Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2011 (12/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, lunes 12 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

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XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y el articulo 192º en su inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, el articulo 10º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modificada por la Ley Nº 27902, establece en el numeral 1, literal c), que son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales formular y aprobar su organizacion interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 043-2006PCM, de fecha 26 de MORDAZA del 2006, se aprobaron los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF de las Entidades de la Administracion Publica, en su articulo 2º senala las pautas para la aprobacion de un ROF, acorde con los criterios de diseno y estructura de la Administracion Publica que establece la Ley Nº 27658 Ley MORDAZA de Modernizacion de las Gestion del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos publicos e identificar las responsabilidades especificas de las entidades publicas y sus unidades organicas, asignadas por el ordenamiento juridico aplicable en cada caso; Que, mediante la Ordenanza Regional Nº 111-2006/ GRP-CR se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) del Gobierno Regional MORDAZA que fue modificado con Ordenanza Regional N° 194-2010/GRPCR; asimismo con Ordenanza Regional N° 195-2010/GRPCR se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF de la Direccion Regional de Agricultura Piura; Que, el articulo 51° de la Ley N° 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, senala las funciones del Gobierno Regional en materia agraria, estableciendose en el literal n., "Promover, gestionar y administrar el MORDAZA de saneamiento fisico-legal de la propiedad agraria, con la participacion de actores involucrados, cautelando el caracter imprescriptible, inalienable e inembargable de las tierras de las comunidades campesinas y nativas"; Que, con Decreto Supremo N° 049-2008-PCM se aprobo el Plan Anual de Transferencias de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales 2008, entre ellas la funcion "n" y COFOPRI cumpliendo con ello suscribio Convenios MORDAZA Intergubernamentales con los Gobiernos Regionales de MORDAZA, Callao, MORDAZA, MORDAZA, Tumbes, MORDAZA, Amazonas y MORDAZA, declarandolos aptos para la transferencia de esta funcion, siendo acreditados mediante la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion N° 028-2009-PCM-SD del 11 de MORDAZA de 2009; Que, mediante Memorandum N° 887-2011/GRP400000 de fecha 25 de MORDAZA del 2011, Gerencia General Regional solicita que de acuerdo a lo recomendado por la Alta Direccion del Gobierno Regional MORDAZA, la Direccion de Saneamiento Fisico Legal de la Propiedad Agraria, que figura en la estructura organica de la Direccion Regional de Agricultura, pase a formar parte de la estructura organica del Gobierno Regional MORDAZA como un organo de linea dependiente de la Gerencia General Regional; Que, mediante Informe Nº 0137-2011/GRP-410300 del 18 de agosto del 2011, la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial recomienda que se modifique el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional MORDAZA, y con Informe Nº 1641-2011/GRP460000 de fecha 24 de agosto del 2011, la Oficina Regional de Asesoria Juridica precisa que la propuesta presentada se encuentra conforme a Ley; Que, estando a lo acordado y aprobado, en Sesion Extraordinaria Nº 20-2011, de fecha 05 de setiembre del 2011, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LOS REGLAMENTOS DE ORGANIZACION Y FUNCIONES ­ ROF DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA Y DE LA DIRECCION REGIONAL DE AGRICULTURA DE MORDAZA Articulo Primero.- Modificar los articulos 14° inciso G., 52°, y 75°, e incluir los articulos 90°-A, 90°-B y 90°-

C en el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF del Gobierno Regional MORDAZA, aprobado con Ordenanza Regional N° 111-2006/GRP-CR, modificado con Ordenanza Regional N° 194-2010/GRP-CR, quedando los articulos de la forma siguiente: "Articulo 14º.- De la Estructura Organica G.- ORGANOS DE LINEA (...) - Gerencia Regional de Saneamiento Fisico Legal de la Propiedad Rural - Sub Gerencia Regional de Saneamiento Fisico Legal de la Propiedad Rural. Articulo 52°.- De los Organos de Linea (...) - Gerencia Regional de Saneamiento Fisico Legal de la Propiedad Rural Articulo 75º.- De la Sub Gerencia Regional de Bienes Regionales y Ordenamiento Territorial a. Formular, aplicar, evaluar, dirigir, controlar, ejecutar y administrar las politicas en materia de administracion y adjudicacion de terrenos de propiedad del Estado, de conformidad con la legislacion vigente y el Sistema Nacional de Bienes Estatales. b. Realizar los actos de administracion y gestion aplicables al registro, inscripcion y fiscalizacion de los bienes inmuebles de la sede central. c. Formular, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia de ordenamiento territorial en concordancia con los planes de los gobiernos locales. d. Planificar y desarrollar acciones de ordenamiento y delimitacion en el ambito del territorio regional, y organiza, evalua y tramita los expedientes tecnicos de demarcacion territorial, en concordancia con las politicas y normas de la materia. e. Elaborar y administrar el Catastro Regional y Margesi Regional de los terrenos urbanos y eriazos del Estado, ubicados en la jurisdiccion del Gobierno Regional, con excepcion de los terrenos de propiedad de los gobiernos locales y del gobierno nacional de acuerdo a la normatividad vigente. f. Realizar los actos de inmatriculacion, saneamiento, adquisicion, enajenacion, administracion y adjudicacion de los terrenos urbanos de propiedad del Estado en su jurisdiccion, con excepcion de los terrenos de propiedad de los gobiernos locales y del gobierno nacional de acuerdo a la normatividad vigente. g. Formular los lineamientos de politica para la administracion del patrimonio regional. h. Establecer los mecanismos aplicables al registro, inscripcion y fiscalizacion de los bienes inmuebles de propiedad estatal, con excepcion de los terrenos de propiedad de los gobiernos locales y del gobierno nacional de acuerdo a la normatividad vigente. i. Participar en el diseno de los proyectos de conformacion de macroregiones, en coordinacion con la Sub Gerencia Regional de Planeamiento, Programacion e Inversion. j. Efectuar el diagnostico de la situacion tecnica y legal de los bienes inmuebles de propiedad y de los que se encuentren bajo administracion, ejecutando cuando corresponda las acciones de saneamiento tecnico legal de los mismos, de acuerdo a la normatividad vigente. k. Solicitar informacion actualizada sobre bienes inmuebles de propiedad o bajo administracion de las Unidades Ejecutoras, para su incorporacion en el registro del Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal ­ SINABIP. l. Elaborar los Informes tecnicos ­ legales, solicitados por las Gerencias Sub Regionales y demas Unidades Ejecutoras previo a la realizacion de cualquier MORDAZA de inversion publica, estableciendo de manera MORDAZA y objetiva la titularidad de las tierras; asi como exigir el saneamiento fisico - legal de las mismas MORDAZA de propiedad o bajo administracion del Gobierno Regional. m. Tramitar las rectificaciones de areas y linderos de sus predios y, en general todas las acciones registrales necesarias para el saneamiento de los bienes inmuebles de la sede central del Gobierno Regional Piura.

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