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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (29/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de setiembre de 2011 450772 Situación, el Estado de Ganancias y Pérdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de Caja proyectado para el año siguiente. Artículo 12º.- La compañía AEROMASTER DEL PERU S.A.C. deberá respetar la riqueza cultural, histórica y turística que sustenta la buena imagen del país. ARTÍCULO 13°.- La compañía AEROMASTER DEL PERU S.A.C., dada la naturaleza de sus operaciones y aeronaves, podrá realizar actividades aéreas de acuerdo a lo señalado en el Artículo Primero de la presente Resolución, en zonas de operación conforme a lo dispuesto por el Artículo 16° de la Ley de Aeronáutica Civil, siempre que cuente dichas operaciones con la autorización ante la Dirección de Seguridad Aeronáutica y la Dirección de Certifi caciones y Autorizaciones, para su conformidad. Artículo 14º.- El presente Permiso de Operación queda sujeto a la Ley de Aeronáutica Civil del Perú - Ley N° 27261, el Reglamento; y demás disposiciones legales vigentes; así como a las Directivas que dicte esta Dirección General. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAMON GAMARRA TRUJILLO Director General de Aeronáutica Civil 693540-1 Renuevan permiso de operación de aviación comercial a la empresa Aeromaster del Perú S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 299-2011-MTC/12 Lima, 2 de septiembre del 2011 Vista la solicitud de la compañía AEROMASTER DEL PERU S.A.C., sobre Renovación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo – Carga Externa, Aeromagnetometría y Aerogravimetría; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 173-2007- MTC/12 del 27 de agosto del 2007 se otorgó a la compañía AEROMASTER DEL PERU S.A.C. Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo – Carga Externa, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 13 de setiembre del 2007, modifi cada a través de la Resolución Directoral Nº 241-2007-MTC/12 del 04 de diciembre del 2007, en el sentido de incrementar material aeronáutico y de la Resolución Directoral Nº 220-2010-MTC/12 del 22 de julio del 2010 en el sentido de incrementar naturaleza del servicio, material aeronáutico y sub-bases de operación; Que, mediante Expediente Nº 2011-028930 del 23 de junio del 2011 y Documento de Registro Nº 086562 del 25 de julio del 2011 la Compañía AEROMASTER DEL PERU S.A.C. solicita la Renovación de su Permiso de Operación bajo las mismas condiciones; Que, según los términos del Memorando Nº 249- 2011-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Memorando Nº 1021-2011-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la DGAC e Informe Nº 230- 2011-MTC/12.07 emitido por el Director de Certifi caciones y Autorizaciones; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modifi catorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la compañía AEROMASTER DEL PERU S.A.C., Renovación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo – Carga Externa, Aeromagnetometría y Aerogravimetría de acuerdo a las características señaladas en la presente Resolución, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 14 de setiembre del 2011, día siguiente a la fecha de vencimiento de la Resolución Directoral Nº 173- 2007-MTC/12 del 27 de agosto del 2007. El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aéreas la empresa AEROMASTER DEL PERU S.A.C. deberá contar con el Certifi cado de Explotador correspondiente, así como sus Especifi caciones Técnicas de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil, debiendo acreditar en dicho proceso su capacidad legal, técnica y económico-fi nanciera. NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial: Trabajo Aéreo – Carga Externa, Aeromagnetometría y Aerogravimetría ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - Bell 214. - Sikorsky S-61N - Dehavilland DHC-6 - Bell 212. - Sikorsky CH-54B ZONAS DE OPERACIÓN: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERÓDROMOS DEPARTAMENTO: AMAZONAS - Chachapoyas, Ciro Alegría, Galilea, Rodríguez de Mendoza. DEPARTAMENTO: ANCASH - Chimbote, Huascarán / Anta. DEPARTAMENTO: APURÍMAC - Andahuaylas DEPARTAMENTO: AREQUIPA - Arequipa, Atico, Chivay. DEPARTAMENTO: AYACUCHO - Ayacucho. DEPARTAMENTO: CAJAMARCA - Jaén. DEPARTAMENTO: CUSCO - Cusco, Patria, Nuevo Mundo. DEPARTAMENTO: HUÁNUCO - Huánuco, Tingo María. DEPARTAMENTO: ICA - Nasca / María Reiche Neuman, Pisco. DEPARTAMENTO: JUNÍN - Jauja, Mazamari / Manuel Prado. DEPARTAMENTO: LA LIBERTAD - Trujillo, Urpay. DEPARTAMENTO: LAMBAYEQUE - Chiclayo.