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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de octubre de 2011 451551 SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refi ere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modifi catorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF) US$ por T.M. -------------------------------------------------------------------------------------- Fecha Maíz Azúcar Arroz Leche entera en polvo -------------------------------------------------------------------------------------- Del 16/09/2011 al 305 688 650 4 026 30/09/2011 -------------------------------------------------------------------------------------- Regístrese, comuníquese y publíquese. LAURA CALDERON REGJO Viceministra de Economía 702442-1 ENERGIA Y MINAS Otorgan a la Central Térmica Planta Huachipa la calidad de Central de Cogeneración Calificada RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 080-2011 EM/DGE Lima, 21 de setiembre de 2011 VISTO: El Expediente Nº 33273911-01, organizado por ILLAPU ENERGY S.A., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 12403597 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima, sobre solicitud de califi cación de central de cogeneración con respecto a la Central Térmica Planta Huachipa; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 328-2011- MEM/DM, publicado el 29 de julio de 2011, se otorgó a favor de ILLAPU ENERGY S.A. la autorización para generar energía eléctrica en la Central Térmica Planta Huachipa, con una capacidad instalada de 13 600 kW, ubicada en el distrito de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, ILLAPU ENERGY S.A., mediante el documento con registro de ingreso Nº 2117269, de fecha 04 de agosto de 2011, presentó su solicitud de califi cación de central de cogeneración con respecto a la Central Térmica Planta Huachipa; Que, la solicitud de ILLAPU ENERGY S.A. se ampara en las disposiciones contenidas en el artículo 4º del Reglamento de Cogeneración aprobado mediante Decreto Supremo Nº 037-2006-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, ILLAPU ENERGY S.A. cumplió con los valores mínimos establecidos en el artículo 5º del dispositivo legal mencionado en el considerando precedente; Que, la solicitud cumple con los requisitos establecidos en el ítem AE05 del Anexo Nº 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 061-2006- EM, y cuenta con la opinión favorable a que se refi ere el Informe Nº 254-2011-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto por los artículos 4º y 5º del Reglamento de Cogeneración aprobado mediante Decreto Supremo Nº 037-2006-EM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la Central Térmica Planta Huachipa la calidad de Central de Cogeneración Califi cada, por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- La presente Resolución Directoral, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4º del Reglamento de Cogeneración, aprobado por Decreto Supremo Nº 037- 2006-EM, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO TAMAYO PEREYRA Director General Dirección General de Electricidad 697161-1 JUSTICIA Aprueban Directiva “Normas y procedimiento para el trámite de las quejas o denuncias contra los Procuradores Públicos” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0224-2011-JUS Lima, 12 de octubre de 2011 VISTA, la Hoja de Envío Nº 354-2011-JUS/VM, por la cual el Viceministro de Justicia remite el proyecto de Directiva que regula las normas y procedimiento para el trámite de las quejas o denuncias contra los Procuradores Públicos; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1068 que crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS, regulan el régimen disciplinario de los Procuradores Públicos; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 31-2009- JUS, se aprobó la Directiva N° 001-2009-JUS/CDJE, “Normas y Procedimiento para el trámite de las quejas y/o denuncias contra los Procuradores Públicos”; Que, mediante el documento de visto, el Viceministro de Justicia remite el proyecto de Directiva que regula las normas y procedimiento para el trámite de las quejas o denuncias contra los Procuradores Públicos, la que tiene como fi nalidad establecer las competencias y atribuciones del Tribunal de Sanción del Sistema de Defensa Jurídica del Estado y del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, respecto a los procesos sancionadores a los Procuradores Públicos que incurran en inconducta funcional; Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar una nueva norma legal regulatoria del procedimiento para el trámite de las quejas o denuncias contra los Procuradores Públicos; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1068, que crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008- JUS y la Resolución Ministerial Nº 0623-2008-JUS, que aprueba la Directiva Nº 001-2008-JUS, “Lineamientos para la formulación y aprobación de Directivas del Ministerio de Justicia”; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 001-2011-JUS/ CDJE, “Normas y procedimiento para el trámite de las quejas o denuncias contra los Procuradores Públicos” la que será publicada en la página web del Ministerio de Justicia (www.minjus.gob.pe) y en la Intranet. Artículo 2º.- Derogar la Directiva N° 001-2009-JUS/ CDJE, “Normas y Procedimiento para el trámite de las quejas y/o denuncias contra los Procuradores Públicos”, aprobada por Resolución Viceministerial N° 31-2009-JUS. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO JOSÉ EGUIGUREN PRAELI Ministro de Justicia 703025-1