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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de noviembre de 2011 453757 Que, en consecuencia, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; Con el visado de la Secretaría General, de la Dirección General de Cambio Climático, Desertifi cación y Recursos Hídricos, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, y el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio del Ambiente, eliminando los requisitos exigidos en los literales g) y f) de las modalidades de Proyectos Energéticos de mayor escala y de Proyectos Energéticos de menor escala, respectivamente, correspondientes al procedimiento N° 2 “Aprobación de proyecto de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y captura de carbono”. Artículo 2º.- Dispóngase que la presente Resolución Ministerial sea publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe), y en el Portal del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO E. GIESECKE Ministro del Ambiente 720294-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Crédito Suplementario para la incorporación de los recursos del FONIPREL en el Año Fiscal 2011 a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales ganadores de la Convocatoria FONIPREL 2011-I DECRETO SUPREMO N° 211-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28939, Ley que aprueba Crédito Suplementario y Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, dispone la creación de Fondos y dicta otras medidas, creó el Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local - FONIPREL, destinado al cofi nanciamiento de estudios de preinversión y proyectos de inversión pública de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, con la fi nalidad de reducir las brechas de provisión de los servicios e infraestructura básica; Que, la Ley N° 29125 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 204-2007-EF, establecieron la implementación y el funcionamiento del FONIPREL disponiendo que la Secretaría Técnica presenta la lista de los estudios de preinversión y/o proyectos de inversión que hayan resultado seleccionados al Consejo Directivo del FONIPREL, el cual procede a su aprobación; Que, el numeral 1.3 del artículo 1° del Decreto de Urgencia N° 030-2008 dispone que los recursos del FONIPREL se incorporan anualmente mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas en la fuente de fi nanciamiento “Recursos Determinados” del Presupuesto Institucional de las entidades cuyos estudios de preinversión o proyectos de inversión resulten ganadores del concurso; Que, el Consejo Directivo del FONIPREL, en sesión ordinaria del 18 de agosto del 2011, aprobó la lista de los estudios de preinversión y proyectos de inversión de la Convocatoria FONIPREL 2011-I seleccionados por la Secretaría Técnica para el respectivo cofi nanciamiento, por una suma total de CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UNO Y 96/100 NUEVOS SOLES (S/. 462 049 961.96); Que, la Secretaría Técnica del FONIPREL suscribió los respectivos convenios de cofinanciamiento con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, los mismos que contienen los cronogramas de ejecución en los que se ha determinado el requerimiento anual de recursos para la elaboración de los estudios de preinversión o la ejecución de los proyectos de inversión; Que, conforme a lo informado en los referidos cronogramas de ejecución fi nanciera, se ha determinado que para el Año Fiscal 2011 es necesario incorporar un monto total de OCHENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CATORCE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 84 814 984,00) en la fuente de fi nanciamiento “Recursos Determinados” del Presupuesto Institucional de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales cuyos estudios de preinversión o proyectos de inversión resultaron ganadores de la Convocatoria FONIPREL 2011-I, conforme a lo informado en los cronogramas de ejecución remitidos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29125 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 204-2007-EF, y el Decreto de Urgencia N° 030-2008; DECRETA: Artículo 1°.- Objeto Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 hasta por la suma de un monto total de OCHENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CATORCE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 84 814 984,00) para la ejecución de los proyectos de inversión y elaboración de estudios de preinversión que resultaron ganadores de la Convocatoria FONIPREL 2011-I, de acuerdo con el Anexo que se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS En Nuevos Soles FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados 1.4.1.3.1.5 De Fondos Públicos 6 547 458,00 1.4.2.3.1.5 De Fondos Públicos 78 267 526,00 (Recursos provenientes del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local - FONIPREL) --------------------- TOTAL INGRESOS 84 814 984,00 ============ EGRESOS En Nuevos Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados Gastos Corrientes 2.3 Bienes y Servicios 185 462,00 Gastos de Capital 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 583 002,00 --------------------- TOTAL GOBIERNOS REGIONALES 1 768 464,00 ============ PLIEGOS : Gobiernos Locales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados Gastos Corrientes 2.3 Bienes y Servicios 6 361 996,00 Gastos de Capital 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 76 684 524,00 --------------------- TOTAL GOBIERNOS LOCALES 83 046 520,00 ============ TOTAL EGRESOS 84 814 984,00 ============