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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 22 de abril de 2012 464776 Transparencia de la Municipalidad del Rímac, y una copia debe ser colocada en un lugar visible de la Comuna. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ Alcalde 779251-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Aprueban Reglamento para la preparación, convocatoria y ejecución del Proceso de Presupuesto Participativo basado en Resultados del distrito de Santiago de Surco, para el año fiscal 2013 ORDENANZA Nº 422-MSS Santiago de Surco, 20 de abril de 2012 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Santiago de Surco, en Sesión Extraordinaria de la fecha; y CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, es un órgano de Gobierno Local, tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos que le confi ere el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú; Que, la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades en su Artículo 53º establece que las Municipalidades se rigen por sus Presupuestos Participativos anuales, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción; Que, la Décimo Sexta disposición complementaria de la Ley N° 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades” dispone que las Municipalidades regularán mediante Ordenanza los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos; Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, su modifi catoria Ley Nº 29298, el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF que precisa los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital, establecen disposiciones que aseguran la efectiva participación de la sociedad civil en el Proceso de Programación Participativa del Presupuesto de los Gobiernos Locales; constituyendo como un aspecto fundamental para dicho proceso los Planes de Desarrollo Concertado; Que, por Decreto Supremo Nº 142-2009-EF fue aprobado el Reglamento de la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, en cuyo literal a) del Artículo 2° señala que el Presupuesto Participativo es un proceso que fortalece las relaciones Estado-Sociedad, mediante el cual se defi nen las prioridades sobre las acciones o proyectos de inversión a implementar en el Nivel de Gobierno Local; Que, por Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01, se aprueba el Instructivo N° 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el proceso de Presupuesto Basado por Resultados; Que, siendo el Presupuesto Participativo un proceso regulado por una norma general emitida por el Ministerio de Economía y Finanzas, con la fi nalidad de permitir la participación de la Sociedad Civil organizada en la determinación de proyectos que permitan el desarrollo del distrito, y que el presente documento es un complemento cuyo objetivo es facilitar que el proceso se ejecute ordenadamente; consecuentemente, la presente norma recoge, en su mayoría aspectos regulados en los procesos de Presupuesto Participativo desarrollados anteriormente por lo que, al no haber cambios sustanciales, se encuentra exceptuada su pre publicación; Que, es necesario establecer las normas que reglamentan el proceso dentro del cual los representantes de la Sociedad Civil del distrito de Santiago de Surco, van a participar en la elaboración y formulación del presupuesto participativo de esta comuna de los diferentes años fi scales; Que, con Informe Nº 013-2012-GPP-MSS del 21.03.2012, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, adjuntando el Informe N° 024-2012-OPI- GPP-MSS del 16.03.2012, del responsable de la Ofi cina de Programación e Inversiones y el Informe N° 022-2012- SGPRE-GPP-MSS del 08.03.2012 de la Subgerencia de Presupuesto, solicitan se inicie el Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2013 de la Municipalidad de Santiago de Surco; Que, mediante Memorándum N° 144-2012-GAJ-MSS del 27.03.2012 la Gerencia Municipal remitió el proyecto de ordenanza a la Secretaria del Consejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad de Santiago de Surco, para su aprobación por el citado Consejo; Que, mediante Acuerdo N° 01-2012-CCLD-MSS del 13.12.2012, el Consejo de Coordinación Local Distrital Acordó Proponer elevar al Concejo Municipal el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento para la preparación, convocatoria y ejecución del Proceso de Presupuesto Participativo basado por resultados del distrito de Santiago de Surco – Año Fiscal 2013, para su debida aprobación; Estando al Informe Nº 221-2012-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y al Acuerdo Nº 13-2012- CCLD-MSS del Consejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad de Santiago de Surco y de conformidad a lo establecido en los Artículos 9º, 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA LA PREPARACIÓN, CONVOCATORIA Y EJECUCIÓN DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO POR RESULTADOS DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO – AÑO FISCAL 2013 Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento para la Preparación, Convocatoria y Ejecución del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2013 de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, que consta de once Títulos, cuarenta y tres Artículos, dos Disposiciones Finales, Anexos 1 y 2. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Reglamento, así como velar por el cumplimiento de los fi nes del mismo, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y Gerencia de Participación Vecinal. Artículo Tercero.- FACÚLTESE al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas complementarias necesarias para el estricto cumplimiento del Reglamento, que se efectuará previo Informe del Equipo Técnico del proceso de formulación del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. Artículo Cuarto.- DEROGAR todas las normas que se opongan a la presente Ordenanza, la misma que rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Ordenanza y el Reglamento sus anexos, en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco, el día de su publicación. POR TANTO: Mando que se registre, comunique, publique y cumpla. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde