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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (08/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de setiembre de 2011 449629 Designan funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 481-2011-MDB/ALC Barranco,19 de agosto del 2011 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO; CONSIDERANDO: Que mediante la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuyo texto único ordenado fue aprobado por D.S. Nº 043-2003-PCM, se promueve la transparencia de los actos del Estado y se regula el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del Art. 2º de la Constitución Política del Estado, Que, conforme lo establece el Art. 3º del Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y acceso a la Información Pública, bajo el principio de publicidad se desprende que todas las actividades y disposiciones de las Entidades de la Administración Pública, a las que hace referencia el Título Preliminar de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, están sometidas, al principio de publicidad; Que, la referida norma legal en su Art. 5º señala que la Entidad deberá identifi car al Funcionario responsable de la elaboración de los portales de Internet; Que, conforme lo establece el Art. 3º del D.S. Nº 072 -2003-PCM, constituye obligación de la máxima autoridad de la Entidad, designar al funcionario responsable de entregar la información de acceso público y designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del portal de transparencia, asimismo, en el Art. 4º de la mencionada norma, se establece que la designación del funcionario responsable de la elaboración y actualización del portal, se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la entidad y será publicado en el Diario Oficial El Peruano En uso de las facultades que le confi ere en el Inc. 6º del Art. 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a don JOSE FRANCISCO PONCE MORALES, en condición de Subgerente de Sistemas y Tecnología de la Información, como funcionario responsable de la Elaboración y Actualización del Portal de Transparencia de la Municipalidad de Barranco. Artículo Segundo.- Disponer que los Funcionarios y servidores de la Corporación Municipal proporcionen la información y documentación que solicite el responsable de la elaboración y actualización del portal de transparencia, en virtud de la normativa en mención, dentro de los plazos establecidos en los dispositivos de la materia, bajo responsabilidad en caso de incumplimiento. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución al funcionario designado y a todas las Unidades Orgánicas que conforman esta Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JESSICA A. VARGAS GÓMEZ Alcalde 686534-1 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 463-MSB Mediante Ofi cio Nº 1132-2011-MSB-SG, la Municipalidad de San Borja, solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 463-MSB, publicada en nuestra edición del día 30 de agosto de 2011. DICE: Artículo 10º.- VIGENCIA: La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. DEBE DECIR: Artículo 10º.- VIGENCIA: La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano hasta el 30 de setiembre del 2011. 686524-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Aprueban arancel de costas procesales y gastos administrativos de los procedimientos de ejecución coactiva ORDENANZA N° 332-MSI EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO, Vistos, en Sesión Ordinaria de la fecha, los Dictámenes N° 038-2011-CAJ-LS/MSI de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Laborales y Sociales, N° 041-2011-ADM-FIN- SIS-FIS/MSI de la Comisión de Administración, Finanzas, Sistemas y Fiscalización y los Informes Nº 1040 y 0851-2011- 0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica y N° 177- 2011-0500-GPPDC/MSI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, Nº 2495-2011- 1110-SRFT-GAT/MSI de la Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria y los Memorándums Nº 220-2011- 1100-GAT/MSI y Nº 267-2011-1100-GAT/MSI ambos de la Gerencia de Administración Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de conformidad con los artículos 9º y 25º del Texto Único Ordenado del Procedimiento de Ejecución Coactiva aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, se considera obligación exigible coactivamente las costas y gastos procesales en que se hubiera incurrido durante la tramitación de un procedimiento de ejecución coactiva; Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley en mención establece, que cada Gobierno Local aprobará mediante Ordenanza el arancel