implementacion es obligatoria. Asimismo, los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina destinados para consumo humano directo, solo podran desarrollarse contando con el Protocolo Sanitario respectivo. Articulo 3º.-. Incluir la modificacion de permiso de pesca otorgado a traves de la presente Resolucion, para operar la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA 2 de matricula PL-19017-CM en el Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE. Articulo 4º.- Dejar sin efecto la autorizacion de Incremento de flota otorgado por Resolucion Directoral Nº 664-2010-PRODUCE/DGEPP. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral, y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

718046-5

Aprueban cambio de titular de permiso de pesca para operar embarcacion pesquera a favor de personas naturales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 629-2011-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 19 de octubre del 2011 Visto: Los escritos con Registro Nº 00047890-2011, adjunto 01, 02, 03 y 04 de fechas 04 junio, 19 y 26 de agosto y 20 de setiembre y 05 de octubre del 2011, presentados por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA PUESCAS. CONSIDERANDO: Que, el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0122001-PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 015-2007PRODUCE, referente a la transferencia del permiso de pesca, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca, conlleva la transferencia de dicho permiso de pesca en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asimismo, no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en

Articulo 1º.- Modificar la Resolucion Directoral Nº 0742000-PRE/P de fecha 15 de diciembre de 2000, modificado por la Resolucion Directoral Nº 836-2009-PRODUCE/

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.