NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (04/09/2011)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 4 de setiembre de 2011 449459 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 685814-2 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 061-2011-EF Lima, 3 de septiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, el Estatuto del Banco de la Nación, aprobado por Decreto Supremo Nº 07-94-EF y sus modifi catorias, dispone en su artículo 13° que el Banco es gobernado por un Directorio, integrado por cinco miembros, de los cuales tres representan al Poder Ejecutivo; Que, mediante Resolución Suprema Nº 057-2006- EF del 8 de agosto de 2006 se designó, entre otros, al señor Hugo Javier Rodríguez Espinoza como miembro del Directorio del Banco de la Nación, en representación del Poder Ejecutivo; Que, el señor Hugo Javier Rodríguez Espinoza ha presentado su renuncia al Directorio del citado Banco, la que es pertinente aceptar y designar a su reemplazo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y el Estatuto del Banco de la Nación aprobado por Decreto Supremo Nº 07-94-EF y sus modifi catorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Hugo Javier Rodríguez Espinoza como miembro del Directorio del Banco de la Nación, en representación del Poder Ejecutivo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor Carlos Adrián Linares Peñaloza como miembro del Directorio del Banco de la Nación, en representación del Poder Ejecutivo. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 685814-3 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 062-2011-EF Lima, 3 de septiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, el Estatuto del Banco de la Nación, aprobado por Decreto Supremo Nº 07-94-EF y sus modifi catorias, dispone en su artículo 13° que el Banco es gobernado por un Directorio, integrado por cinco miembros, de los cuales tres representan al Poder Ejecutivo; Que, mediante Resolución Suprema Nº 057-2006- EF del 8 de agosto de 2006 se designó, entre otros, al señor Armando Rubén Osorio Murga como miembro del Directorio del Banco de la Nación, en representación del Poder Ejecutivo; Que, el señor Armando Rubén Osorio Murga ha presentado su renuncia al Directorio del citado Banco, la que es pertinente aceptar y designar a su reemplazo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y el Estatuto del Banco de la Nación aprobado por Decreto Supremo Nº 07-94-EF y sus modifi catorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Armando Rubén Osorio Murga como miembro del Directorio del Banco de la Nación, en representación del Poder Ejecutivo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor Luis Sierralta Zapata como miembro del Directorio del Banco de la Nación, en representación del Poder Ejecutivo. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 685814-4 EDUCACION Aprueban reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal - CAP 2011 de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes ESCUELA NACIONAL SUPERIOR AUTONOMA DE BELLAS ARTES RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0097-2011- ENSABA Lima, 17 de junio de 2011 VISTOS: Hoja de Envío Nº 211 del 16 de junio de 2011; Informe Nº 037-2011-DP-ENSABAP del 15 de junio de 2011; Informe Nº 050-A-2011-SubdRRHH-ENSABAP del 15 de junio de 2011; Informe Nº 176-A-2011-DAL- ENSABAP del 15 de junio de 2011; y, CONSIDERANDO: Que, la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes, es una Institución Pública de Educación Superior, con autonomía académica, económica y administrativa; por mandato expreso de la Undécima Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley General de Educación Nº 28044, modifi cada por la Ley Nº 28329; Que, con fecha 24 de junio de 2010, la Asamblea General de la ENSABA, ha elegido democráticamente y conforme a lo dispuesto en el Estatuto, al Sr. Luís Guillermo Cortés Carcelén, como Director General de la ENSABA; Que, por medio del Informe Nº 050-A-2011-SubdRRHH- ENSABAP la SubDirección de Recursos Humanos señala que con Resolución Directoral Nº 061-2010-ENSABAP se repuso con efi cacia anticipada al 30.03.2011, por orden judicial, a un grupo de docentes, según mandato del Quinto Juzgado Constitucional de Lima. De igual manera mediante Resolución Directoral Nº 069-2011-ENSABA se repone con efi cacia anticipada al 07.04.2011 al docente Carlos Alberto Carrizales; Que, en virtud de las reposiciones efectuadas, señala la SubDirección de Recursos Humanos, que es necesario realizar el reordenamiento de cargos y la respectiva modifi cación del Presupuesto Analítico de Personal 2011, de acuerdo a los cargos que señala dicha dependencia, ocupaban los docentes en su último contrato en el año 2009. Precisa que el PAP contempla plazas de docentes Auxiliares a Tiempo Completo equivalentes al III Nivel Magisterial de remuneraciones, de acuerdo a la Directiva Nº 35-OAAE-OA/ UPER-2002-ED disposiciones para la ejecución de contratos en plazas orgánicas y/o inorgánicas de las instituciones de nivel de educación superior no universitaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 653-2002-ED, indica que la remuneración de personal docente contratado por horas,