Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2011 (13/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de octubre de 2011

19.- Expediente Nº 687-07, sobre obligacion de dar suma de dinero. 20.- Expediente Nº 322-06, sobre exoneracion de alimentos. 21.- Expediente Nº 014-06, sobre prorrateo de alimentos. 22.- Expediente Nº 652-07, sobre obligacion de dar suma de dinero. 23.- Expediente Nº 675-07, sobre obligacion de dar suma de dinero. 24.- Expediente Nº 741-07, sobre obligacion de dar suma de dinero. 25.- Expediente Nº 548-07, sobre obligacion de dar suma de dinero. 26.- Expediente Nº 736-07, sobre obligacion de dar suma de dinero. 27.- Expediente Nº 707-07, sobre obligacion de dar suma de dinero. 28.- Expediente Nº 299-07, sobre obligacion de dar suma de dinero. 29.- Expediente Nº 717-07, sobre obligacion de dar suma de dinero. 30.- Expediente Nº 774-07, sobre obligacion de dar suma de dinero. 31.- Expediente Nº 762-07, sobre obligacion de dar suma de dinero. 32.- Expediente Nº 782-07, sobre obligacion de dar suma de dinero. 33.- Expediente Nº 897-07, sobre obligacion de dar suma de dinero. 34.- Expediente Nº 455-07, sobre obligacion de dar suma de dinero. 35.- Expediente Nº 293-07, sobre obligacion de dar suma de dinero. 36.- Expediente Nº 672-07, sobre obligacion de dar suma de dinero. 37.- Expediente Nº 461-07, sobre obligacion de dar suma de dinero. 38.- Expediente Nº 679-07, sobre obligacion de dar suma de dinero. 39.- Expediente Nº 817-07, sobre obligacion de dar suma de dinero. 40.- Expediente Nº 695-07, sobre obligacion de dar suma de dinero. 41.- Expediente Nº 703-07, sobre obligacion de dar suma de dinero. 42.- Expediente Nº 117-07, sobre obligacion de dar suma de dinero. 43.- Expediente Nº 389-07, sobre obligacion de dar suma de dinero. 44.- Expediente Nº 663-07, sobre obligacion de dar suma de dinero. 45.- Expediente Nº 699-07, sobre obligacion de dar suma de dinero. 46.- Expediente Nº 643-07, sobre obligacion de dar suma de dinero. 47.- Expediente Nº 676-07, sobre obligacion de dar suma de dinero. 48.- Expediente Nº 678-07, sobre alimentos. 49.- Expediente Nº 728-07, declaracion judicial extramatrimonial. 50.- Expediente Nº 496-02, sobre obligacion de dar suma de dinero. 51.- Expediente Nº 737-07, sobre obligacion de dar suma de dinero. 52.- Expediente Nº 797-07, sobre obligacion de dar suma de dinero. 53.- Expediente Nº 668-07, sobre obligacion de dar suma de dinero. La abundante cantidad de expedientes en estados diferentes, con meses y hasta anos de retraso, con proyectos por corregir y firmar y para resolver, ponen de manifiesto no solo la demora en la tramitacion de los procesos judiciales, sino desgobierno y desorganizacion total de su Juzgado, vulnerando el deber de resolver con celeridad conforme lo establece el articulo 184 inciso 1º de la Ley Organica del Poder Judicial. Tercero.- Que, por escrito recibido el 18 de febrero de 2010 la magistrada procesada senalo tener conocimiento

del pedido de destitucion formulado en su contra, y refirio que los supuestos actos de infraccion a los deberes y prohibiciones, inobservancia del horario de despacho y de los plazos legales para expedir resoluciones, asi como no ejercer control permanente sobre sus subalternos y no imponer las sanciones pertinentes, no son imputables directamente a su persona, sino a la falta de logistica de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por lo que no se le puede atribuir toda la responsabilidad ante una realidad de la judicatura, consistente en la excesiva carga laboral, falta de personal y de apoyo logistico, razon por la cual, agrego, la sancion propuesta por la OCMA devendria en irrazonable y desproporcionada; Ademas, solicito se tuvieran en cuenta al momento de resolver diversas piezas procesales obrantes en el expediente que describio detalladamente, y adjunto copias simples de resoluciones de los anos 2003 a 2008 que acreditan que en varias ocasiones la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA le encargo avocarse al conocimiento de los actos procesales de los ocho Juzgados de Paz Letrados de Chiclayo en calidad de Juez de Paz Letrado Vacacional; Cuarto.- Que, por escrito recibido el 30 de marzo de 2010 la doctora Dejo MORDAZA senalo que siempre trabajo correctamente no obstante la carga procesal existente, relevando el hecho de haber obtenido el primer puesto en produccion durante el ano 2003 con 2867 expedientes resueltos, y adjuntando informacion estadistica sobre su produccion jurisdiccional en el periodo 2002 ­ 2009; asimismo, indico que durante dos anos se desempeno como juez diligenciadora de exhortos y ademas se le encargo ejecutar la cobranza de multas impuestas por las diferentes dependencias judiciales del Distrito Judicial de Lambayeque; Del mismo modo, indico que la elevada carga procesal origino la creacion de un Juzgado de Faltas, una Mesa de Partes y la creacion de la plaza de "Asistente" para cada Secretario, todo lo cual MORDAZA ya habia solicitado oportunamente sin que se hubiera atendido sus requerimientos; Que, por escrito de 14 de MORDAZA de 2010 la magistrada procesada reproduce los alegatos vertidos en el escrito presentado el 18 de febrero de 2010, agregando que la unica vez que se frustro una visita programada a su despacho por la Oficina de Control fue el 25 de MORDAZA de 2008, en que se encontraba en MORDAZA, con permiso del Consejo Ejecutivo de Poder Judicial y asistiendo a dos Congresos sobre Derecho Penal y Derecho Administrativo; ademas, reitera la existencia de excesiva carga procesal en su juzgado y ofrece como prueba MORDAZA estadisticos respecto a su produccion jurisdiccional y copias de diversas resoluciones y libros de ingresos de causas civiles y penales segun el detalle realizado en su escrito; Que, por escrito de 05 de MORDAZA de 2010 la doctora Dejo MORDAZA presento diversos medios probatorios, como el cuaderno de cargos de la secretaria MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con el cual, segun afirma, se acredita que la mayoria de los expedientes consignados en el literal F) de los cargos imputados se le entregaron once dias MORDAZA de la visita efectuada por la Oficina de Control, por lo cual no considera que el atraso fuera demasiado; asimismo, presento MORDAZA de su cuaderno de cargos de entrega de expedientes sentenciados y demandas nuevas a efecto de que se tenga en cuenta el numero de sentencias emitidas mensualmente, y que segun el inventario efectuado por MORDAZA misma el 19 de MORDAZA de 2008 solo tenia 30 expedientes pendientes de sentenciar, entre los cuales no habia ningun MORDAZA de alimentos; Adicionalmente indico que los siete expedientes contenidos en el literal C) no constan en el cuaderno de cargos y no se consigno quien era el secretario responsable de los mismos, y al no contar con el cuaderno de cargo respectivo no puede probar cuando entraron a su despacho, suponiendo que al haber decretos que ordenan poner los expedientes en despacho para sentenciar que datan de enero de 2008, asi como haberse efectuado las notificaciones pertinentes, cosido y foliado los mismos, a lo que se debe agregar que durante el mes de febrero hubo un periodo vacacional, estos debieron entrar a su despacho despues del inventario que efectuo el 19 de

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