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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (21/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 61

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de octubre de 2011 452035 Nº 836-MML y Nº 1492-MML, para el terreno de 3,600 m², califi cado con zonifi cación Comercio Metropolitano-CM, ubicado con frente a la Av. República Argentina cuadra tres (antes Av. De la Unión) esquina con Jirón Ascope (antes Calle Pucará) jurisdicción del Cercado, Provincia y Departamento de Lima; Que, mediante Informe Nº 127-2011-MML-GDU- SPHU-AL, de fecha 24 de junio de 2011 (fs.119 al 121), el Área Legal de esta Subgerencia señala, que de la revisión de autos se ha verificado que el terreno materia del presente trámite de Habilitación Urbana, se encuentra, inscrito en el Tomo 486, Foja 15 al 20 que continua en la Partida Electrónica Nº 46462653, del Registro de Propiedad Inmueble de Lima de la Zona Registral Nº IX (fs. 61 al 77); de igual manera la administrada ha acreditado su condición de persona jurídica y la representatividad de la misma, conforme consta en la Partida Nº 12436399 (fs. 21 al 29); en virtud de lo cual viene tramitando el presente procedimiento administrativo de Habilitación Urbana; corresponde a esta Subgerencia, en arreglo a sus facultades y al amparo de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Leyes Nº 29090, su modifi catoria Nº 29476, Nº 27444, los Decretos Supremos Nº 024- 2008-VIVIENDA, Nº 003-2010-VIVIENDA, el Reglamento Nacional de Edifi caciones-RNE y las Ordenanzas Metropolitanas Nº 893-MML, Nº 341-MML, Nº 1032- MML, Nº 836-MML y Nº 1492-MML, emitir la Resolución aprobando la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada de Lote Único con Recepción de Obras, del terreno de 3,600 m², califi cado con zonifi cación Comercio Metropolitano-CM, ubicado con frente a la Av. República Argentina cuadra tres (antes Av. De la Unión) esquina con Jirón Ascope (antes Calle Pucará) jurisdicción del Cercado, Provincia y Departamento de Lima; Con el visto bueno de la División de Control de Obras y del Área Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De, conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Leyes Nº 27444, Nº 29090, Nº 29476, Decretos Supremos Nº 024-2008-VIVIENDA, Nº 003-2010-VIVIENDA, Reglamento Nacional de Edifi caciones–RNE, Ordenanzas Metropolitanas Nº 893-MML, Nº 341-MML, Nº 1032-MML, Nº 836-MML y Nº 1492-MML; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada de Lote Único, para Uso de Comercio Metropolitano - CM, desarrollada sobre el terreno de 3,600 m², califi cado con zonifi cación Comercio Metropolitano-CM, ubicado con frente a la Av. República Argentina cuadra tres (antes Av. De la Unión) esquina con Jirón Ascope (antes Calle Pucará) jurisdicción del Cercado, Provincia y Departamento de Lima, de conformidad con el Plano signado Nº 014-2011- MML-GDU-SPHU y su Memoria Descriptiva. Artículo 2º.- DECLARAR cumplida por la empresa INMOBILIARIA BOSCA S.A., la ejecución de las obras de Habilitación Urbana, del terreno de 3,600 m², cuya Regularización se aprueba en el Artículo 1º; conforme al plano sellado y fi rmado, siendo el Cuadro General de Áreas de la Habilitación Urbana que se recepciona, como se detalla: CUADRO DE ÁREAS Área Bruta del terreno 3,600.00 m² Área de Vías 0.00 m² Área Útil 3,600.00 m² Aportes Reglamentarios: El Cuadro de aportes aprobado es como se detalla a continuación: CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS APORTES (Área = 3,600 m²) ORD. Nº 836-MML PROYECTO (m²) DÉFICIT (m²) CM m² Parques Zonales 5 % 180.00 ---------- 180.00 Renovación Urbana 3 % 108.00 ---------- 108.00 Servicios Públicos Complementarios (Municipalidad Distrital) 2% 72.00 ---------- 72.00 Nota.- Los défi cit de los aportes reglamentarios para Parques Zonales, Renovación Urbana y Servicios Públicos Complementarios) Municipalidad Distrital) serán redimidos en dinero; en aplicación a lo dispuesto en el artículo 10º de la Ordenanza Nº 836-MML; sin embargo, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 1492-MML publicada en el Diario Ofi cial El Peruano de fecha 3 de enero de 2011, no están obligados a efectuar la cancelación de los mismos. Artículo 3º.- NOTIFICAR la presente Resolución a la empresa INMOBILIARIA BOSCA S.A., debidamente representada por el señor Sebastián Husni Sabatini en su calidad de Gerente General, conforme a Ley. Artículo 4º.- OFICIAR la presente Resolución a la Gerencia de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº IX, SERPAR LIMA, EMILIMA S.A., al Instituto Metropolitano de Planifi cación - IMP, a la Sub Gerencia de Autorizaciones Urbanas y División Técnica de la Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de Tierras, de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Corporación, para su conocimiento y fi nes pertinentes, acorde a sus competencias. Artículo 5º.- PONER EN CONOCIMIENTO, la presente Resolución a la Gerencia de Fiscalización y Control para los fi nes pertinentes. Artículo 6º.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano a cargo de la administrada, dentro de los 30 días siguientes de notifi cada la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MATILDE HINOSTROZA MORALES Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo Urbano 705632-1 MUNICIPALIDAD DE ATE Prorrogan vigencia de Beneficio de Regularización de procedimientos de Licencia, Conformidad de Obra y Declaratoria de Fábrica de edificaciones establecido en la Ordenanza Nº 268- MDA DECRETO DE ALCALDÍA N° 019 Ate, 19 de octubre de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE ATE. VISTO; La Ordenanza Nº 268-MDA, el Informe Nº 158- 2011-MDA/GDU de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 771-2011-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Proveído Nº 1834-2011-MDA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 268-MDA de fecha 28 de marzo de 2011 y publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 19 de abril del 2011 se estableció la regularización para los procedimientos de Licencia, Conformidad de Obra y Declaratoria de Fábrica para aquellas edifi caciones realizadas hasta el 31 de diciembre del 2010, siendo el plazo para acogerse a este benefi cio de 6 meses posteriores a la entrada en vigencia de la presente norma; Que, la mencionada norma señala en su Sétima Disposición Final; que se faculta al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía se amplíe la presente Ordenanza; Que, mediante Informe Nº 158-2011-MDA/GDU la Gerencia de Desarrollo Urbano señala que aún quedan muchos predios en el Distrito pendientes de Regularizar sus edifi caciones, por lo que se hace necesario se prorrogue los benefi cios de regularización de la ordenanza antes mencionada, hasta por una vigencia de seis (6) meses, mediante Decreto de Alcaldía;