Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2012 (04/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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Octavo.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional MORDAZA, a los seis dias del mes de marzo del ano dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 771805-1

Aprueban la creacion de la Oficina Regional de Atencion a las Personas con Discapacidad­ OREDIS, en la Region MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 003-2012-GR.CAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, en el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, se establece que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, y en el articulo 192° inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna (...); Que, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, en el articulo 8° precisa; la autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia; Que, la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en el articulo 1° prescribe "La presente Ley Organica establece y MORDAZA la estructura, organizacion, competencias y funciones de los gobiernos regionales. Define la organizacion democratica, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional conforme a la Constitucion y a la Ley de Bases de la Descentralizacion"; y, en el articulo 9º se establece, los gobiernos regionales son competentes para "a) Aprobar su organizacion interna (...)". En el articulo 36° se establece que "Las normas y disposiciones del Gobierno Regional se adecuan al ordenamiento juridico nacional, no pueden invalidar ni dejar sin efecto normas de otro Gobierno Regional ni de los otros niveles de gobierno. Las normas y disposiciones de los gobiernos regionales se rigen por los Principios de Exclusividad, Territorialidad, Legalidad y Simplificacion Administrativa" y, finalmente, el articulo 38° de la misma MORDAZA citada establece que "Las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia...."; Que, la proteccion de la persona discapacitada se encuentra reconocida en el articulo 7° de la Constitucion Politica del Estado que establece "Todos tienen derecho a la proteccion de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad asi como el deber de contribuir a su promocion y defensa. La persona incapacitada para velar por si misma a causa de una deficiencia fisica o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un regimen legal de proteccion, atencion, readaptacion y seguridad'; Que, la Ley N° 21050 - Ley General de la Persona con Discapacidad, en el articulo 5º crea el Consejo Nacional de Integracion a la Persona con Discapacidad - CONADIS, como un organismo publico descentralizado adscrito al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; asimismo, la Sexta Disposicion Transitoria,

Complementaria y Final del Reglamento de la Ley Nº 27050 aprobado por D.S. N° 003- 2000-PROMUDEH establece la facultad de conformar organismos desconcentrados del CONADIS en las diversas regiones. Por su parte, el articulo 10° de la Ley Nº 27050, modificada por Ley N° 28164, establece que "Los Gobiernos Regionales, a traves de Oficinas Regionales de Atencion a las personas con Discapacidad, apoyan a las instituciones publicas y privadas, en el desarrollo, ejecucion y evaluacion de programas, proyectos y servicios que promuevan la igualdad y equidad de oportunidades y el desarrollo de las personas con discapacidad"; Que, la Ley Nº 29812 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano 2012, en su Sexagesima Octava Disposicion Complementaria y Final senala "Los Gobiernos Locales y Regionales estan autorizados a utilizar hasta dos unidades impositivas tributarias mensuales para financiar los gastos operativos, planes, programas y servicios que por la Ley deben realizar las oficinas de proteccion, participacion y organizacion de vecinos con discapacidad (OMAPEDS) y las oficinas regionales de atencion a la persona con discapacidad (OREDIS) a favor de la poblacion con discapacidad de su jurisdiccion; Que, es politica nacional, regional y local buscar la igualdad de oportunidades entre los miembros de nuestra sociedad, asi como el respeto a las leyes y a los derechos fundamentales de los administrados, a fin de brindar condiciones de igualdad a los iguales y de desigualdad a los desiguales, es asi que el Gobierno Regional MORDAZA debe promover iniciativas que permitan concretizar politicas establecidas por el regimen legal de proteccion, atencion y accesibilidad a la persona con discapacidad; y a las mujeres embarazadas, ninos, ninas y adultos mayores, en virtud a lo establecido en el articulo 7º de la Constitucion Politica del Estado; Que, en el Informe Tecnico la Abog. MORDAZA V. MORDAZA MORDAZA Coordinadora de OREDIS de la Gerencia de Desarrollo Social del Gobierno Regional MORDAZA, se concluye que la Oficina Regional de Atencion a la Persona con Discapacidad ha sido creada a traves de Resolucion Ejecutiva N° 417-2009-GR.CAJ/P pero su creacion debe realizarse mediante Ordenanza Regional, y recomienda que con la finalidad de lograr el desarrollo inclusivo a la sociedad de las personas con discapacidad es necesario tomar las siguientes medidas: a) Dejar sin efecto la Resolucion Ejecutiva y crear la Ordenanza Regional de la OREDIS, informe que a su vez fuera remitido al Sub Gerente de Desarrollo Social y Humano Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA mediante informe N° 11-2011-GRC.CAJ/ GRDS/OREDIS; Que, mediante Dictamen N° 007 -2012-GR.CAJCR/COAJ-CODESO, evacuado por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Juridicos, y Desarrollo Social, de fecha 29 de febrero del ano 2012, se emite opinion favorable para la aprobacion del Proyecto de Ordenanza Regional de Creacion de la Oficina Regional de Atencion a las Personas con Discapacidad de la Region MORDAZA - OREDIS, proyecto remitido por la Directora Regional de Asesoria Juridica Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los argumentos que se exponen en los considerandos precedentes; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA en su Sesion Ordinaria de fecha 06 de marzo del ano 2012; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nº 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 010-2011-GRCAJ-CR, por mayoria el Pleno aprobo la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero.- APROBAR la "Creacion de la Oficina Regional de Atencion a las Personas con Discapacidad­ OREDIS " en la Region MORDAZA y su implementacion progresiva de acuerdo al alcance administrativo, legal y presupuestal del Gobierno Regional MORDAZA, Segundo.- ENCARGAR al Ejecutivo del Gobierno Regional MORDAZA disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza Regional. Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el

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