Norma Legal Oficial del día 22 de abril del año 2012 (22/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 22 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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se volvera a pasar lista luego de transcurridos quince (15) minutos desde la primera verificacion del quorum. Sin en esta siguiente ocasion no se alcanza el quorum de ley, el Secretario General MORDAZA cuenta de dicha circunstancia al MORDAZA, dejandose MORDAZA en el Libro de Actas de los inasistentes para efectos de lo dispuesto en el inciso 7 del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades. Articulo 23º.- CONSIDERACION DE ASISTENCIA Se consideran asistentes a los senores Regidores que hayan contestado el llamado de la MORDAZA lista de asistencia, que se realiza MORDAZA de la estacion de Orden del Dia; los que lleguen posteriormente, luego de pasada la MORDAZA lista, tienen derecho a voz pero no a MORDAZA ni a percepcion de la dieta; disponiendose la publicacion interna de los nombres de los Regidores que no asistan puntualmente a las sesiones ordinarias y extraordinarias. CAPITULO II ESTACIONES DE LA SESION Articulo 24º.- ESTACION DE APROBACION DEL ACTA Esta estacion se inicia con la lectura del Acta de la correspondiente sesion. Si el acta se hubiera distribuido con anticipacion a los Regidores se omitira su lectura. Los miembros del Concejo Municipal pueden formular observaciones, de la que se toma debida nota. Con las observaciones que se formulen y que MORDAZA debidamente aprobadas por el Concejo, se MORDAZA por aprobado el Acta. Articulo 25º.- FIRMA DE ACTAS Cada acta, luego de aprobada, sera firmada por el MORDAZA o quien MORDAZA la sesion y por el Secretario General. Articulo 26º.INICIO DE SESION EXTRAORDINARIA En las Sesiones Extraordinarias, si no hay observaciones al acta correspondiente, se inicia la sesion directamente con los puntos de la agenda prefijada. Articulo 27º.- ESTACION DE DESPACHO En la estacion de despacho, el MORDAZA dispondra que el Secretario General de lectura sucinta de aquellos documentos publicos y/o privados de interes para el Concejo Municipal para su conocimiento, los dictamenes de Comisiones de Regidores, mociones, asi como los proyectos normativos preparados por las comisiones de Regidores o la administracion municipal. El MORDAZA indicara al Secretario General el tramite que correspondera a cada documento segun lo siguiente: a) La derivacion a la Secretaria General de los documentos que requieran atencion previa de la administracion municipal. b) La derivacion a las Comisiones de Regidores que correspondan cuando se traten de proyectos normativos que pueden requerir pronunciamiento previo de alguna Comision. c) La derivacion a la estacion de la Orden del Dia de aquellos documentos que requieran un debate y/o pronunciamiento del Concejo Municipal. d) Su archivamiento. Articulo 28º.- ESTACION DE INFORMES Y PEDIDOS En esta etapa el MORDAZA dispone que el Secretario General de cuenta de los informes y pedidos escritos que hubiesen emitidos los senores Regidores. Asimismo, se MORDAZA cuenta de los informes emitidos por los funcionarios de la administracion con relacion a los pedidos formulados por los miembros del Concejo en sesiones anteriores. Concluida dicha etapa, se MORDAZA el uso de la palabra a aquellos miembros del Concejo que lo soliciten para dar cuenta de las gestiones relacionadas con sus funciones y atribuciones o las que les hubiera encomendado el Concejo Municipal. En la exposicion de un informe por parte de un regidor, puede incluir la solicitud de un pedido para su atencion. Articulo 29º.- SOLICITUD DE INFORMES Los informes que presentan los miembros del Concejo y/o la sustentacion de los pedidos no podran exceder

de cuatro (4) minutos. El MORDAZA anunciara segundos MORDAZA del vencimiento del plazo al regidor expositor para que concluya su intervencion, salvo que, de considerarlo necesario, se le autorice la ampliacion de su informe por un minuto adicional. En esta estacion no se admite debate. Articulo 30º.- SOLICITUD DE PEDIDOS DE INFORMACION Los miembros del Concejo podran formular los pedidos que estimen conveniente sobre asuntos que requieran el pronunciamiento del Concejo. Los pedidos de informacion pasaran a la Orden del Dia cuando tres (3) Regidores presentes dispongan su tramite. Los pedidos de informacion que no cumplan con este requisito se tienen por rechazados liminarmente. Los pedidos de informacion por motivo de fiscalizacion derivados a la estacion de la Orden del Dia, seran debatidos y merituados por los miembros del concejo y declararan su pertinencia o impertinencia, de conformidad con el literal 22 del articulo 9º del a Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y, para tal efecto el solicitante expondra la sustentacion de su pedido por no mas de tres (03) minutos sin prorroga. De aprobarse el pedido de informacion, por mayoria simple, este se trasladara a la Administracion Municipal, a traves de la Secretaria General, para los efectos que se de cumplimiento, bajo responsabilidad. Articulo 31º.-CUMPLIMIENTO DE LOS PEDIDOS DE INFORMACION La administracion municipal informara por escrito al Concejo Municipal sobre el tema aprobado en un plazo que no excedera de quince (15) dias habiles. De la misma manera, si el pedido de informacion deba realizarse mediante exposicion de los funcionarios, este se realizara en la siguiente Sesion Ordinaria. Articulo 32º.- ESTACION DE ORDEN DEL DIA Previo al inicio de esta estacion, el MORDAZA dispondra la verificacion del quorum pudiendo dispensarse de la misma en el caso que sea evidente la asistencia unanime de los miembros habiles del Concejo. En el caso que no exista el quorum de ley, la sesion sera levantada determinandose la sancion correspondiente a los regidores que ocasionaron esta circunstancia. Articulo 33º.- ETAPA DE DEBATE En esta etapa se trataran aquellos asuntos que se hubiesen indicado expresamente en la agenda y si fuera el caso aquellos que se hubiesen derivado a esta Estacion durante el desarrollo de la sesion. Corresponde al MORDAZA senalar el orden en que seran debatidos los asuntos sometidos a esta Estacion. Articulo 34º.SUSTENTACION DE LAS PROPUESTAS Corresponde a los Presidentes de Comisiones sustentar los dictamenes puestos a consideracion del Concejo para su debate; corresponde igualmente a los senores Regidores que hubiesen formulado dictamenes en minoria sustentarlos para su debate. En el caso de informes, propuestas, pedidos, mociones o proyectos que no provengan de comisiones, corresponderan al Regidor proponente o al Regidor que represente al grupo de Regidores proponentes, sustentar su propuesta MORDAZA de su debate. Articulo 35º.- INCORPORACION DE PROPUESTAS ADICIONALES Si en la estacion Orden del Dia y en el curso del debate sobreviniese algun MORDAZA que requiera con urgencia la adopcion de un acuerdo sobre el mismo, podra incorporarse como punto adicional en dicha estacion siempre y cuando se apruebe su inclusion por mayoria simple. Articulo 36º.- INASISTENCIA A SESIONES Los regidores que no concurran a las sesiones de Concejo o lleguen despues de la estacion de Orden del Dia, luego de pasada la MORDAZA lista, se considerara como ausente a la sesion. No percibiran la dieta que establece la ley.

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