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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (21/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de setiembre de 2011 450298 todos los expedientes que son objeto de redistribución y no hayan sido remitidos al Centro de Distribución General o Mesa de Partes –según corresponda-, en el plazo o periodo dispuesto, deberán ser conocidos por el órgano jurisdiccional permanente, debiendo proseguir el trámite de los mismos hasta nueva disposición; incluyendo aquellos expedientes que retornan del Ministerio Público o son devueltos por el superior. Que, otro de los problemas reiterados que se presenta en el Centro de Distribución General – CDG, es sobre aquellos expedientes remitidos por los órganos jurisdiccionales permanentes objetos de redistribución y que al ser observados por dicha área, no son subsanados en un periodo razonable por los Juzgados que lo remiten, lo que imposibilita una oportuna redistribución por lote y dentro del plazo dispuesto. Que, siendo ello así, y a fi n de dar término al tránsito de los expedientes observados y que se encuentran en el CDG; por única vez, se establece un plazo de tres días hábiles a partir de la publicación de la presente resolución para que los órganos jurisdiccionales permanentes, cumplan con subsanar la observación advertida; debiendo el Centro de Distribución General –CDG, devolver los expedientes observados a su juzgado de origen dentro del primer día de publicada la presente resolución. Que, vencido el plazo, el expediente subsanado que cumpla las condiciones previstas en la norma administrativa que la autoriza, deberá ser redistribuido por el área administrativa encargada al órgano jurisdiccional transitorio; en su defecto el expediente observado no subsanado, será devuelto al Juzgado de origen para la prosecución del trámite respectivo, no resultando ser objeto de redistribución. En uso de la facultad conferida por Artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y estando a lo señalado precedentemente; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER a partir de la publicación de la presente resolución, la no remisión extemporánea de los expedientes que fueran objeto de redistribución en mérito de las Resoluciones Administrativas N°s. 339, 387, 388, 396, 397, 434, 471 y 578-2011-P-CSJLI/PJ, por vencimiento del plazo establecido, debiendo el órgano jurisdiccional permanente, conocer y proseguir el trámite respectivo del expediente; incluyendo aquellos expedientes que retornan del Ministerio Público o son devueltos por el superior. Artículo Segundo.- DISPONER que los órganos jurisdiccionales permanentes cumplan con subsanar en el plazo de tres días hábiles computados a partir de la presente publicación, las observaciones de los expedientes, realizadas por el Centro de Distribución General –CDG; y, que a la fecha se encuentran en dicha área administrativa. Artículo Tercero.- DISPONER que el Centro de Distribución General - CDG, cumpla con lo siguiente: • Realizar la redistribución del expediente o expedientes que el órgano jurisdiccional permanente ha cumplido con subsanar. • Devolver el expediente o expedientes al Juzgado de origen que no ha cumplido con levantar la observación advertida en el plazo establecido. Artículo Cuarto.- DISPONER que el órgano jurisdiccional permanente recepcione bajo responsabilidad el expediente o expedientes devueltos por el Centro de Distribución General – CDG o Mesa de Partes –según corresponda, debiendo este último, poner a conocimiento del órgano de control, los expedientes que son devueltos al Juzgado. Artículo Quinto.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Gerencia General, Ofi cina de Control de la Magistratura – OCMA, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura – ODECMA, Área de Desarrollo de la Presidencia, Ofi cina de Administración Distrital y a los Órganos Jurisdiccionales Permanentes y Transitorios. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 693394-1 Designan Juez Supernumerario del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Breña CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 758-2011-P-CSJLI/PJ Lima, 20 de setiembre del 2011 VISTO y CONSIDERANDO: Que, habiendo tomado conocimiento en la fecha, a través de la Administradora de los Juzgados de Paz Letrados de Breña, que la doctora Luz Marlene Montero Ñavincopa, Juez Titular del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Breña, se encuentra con licencia médica por los días 20 y 21 de setiembre del presente año; razón por la cual, esta Presidencia con la fi nalidad de no perturbar el normal desarrollo del referido órgano jurisdiccional considera necesario proceder a la designación de un Magistrado, mientras dure el período de licencia de la doctora Montero Ñavincopa. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor RAFAEL RUEDA VALDIVIA como Juez Supernumerario del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Breña, a partir del 20 de setiembre del presente año y mientras dure el período de licencia de la doctora Montero Ñavincopa. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 693395-1 Designan Juez Supernumeraria del Noveno Juzgado de Familia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 759-2011-P-CSJLI/PJ Lima, 20 de setiembre del 2011 VISTOS y CONSIDERANDOS: Que, mediante ingreso Nº 67879-2011, la doctora Anita Ivonne Alva Vásquez, Juez Titular del Noveno Juzgado de Familia de Lima, solicita se le conceda licencia por motivo de capacitación los días 21 al 23 de setiembre del presente año, a fi n de participar en el “I Congreso Nacional Multidisciplinario de Derecho de Familia” organizado por el