Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2011 (08/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES
CODIGO INFRACCION

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de setiembre de 2011

Segunda.- Mediante Decreto de Alcaldia se aprobaran las disposiciones reglamentarias pertinentes y se aprobara la capacidad sostenible en materia de comercio en la via publica aplicable al distrito de Barranco. Tercera.- Incorporese al Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, el procedimiento para la obtencion de autorizacion de uso temporal de la via publica. Cuarta.- Incorporar al Cuadro de Infracciones Administrativas el ANEXO I, que constituyen las conductas infractoras a la presente Ordenanza. Quinta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ANEXO I
CODIGO INFRACCION MORDAZA MONTO MEDIDA PREVIO MULTA COMPLEMENTARIA (% UIT) 5 Retencion

MORDAZA MONTO MEDIDA PREVIO MULTA COMPLEMENTARIA (% UIT) 5

604-0215 No mantener limpio el lugar de venta en un perimetro no menor a 5 metros a la redonda 604-0216 No contar con un deposito para ser usado como basurero 604-0217 No guardar el mobiliario utilizado en la via publica incumpliendo el horario de atencion

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686541-1

Autorizan realizacion de ceremonia de Matrimonio Civil Comunitario
ORDENANZA N° 348-MDB Barranco, 18 de agosto del 2011 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO Por Cuanto: El Concejo Municipal de Barranco, en Sesion Ordinaria de la fecha; VISTOS: El Informe Nº 184-2011-SG/MDB, el Informe Nº 511-2011-GAJ-MDB y el Dictamen Nº 0202011-CAJ-MDB, de la Comision de Salud, Bienestar Social y Participacion Vecinal, respecto a la realizacion de Matrimonio Civil Comunitario; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el articulo 4° de la Constitucion Politica del Peru, el Estado protege a la familia y promueve el matrimonio; Que, es politica de la actual gestion municipal promover la union familiar y siendo la familia el nucleo basico y prioritario de la sociedad, es procedente autorizar e impulsar la realizacion del Matrimonio Civil Comunitario propuesto; Estando a las atribuciones conferidas por el numeral 8) del articulo 9º de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, con la dispensa del tramite de aprobacion del Acta, y con el MORDAZA UNANIME de sus miembros, ha emitido la siguiente: ORDENANZA QUE AUTORIZA LA REALIZACION DE CEREMONIA DE MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO
Retiro

604-0201 Por desarrollar el comercio en la via publica sin la autorizacion municipal 604-0202 Por variar las condiciones establecidas en la autorizacion municipal 604-0203 Por tener fuera del modulo de venta productos que se comercializan 604-0204 Por usar bienes de naturaleza inflamable en el modulo de venta 604-0205 Por utilizar megafonos, altoparlantes, equipos de audio o similares, que produzcan ruidos molestos o nocivos. 604-0206 Por pernoctar o dormir en el interior del modulo de venta y/o en areas publicas 604-0207 Por almacenar o vender alimentos de consumo humano o animal sin registro sanitario vigente, empaques inadecuados, danados, adulterados o con fecha de expiracion vencida 604-0208 Por dejar cerrado el modulo de venta por mas de 10 dias consecutivos 604-0209 Por comercializar o mantener animales en el modulo de venta 604-0210 Por abarrotar el modulo de venta con excesiva mercaderia, que distorsione la volumetria del mismo 604-0211 Por comercializar y/ o consumir bebidas alcoholicas. 604-0212 Por contar con mas de un modulo en la via publica 604-0213 Por vender cigarrillos, o productos de similar naturaleza a menores de edad 604-0214 Por comercializar productos que atenten contra la propiedad intelectual

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Decomiso

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Decomiso

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Articulo Primero.- Autorizar la realizacion de la Ceremonia de Matrimonio Civil Comunitario, el dia sabado 22 de octubre del 2011, a las 10:00 horas en el MORDAZA Municipal del distrito de Barranco. Articulo Segundo.- Dispensar a los contrayentes, del tramite de publicacion de los avisos matrimoniales, conforme a lo dispuesto por el articulo 252° del Codigo Civil vigente, estableciendose la obligacion de cumplir con los requisitos que dispone el articulo 248º de la MORDAZA citada. Articulo Tercero.- Aprobar la exoneracion del pago de los derechos correspondientes, estableciendose como pago unico la suma de S/. 100.00 (Cien y 00/100 Nuevos Soles), que seran destinados a cubrir los gastos que genere dicha ceremonia. Articulo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General, Gerencia Comunicaciones e Imagen Institucional y Gerencia de Desarrollo Humano y Social, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase.

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Decomiso

MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 686539-1

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