Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2011 (26/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, miercoles 26 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES
SECCION MORDAZA : Instancias Descentralizadas FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1. Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 BIENES Y SERVICIOS SUB TOTAL TOTAL

452197

25.2 Los saldos de los recursos asignados para las acciones de mantenimiento en materia de educacion y salud que no hayan sido ejecutados dentro del plazo establecido en el parrafo precedente seran devueltos al Tesoro Publico, previa instruccion de la Ministra de Educacion y del Ministro de Salud, segun corresponda, al Banco de la Nacion para el extorno correspondiente, a favor de la cuenta que determine el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico. Articulo 26º.responsabilidad De la transparencia y

331 523 125,00 ------------------------331 523 125,00 ============== 1 147 198 696,00 ==============

26.1 Los pliegos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales a cargo de la ejecucion de las acciones de mantenimiento de infraestructura y equipamiento, conforme a lo establecido en la presente MORDAZA, son responsables de su debida aplicacion, en el MORDAZA del MORDAZA de Legalidad recogido por la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 26.2 Los pliegos ejecutores deben elaborar y publicar en sus portales institucionales, o el que haga sus veces, un informe bimensual sobre los avances en la ejecucion de las acciones de mantenimiento ejecutadas con cargo a los recursos autorizados por la presente norma. Asimismo, en un plazo no mayor al 31 de MORDAZA de 2012, deben elaborar un informe final sobre las acciones de mantenimiento ejecutadas, el mismo que se publica en sus respectivos portales institucionales, o el que haga sus veces, y se remite a la Contraloria General de la Republica. Para el caso del mantenimiento en materia de transportes senalado en el primer parrafo del literal d) del numeral 22.1 del articulo 22º de la presente MORDAZA, los informes bimensuales y el informe final a los que se hace referencia en el parrafo precedente, deben ser elaborados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales deben brindar toda la informacion que les sea requerida por el mencionado Ministerio, con el fin que pueda elaborar los indicados informes. El Ministerio de Transportes y Comunicaciones debe publicar el informe final en su MORDAZA institucional hasta treinta (30) dias calendario posteriores al vencimiento del plazo para la ejecucion de dichas acciones, y remitir dicho informe a la Contraloria General de la Republica. CAPITULO IV Articulo 27º.- Financiamiento para acciones senaladas en los numerales 1.1 y 1.3 del articulo 1º de la presente MORDAZA 27.1 Autorizase un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011 hasta por la suma de MIL CIENTO CUARENTA Y SIETE MILLONES CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 147 198 696,00), para la ejecucion del mantenimiento de infraestructura y equipamiento en los sectores de salud, educacion, interior, transportes y comunicaciones, agricultura y, vivienda, construccion y saneamiento, y la adquisicion de bienes a las MYPES, de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO TOTAL GASTOS SECCION PRIMERA : Gobierno Central FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1. Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 BIENES Y SERVICIOS 2.5 OTROS GASTOS SUB TOTAL 62 273 987,00 753 401 584,00 ------------------------815 675 571,00 ============== : 1. Recursos Ordinarios En nuevos soles 1 147 198 696,00 ============== 1 147 198 696,00 ============== En nuevos soles

27.2 El detalle de los pliegos del Gobierno Nacional y los montos correspondientes al numeral 1.3 del articulo 1º de la presente MORDAZA se encuentran en el Anexo Nº VI "Credito Suplementario", y para el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales se sujetan a lo dispuesto en los Anexos Nº II-A, II-B, II-C y II-D. Articulo 28º.- Procedimiento para la desagregacion de los recursos 28.1 Autorizase a los Titulares de los pliegos comprendidos en los articulos 4º, 22º y 24º a aprobar, mediante resolucion, la desagregacion de los recursos a los que se refiere el articulo precedente, a nivel funcional programatico y generica del gasto, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia de la presente norma. Una MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias calendario de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 28.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevos Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 28.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para la Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 29º.- Limitacion al uso de los recursos y otras disposiciones Los recursos del Credito Suplementario a que hace referencia el articulo 27º de la presente MORDAZA, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados. CAPITULO V DEL CREDITO SUPLEMENTARIO PARA EL FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS DE INVERSION EN LOS GOBIERNOS REGIONALES Y GOBIERNOS LOCALES Y OTRA MEDIDA EN MATERIA DE MODIFICACION PRESUPUESTARIA Articulo 30º.- Financiamiento para la ejecucion de proyectos de inversion en los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales 30.1 Autorizase un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011 hasta por la suma de DOSCIENTOS DIEZ MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 210 000 000,00) a favor de los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, para la ejecucion de proyectos de inversion publica en la MORDAZA del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA y Ene ­ Plan VRAE y en otras localidades con el fin de mejorar las condiciones sociales y economicas de dichas zonas con incidencia en la poblacion mas necesitada, de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO TOTAL : 1. Recursos Ordinarios En nuevos soles 210 000 000,00 ============== 210 000 000,00 ==============

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