Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2011 (04/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 4 de setiembre de 2011

Que, en ese orden de ideas, la designacion de las sociedades de auditoria y las declaratorias de desierto realizadas mediante la Resolucion de Contraloria Nº 207-2011-CG adolecen de vicios de nulidad, de conformidad con lo establecido en los numerales 1 y 2 del articulo 10º de la Ley Nº 27444; Que, no obstante lo senalado en el considerando precedente, el numeral 14.2.4 del articulo 14º de la Ley Nº 27444, establece como uno de los supuestos de conservacion del acto "cuando se concluya indudablemente de cualquier otro modo que el acto administrativo hubiese tenido el mismo contenido, de no haberse producido el vicio"; Que, en el presente caso, de haberse realizado la calificacion adicionandose el puntaje correspondiente a la "capacitacion de los supervisores y jefes de equipo" a todas las sociedades postoras que participaron en el Concurso Publico de Meritos Nº 03-2011-CG, se habria obtenido como ganadoras a las mismas sociedades consideradas en el articulo primero de la Resolucion de Contraloria Nº 207-2011-CG, a excepcion de la Sociedad de Auditoria MORDAZA y Asociados Contadores Publicos Sociedad Civil para realizar la auditoria a los estados financieros y examen especial a la informacion presupuestal del CEPLAN, correspondiente a los periodos 2009 y 2010; la cual habria excedido el numero de designaciones (tres) de una misma sociedad para examinar a distintas entidades comprendidas en el mismo concurso publico de meritos, de conformidad con lo establecido en el articulo 46º del Reglamento; por lo que de haberse seguido los criterios para aplicar dicha limitacion establecidos en el citado articulo, no debio ser designada para realizar la referida auditoria al CEPLAN; Que, asimismo, en caso de haberse efectuado la calificacion segun lo senalado en el considerando precedente, no se habria declarado desierto el Concurso Publico de Meritos por primera vez para el Gobierno Regional MORDAZA por el periodo 2011, la Municipalidad Provincial de Atalaya por el periodo 2010, la Universidad Nacional de Educacion "Enrique MORDAZA y Valle" por el periodo 2010 y la Biblioteca Nacional del Peru por el periodo 2010; desierto por MORDAZA vez para la Municipalidad Provincial de Huancayo por los periodos 2009 y 2010, la Municipalidad Provincial de Abancay por los periodos 2009 y 2010, la Empresa de Transmision Electrica Centro Norte S.A. (ETECEN S.A. en Liquidacion) por el periodo 2010 y la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA por el periodo 2010 y desierto por tercera vez para el Organismo de Supervision de los Recursos Forestales y de Fauna MORDAZA ­ OSINFOR por los periodos 2009 y 2010 y el Centro de Exportacion, Transformacion, Industria, Comercializacion y Servicios de Paita por los periodos 2009 y 2010; en tanto en dichos casos se habria obtenido un puntaje tecnico mayor al minimo establecido en el articulo 40º del Reglamento (55 puntos), y por ende, incrementado el puntaje final de cada uno; Que, en virtud a lo MORDAZA senalado, resulta necesario conservar los actos de designacion de las sociedades de auditoria a que hace referencia el articulo primero de la Resolucion de Contraloria Nº 207-2011-CG, a excepcion del referente a la Sociedad de Auditoria MORDAZA y Asociados Contadores Publicos Sociedad Civil para realizar la auditoria a los estados financieros y examen especial a la informacion presupuestal del CEPLAN, correspondiente a los periodos 2009 y 2010; asimismo, corresponde conservar las declaratorias de desierto del concurso a que se hacen referencia en los Articulos Tercero, MORDAZA y MORDAZA de la citada resolucion; a excepcion de lo referido a las entidades mencionadas en el considerando precedente, de conformidad con lo establecido en el citado numeral 14.2.4 del articulo 14º de la Ley Nº 27444; y a su vez, declarar la nulidad de la designacion de la Sociedad de Auditoria MORDAZA y Asociados Contadores Publicos Sociedad Civil para realizar la citada auditoria, y la declaratoria de desierto de las mencionadas entidades, al adolecer de vicios de nulidad y no encajar en ningun supuesto de conservacion del acto, de conformidad con lo establecido en los numerales 1 y 2 del articulo 10º de la Ley Nº 27444; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 202.2 del articulo 202º de la Ley Nº 27444, en aquellos casos de actos emitidos por una autoridad no sometida a subordinacion jerarquica, corresponde declarar la nulidad a la misma autoridad, la cual podra resolver sobre el fondo del MORDAZA de contarse con los elementos suficientes para ello; Que, contandose con todos los elementos para resolver sobre el fondo del MORDAZA, se ha procedido a realizar un MORDAZA MORDAZA de evaluacion y calificacion, obteniendose que de ciento ochenta y seis (186) propuestas admitidas, treinta y siete (37) propuestas fueron descalificadas, ocho (08) no alcanzaron el puntaje minimo requerido, treinta y dos (32) no alcanzaron el primer lugar, resultando ganadoras ciento nueve (109) propuestas, vale decir diez (10) propuestas adicionales a las establecidas en la Resolucion de Contraloria Nº 207-2011-CG;

