NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (04/09/2011)
CANTIDAD DE PAGINAS: 32
TEXTO PAGINA: 20
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 4 de setiembre de 2011 449474 actividades de mantenimiento mensual del equipamiento e instalaciones del SEIN con salida de servicio; Que, en la aplicación de dicho procedimiento, OSINERGMIN ha detectado una serie de problemas relacionados con el objetivo para el cual fue establecido dicho Procedimiento, por lo que ha considerado necesario dejarlo sin efecto, e implementar uno nuevo que se encuentre acorde con las atribuciones que tiene el COES- SINAC como parte de su función de coordinación y programación de las actividades de mantenimiento; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 8º y 25º del Reglamento de OSINERGMIN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, para la aprobación del Procedimiento antes mencionado se requiere su prepublicación en el Diario Ofi cial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 22º y 25º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; Con la opinión favorable de la Gerencia de Fiscalización Eléctrica, Gerencia Legal y de la Gerencia General. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la pre-publicación del “Procedimiento para la Supervisión de la Gestión de la Coordinación y Programación de los Programas Mensuales de Mantenimiento Mayor de la actividad de generación aprobados por el COES-SINAC”; cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Las sugerencias y observaciones serán recibidas por escrito en la Mesa de Partes de OSINERGMIN o vía correo electrónico a aolivera@osinerg.gob.pe dentro de los quince (15) días calendario contados desde la fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3º.- El Sr. Arturo Olivera Castañeda será la persona encargada de recibir los comentarios a la presente publicación. Artículo 4º.- Disponer que la presente Resolución se publique en el Diario Ofi cial El Peruano, y que en la página web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe , se publique el texto íntegro del proyecto del “Procedimiento para la Supervisión de la Gestión de la Coordinación y Programación de los Programas Mensuales de Mantenimiento Mayor de la actividad de generación aprobados por el COES-SINAC” y su correspondiente exposición de motivos. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN 685062-3 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Designan Presidenta y reconforman Salas del Tribunal de Contrataciones del Estado RESOLUCIÓN Nº 574-2011-OSCE/PRE Jesús María, 2 de septiembre de 2011 VISTO: El Acta de Sesión de Consejo Directivo Nº 016-2011/ OSCE-CD de fecha 31 de agosto de 2011, correspondiente a la Sesión Ordinaria Nº 014-2011/OSCE-CD; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 57º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público que goza de autonomía técnica funcional, administrativa, económica y fi nanciera, cuyo personal está sujeto al régimen laboral de la actividad privada; Que, conforme a lo establecido en el artículo 63º de la citada Ley, concordante con el artículo 235º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184- 2008-EF, el Tribunal de Contrataciones del Estado es el órgano resolutivo con autonomía e independencia funcional, encargado de la aplicación de sanciones administrativas de inhabilitación temporal y defi nitiva, o sanción económica a los proveedores, participantes, postores, contratistas, entidades y expertos independientes, según corresponda para cada caso, por infracción de las disposiciones contenidas en la Ley y su Reglamento, además de resolver, de ser el caso, las controversias que surjan entre las entidades, los participantes y los postores durante el proceso de selección; Que, el artículo 17º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2009-EF, establece que el Tribunal de Contrataciones del Estado es un órgano colegiado, autónomo e independiente en la emisión de sus resoluciones y pronunciamientos, sin perjuicio de depender administrativamente de la Presidencia Ejecutiva del OSCE; Que, mediante Resolución Suprema Nº 044-2010-EF de fecha 23 de marzo de 2010, se designó a los Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado, conforme a lo dispuesto en la Sétima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; Que, mediante Resolución Nº 103-2011-OSCE/PRE de fecha 15 de febrero de 2011, se reconformaron las Salas del Tribunal de Contrataciones del Estado, designándose como Presidenta del Tribunal de Contrataciones del Estado a la Vocal Mónica Yadira Yaya Luyo; Que, mediante Resolución Suprema Nº 059-2011-EF de fecha 22 de agosto de 2011, se designó a la abogada Magali Fiorella Rojas Delgado como Presidenta Ejecutiva del OSCE; Que, el segundo párrafo del artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, establece que los cargos de Presidente del Tribunal y Presidentes de Salas, así como la distribución de los Vocales que las componen, son establecidos por el Consejo Directivo; Que, habiendo asumido el cargo y funciones inherentes al mismo, la Presidencia del Consejo Directivo estimó pertinente someter a consideración de dicho órgano la reconformación del Tribunal de Contrataciones del Estado; Que, mediante Acuerdo Nº 019-014-2011/OSCE-CD de fecha 31 de agosto de 2011, el Consejo Directivo acordó designar a la señora Vocal Ada Rosa Basulto Liewald como Presidenta del Tribunal de Contrataciones del Estado; Que, mediante Acuerdo Nº 020-014-2011/OSCE-CD de fecha 31 de agosto de 2011, el Consejo Directivo acordó reconformar las Salas del Tribunal de Contrataciones del Estado; así como, designar a los Vocales que ocuparán los cargos de Presidente de Sala, entre los elegidos y designados mediante la Resolución Suprema Nº 044-2010-EF; Que, el numeral 25) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE dispone que es competencia de la Presidencia Ejecutiva la expedición de los actos administrativos que le corresponda, entre los cuales se encuentra el acto que formaliza los acuerdos del Consejo Directivo; Que, en concordancia con el artículo antes citado, el artículo 6º y el inciso 8) del artículo 7º, del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo, aprobado mediante Acuerdo Nº 0012-003 del 08 de mayo de 2009 y modifi cado mediante Acuerdo Nº 003-002 del 19 de febrero de 2010, el Presidente del Consejo Directivo es el Presidente Ejecutivo del OSCE y tiene entre sus funciones formalizar los acuerdos del Consejo Directivo a través de la emisión de la Resolución cuando corresponda; Estando a lo expuesto, y de conformidad con el numeral 25) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, en concordancia con el artículo 6º y el numeral 8) del artículo 7º del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la señora Vocal Ada Rosa Basulto Liewald como Presidenta del Tribunal de Contrataciones del Estado. Artículo Segundo.- Reconformar la Primera Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado, de la siguiente manera: