Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2011 (08/09/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

449629

Designan funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 481-2011-MDB/ALC Barranco,19 de agosto del 2011 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO; CONSIDERANDO: Que mediante la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, cuyo texto unico ordenado fue aprobado por D.S. Nº 043-2003-PCM, se promueve la transparencia de los actos del Estado y se regula el derecho fundamental del acceso a la informacion consagrado en el numeral 5 del Art. 2º de la Constitucion Politica del Estado, Que, conforme lo establece el Art. 3º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y acceso a la Informacion Publica, bajo el MORDAZA de publicidad se desprende que todas las actividades y disposiciones de las Entidades de la Administracion Publica, a las que hace referencia el Titulo Preliminar de la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, estan sometidas, al MORDAZA de publicidad; Que, la referida MORDAZA legal en su Art. 5º senala que la Entidad debera identificar al Funcionario responsable de la elaboracion de los portales de Internet; Que, conforme lo establece el Art. 3º del D.S. Nº 072 -2003-PCM, constituye obligacion de la MORDAZA autoridad de la Entidad, designar al funcionario responsable de entregar la informacion de acceso publico y designar al funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de transparencia, asimismo, en el Art. 4º de la mencionada MORDAZA, se establece que la designacion del funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA, se efectuara mediante Resolucion de la MORDAZA autoridad de la entidad y sera publicado en el Diario Oficial El Peruano En uso de las facultades que le confiere en el Inc. 6º del Art. 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en condicion de Subgerente de Sistemas y Tecnologia de la Informacion, como funcionario responsable de la Elaboracion y Actualizacion del MORDAZA de Transparencia de la Municipalidad de Barranco. Articulo Segundo.- Disponer que los Funcionarios y servidores de la Corporacion Municipal proporcionen la informacion y documentacion que solicite el responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de transparencia, en virtud de la normativa en mencion, dentro de los plazos establecidos en los dispositivos de la materia, bajo responsabilidad en caso de incumplimiento. Articulo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolucion al funcionario designado y a todas las Unidades Organicas que conforman esta Corporacion Municipal. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 686534-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 463-MSB Mediante Oficio Nº 1132-2011-MSB-SG, la Municipalidad de San MORDAZA, solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 463-MSB, publicada en nuestra edicion del dia 30 de agosto de 2011. DICE: Articulo 10º.- VIGENCIA: La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. DEBE DECIR: Articulo 10º.- VIGENCIA: La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano hasta el 30 de setiembre del 2011. 686524-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban arancel de costas procesales y gastos administrativos de los procedimientos de ejecucion coactiva
ORDENANZA N° 332-MSI EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA, Vistos, en Sesion Ordinaria de la fecha, los Dictamenes N° 038-2011-CAJ-LS/MSI de la Comision de Asuntos Juridicos, Laborales y Sociales, N° 041-2011-ADM-FINSIS-FIS/MSI de la Comision de Administracion, Finanzas, Sistemas y Fiscalizacion y los Informes Nº 1040 y 0851-20110400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoria Juridica y N° 1772011-0500-GPPDC/MSI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, Nº 2495-20111110-SRFT-GAT/MSI de la Subgerencia de Registro y Fiscalizacion Tributaria y los Memorandums Nº 220-20111100-GAT/MSI y Nº 267-2011-1100-GAT/MSI ambos de la Gerencia de Administracion Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo que la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, de conformidad con los articulos 9º y 25º del Texto Unico Ordenado del Procedimiento de Ejecucion Coactiva aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, se considera obligacion exigible coactivamente las costas y gastos procesales en que se hubiera incurrido durante la tramitacion de un procedimiento de ejecucion coactiva; Que, la Primera Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley en mencion establece, que cada Gobierno Local aprobara mediante Ordenanza el arancel

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.