NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (21/09/2011)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de setiembre de 2011 450301 Artículo 3º.- Disponer que la Ofi cina Central de Logística publique la presente Resolución en el diario Ofi cial El Peruano de conformidad a lo establecido por el artículo 3° de la Ley N° 27619, con cargo a los Recursos Directamente Recaudados de la Administración Central. Regístrese, comuníquese y archívese. AURELIO PADILLA RIOS Rector 693085-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Declaran de interés público regional el Proyecto “Mejoramiento y Ampliación de la Frontera Agrícola Optimizando los Recursos Hídricos de la Subcuenca del Río Arma” en Condesuyos ACUERDO REGIONAL Nº 085-2011-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 8 de setiembre del 2011 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria se aprobó el siguiente acuerdo: CONSIDERANDO: Que, el Proyecto Integral de Desarrollo del Río Arma, fue creado a través de la Décima Disposición Complementaria de la Ley 25022, para la aplicación y mejoramiento de riego de la cuenca del río Arma en la Provincia de Condesuyos; tiene Código SNIP Nº 149150; y que como Proyecto: ((a)) contempla el desarrollo de 12,000 hectáreas, de las cuales 7,000 hectáreas corresponden a las áreas de ampliación y 5,000 hectáreas a las áreas de mejoramiento, las cuales serán explotadas con los recursos hídricos provenientes del río Arma; ((b)) benefi ciará directamente a 4,300 familias, buscando impulsar el desarrollo integral, armónico y sostenido de la población de la Provincia de Condesuyos, a través de la implementación de actividades agrícolas, mineras, pesqueras, agroindustriales, energéticas y de servicios; ((c)) prevé aprovechar adecuadamente los recursos hídricos del río Arma, para los diferentes usos, incidiendo principalmente en el desarrollo agropecuario y generación de energía eléctrica, para con ello procurar la transformación de una economía de subsistencia a una economía de mercado. Que, se denomina reserva de recursos hídricos al derecho especial intransferible, otorgado por la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua (ANA), consistente en separar un determinado volumen de agua de libre disponibilidad, de una fuente natural de agua superfi cial o subterránea, por un plazo determinado, con la fi nalidad de garantizar la atención de las demandas de un proyecto declarado de interés regional o nacional; por lo tanto, siendo este último uno de los requisitos que exige el artículo 103 de la Ley 29338, y, los artículos 206 y 207 del Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, para la Reserva de Recursos Hídricos, entonces, conforme se solicita, corresponde al Consejo Regional la declaratoria de Interés Público Regional del Proyecto “Mejoramiento y Ampliación de la Frontera Agrícola Optimizando los Recursos Hídricos de la Subcuenca del Río Arma” Condesuyos, Arequipa. Que, por estas consideraciones, siendo que los Acuerdos del Consejo Regional expresan decisiones regionales sobre: i.-)) asuntos internos, ii.-)) asuntos de interés público, iii.-)) asuntos de interés ciudadano; y/ o, iv.-)) asuntos institucionales; y también, declaran la voluntad para que: v.-)) se practique un determinado acto; y/o, vi.-)) se observe una conducta o norma institucional; entonces, al amparo de la Ley 27783 / Ley de Bases de la Descentralización, la Ley 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y, en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nº 055-AREQUIPA. SE ACUERDA: Primero.- DECLARAR de Interés Público Regional el Proyecto “Mejoramiento y Ampliación de la Frontera Agrícola Optimizando los Recursos Hídricos de la Subcuenca del Río Arma” en Condesuyos, Arequipa. Segundo.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo Regional tanto el Diario Ofi cial El Peruano como en el Diario Regional de Avisos Judiciales. POR TANTO: Regístrese y cúmplase. HENRRY IBAÑEZ BARREDA Presidente del Consejo Regional de Arequipa 692323-1 Autorizan viaje de funcionario del Gobierno Regional a Brasil para participar en la V FEIRON ACUERDO REGIONAL Nº 088-2011-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 8 de setiembre del 2011 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria se aprobó el siguiente acuerdo: CONSIDERANDO Que, según Ofi cio Nº 3824-2011-GRA/SG, el Secretario General por encargo del Presidente del Gobierno Regional, adjunta la documentación sustentatoria referida a la autorización para viaje al exterior (Brasil) del Señor Eduardo Donar Luna Quiroz, funcionario de la Gerencia Regional de Comercio Exterior y Turismo; Que, a través del Ofi cio Nº 563-2011-GRA-GRCET, la Gerencia Regional de Comercio Exterior y Turismo, pone en conocimiento al Presidente del Gobierno Regional de Arequipa la solicitud y autorización para la participación del Gobierno Regional de Arequipa en la V Feria de Industrias del Estado de Rondonia - FEIRON “Feria de Porto Velho Rondonia Brasil” a realizarse en Brasil los días 15, 16 y 17 de septiembre del 2011, teniendo en cuenta la visita que realizaron una delegación de 40 empresarios Brasileros liderados por el Gobernador de Rondonia IVO Narciso Cassol al Gobierno Regional de Arequipa en el mes de mayo, donde asumió el compromiso de participar en dicho evento; Que, mediante Ofi cio Nº 567-2011-GRA-GRCET de fecha 01 de septiembre del 2011 se dirige al Presidente del Consejo Regional, poniendo en conocimiento sobre la V Feria de Industrias del Estado de Rondonia e indicando que ha sido autorizado, por el Presidente del Gobierno Regional de Arequipa, como consta en el ofi cio del considerando anterior, el viaje al exterior en Comisión de Servicios al señor Donar Eduardo Luna Quiroz, Director del Programa Sectorial II de la Gerencia Regional de Comercio Exterior y Turismo del Gobierno Regional de Arequipa a la República de Brasil para participar en la V FEIRON a realizarse los días 15, 16 y 17 de septiembre del 2011; Que, en ese sentido, tratándose de un viaje al exterior, la Ley 29626 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2011, dentro de las diferentes medidas de austeridad, racionalidad y disciplina aprobadas para el gasto público, se ha prohibido los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos representantes del Estado, con cargo a los recursos públicos; sin embargo, en el numeral 10.1 del artículo 10 de la misma ley, se han autorizado excepciones bajo las cuales sí son procedentes los viajes al exterior. A este respecto, existiendo la salvedad en este caso se permite citando literalmente: “ los viajes… tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el país”, deviene en procedente la autorización del viaje al exterior por las razones ya señaladas en el párrafo anterior; Que, asimismo la citada Ley Presupuestal prevé que para la autorización de los viajes al extranjero de servidores y funcionarios de los Gobiernos Regionales, corresponde al Consejo Regional del Gobierno Regional, autorizar