Que, por su parte el numeral 11.3 del articulo 11º de la Ley Nº 27444, establece que la resolucion que declara la nulidad, dispondra adicionalmente lo conveniente para hacer efectiva la responsabilidad del caso; En el MORDAZA de las atribuciones conferidas por los articulos 20º y 32º de la Ley Nº 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, asi como conforme a lo senalado en los articulos 14º y 202º de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Conservar los actos de designacion de las Sociedades de Auditoria para realizar las auditorias a los estados financieros y examen especial a la informacion presupuestal, a los que hace referencia el Articulo Primero de la Resolucion de Contraloria Nº 207-2011-CG, a excepcion de la designacion de la Sociedad de Auditoria MORDAZA y Asociados Contadores Publicos Sociedad Civil para realizar la auditoria a los estados financieros y examen especial a la informacion presupuestal del Centro Nacional de Planeamiento Estrategico - CEPLAN, correspondiente a los periodos 2009 y 2010. Articulo Segundo.- Conservar los actos de declaracion de desierto del Concurso Publico de Meritos por primera, MORDAZA y tercera vez establecidos en los Articulos Tercero, MORDAZA y MORDAZA de la Resolucion de Contraloria Nº 2072011-CG, a excepcion de los referentes al Gobierno Regional MORDAZA por el periodo 2011, a la Municipalidad Provincial de Atalaya por el periodo 2010, a la Universidad Nacional de Educacion "Enrique MORDAZA y Valle" por el periodo 2010 y a la Biblioteca Nacional del Peru por el periodo 2010 (desiertos por primera vez); a la Municipalidad Provincial de Huancayo por los periodos 2009 y 2010, a la Municipalidad Provincial de Abancay por los periodos 2009 y 2010, a la Empresa de Transmision Electrica Centro Norte S.A. (ETECEN S.A. en Liquidacion) por el periodo 2010 y la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA por el periodo 2010 (desierto por MORDAZA vez); y al Organismo de Supervision de los Recursos Forestales y de Fauna MORDAZA ­ OSINFOR por los periodos 2009 y 2010 y al Centro de Exportacion, Transformacion, Industria, Comercializacion y Servicios de Paita por los periodos 2009 y 2010 (desierto por tercera vez). Articulo Tercero.- Declarar la nulidad de oficio de la designacion de la Sociedad de Auditoria MORDAZA y Asociados Contadores Publicos Sociedad Civil para realizar la auditoria financiera y examen especial a la informacion presupuestal del Centro Nacional de Planeamiento Estrategico ­ CEPLAN por los periodos 2009 y 2010, realizada mediante Resolucion de Contraloria Nº 207-2011-CG. Articulo Cuarto.- Declarar la nulidad de oficio de las declaratorias de desierto realizadas en los Articulos Tercero, MORDAZA y MORDAZA de la Resolucion de Contraloria Nº 207-2011CG, unicamente respecto a las entidades a que se hacen referencia en el Articulo MORDAZA de la presente Resolucion. Articulo Quinto.- Designar a las Sociedades de Auditoria para realizar las auditorias a los estados financieros y examen especial a la informacion presupuestal correspondiente a once (11) entidades, conforme se detalla a continuacion:
Nº PUB. 1 2 MORDAZA DE SOCIEDAD DE EXAMEN AUDITORIA FINANCIERO MORDAZA & ASOCIADOS 31 GOBIERNO REGIONAL MORDAZA 2011 SOCIEDAD CIVIL MORDAZA AUDITORES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL FINANCIERO 59 Y CONSULTORES DE HUANCAYO 2009 y 2010 SOCIEDAD CIVIL ORGANISMO DE SUPERVISION MORDAZA, MORDAZA & DE LOS RECURSOS FINANCIERO 73 MORDAZA ASOCIADOS FORESTALES Y DE FAUNA 2009 y 2010 SOCIEDAD CIVIL MORDAZA - OSINFOR CENTRO DE EXPORTACION, J. MORDAZA MORDAZA TRANSFORMACION, INDUSTRIA, FINANCIERO & ASOCIADOS 96 COMERCIALIZACION Y 2009 y 2010 CONTADORES PUBLICOS SERVICIOS DE PAITA SOCIEDAD CIVIL MORDAZA REYNALTE Y MUNICIPALIDAD PROVINCIAL FINANCIERO 85 ASOCIADOS SOCIEDAD DE ABANCAY 2009 y 2010 CIVIL MORDAZA AUDITORES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL FINANCIERO 106 Y CONSULTORES DE ATALAYA 2010 SOCIEDAD CIVIL CENTRO NACIONAL DE MORDAZA, MORDAZA & FINANCIERO 114 PLANEAMENTO ESTRATEGICO MORDAZA ASOCIADOS 2009 y 2010 - CEPLAN SOCIEDAD CIVIL J. MORDAZA MORDAZA UNIVERSIDAD NACIONAL DE FINANCIERO & ASOCIADOS 121 EDUCACION "ENRIQUE MORDAZA 2010 CONTADORES PUBLICOS Y VALLE" SOCIEDAD CIVIL ENTIDAD

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