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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (04/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 4 de setiembre de 2011 449461 VISTOS: La Resolución Directoral Nº 107-2011-PRODUCE/ OGA-ORH de la Ofi cina de Recursos Humanos de fecha 25 de agosto de 2011 y la Resolución Ministerial Nº 246- 2011-PRODUCE publicada el 26 de agosto de 2011; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 006-75-PM/INAP y sus modifi catorias, se aprobaron las normas generales a las que deben sujetarse los organismos del Sector Público nacional, para la aplicación del Fondo de Asistencia y Estímulo en cada entidad; Que, el artículo 6º del acotado dispositivo legal dispone que el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo – CAFAE estará constituido por un representante del Titular del Pliego, quien lo presidirá, el Director de Personal o el que haga sus veces, el Contador General o el que haga sus veces y tres representantes de los trabajadores; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo – CAFAE del Ministerio de la Producción, aprobado por Resolución Ministerial Nº 115-2002-PRODUCE, establece en su artículo 6º de manera concordante con el Decreto Supremo Nº 006-75-PM/INAP la conformación del referido Comité; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 006- 2011-PRODUCE, se designó al Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo del Ministerio de la Producción CAFAE - PRODUCE para el período 2011- 2012, siendo modifi cada por la Resolución Ministerial Nº 233-2011-PRODUCE; Que, por Resolución Ministerial Nº 246-2011- PRODUCE publicada el 26 de agosto de 2011, se designó al señor Gustavo Arturo Coloma Vallejos en el cargo de Director de la Ofi cina de Contabilidad de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de la Producción; Que, en consecuencia, es necesario dictar el acto de administración que formalice la recomposición del Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo del Ministerio de la Producción CAFAE – PRODUCE para el período 2011-2012, respecto del miembro que actuará como Tesorero del referido Comité; Con el visado de la Ofi cina General de Administración, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y la Secretaría General; y, De conformidad con las normas del Decreto Supremo Nº 006-75-PM/INAP y sus modifi catorias, el Reglamento interno de Organización y Funciones del Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo del Ministerio de la Producción CAFAE - PRODUCE, aprobado por Resolución Ministerial Nº 115-2002- PRODUCE; y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE y modifi cado por Decreto Supremo Nº 018-2009-PRODUCE: SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida la designación de la señora Lucy Virginia Castro Ríos como Tesorera del Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo del Ministerio de la Producción CAFAE - PRODUCE y designar en su reemplazo al señor Gustavo Arturo Coloma Vallejos, Director de la Ofi cina de Contabilidad de la Ofi cina General de Administración, quien actuará como Tesorero. Artículo 2°.- Disponer que la Resolución Ministerial Nº 006-2011-PRODUCE, modifi cada por Resolución Ministerial Nº 233-2011-PRODUCE y por el artículo anterior de la presente norma, mantiene su vigencia en todo lo demás que contiene. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Ministerio de la Producción: www. produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. KURT BURNEO FARFÁN Ministro de la Producción 685707-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Constituyen mesa de trabajo para tratar políticas laborales, de empleo y seguridad social vinculadas con la problemática laboral, la competitividad empresarial, entre otras materias relacionadas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 261-2011-TR Lima, 02 de setiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobada por la Ley N° 29381, dispone que la entidad tiene, entre otras funciones, la promoción del diálogo y la concertación laboral social; Que, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo promueve todo espacio de diálogo, en tanto expresión democrática y medio para la solución pacífi ca de los confl ictos laborales, la promoción de políticas de trabajo, empleo y protección social, así como, la protección de los derechos laborales fundamentales y la mejora de las condiciones de trabajo de los peruanos; Que, las organizaciones empresariales integrantes del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo han solicitado conformar una mesa de trabajo para la tratativa de la problemática laboral, la competitividad empresarial, la responsabilidad social empresarial, entre otras materias, en el marco de las políticas laborales, de empleo y protección social; sin perjuicio, del diálogo y la concertación tripartita realizada en el seno del citado consejo; Que, en atención a las consideraciones expuestas, corresponde emitir una resolución ministerial que conforme la referida mesa de trabajo; Con la visación del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el literal d) del artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2010-TR; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Del Objeto Constituir en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo una mesa de trabajo con las organizaciones empresariales que conforman el Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo para tratar las políticas laborales, de empleo y seguridad social vinculadas con la problemática laboral, la competitividad empresarial, la responsabilidad social empresarial, la mejora de la efi ciencia, transparencia e imparcialidad de la Autoridad Administrativa de Trabajo, entre otras materias relacionadas. Artículo 2º.- De la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo cuenta con una Secretaría Técnica que es designada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUDECINDO VEGA CARREAZO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 685811-1 Designan Director General de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 262-2011-TR Lima, 02 de setiembre de 2011