Norma Legal Oficial del día 22 de abril del año 2012 (22/04/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 32

464774

NORMAS LEGALES
POR TANTO:

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 22 de MORDAZA de 2012

3. Regular los sistemas de senales y semaforos. 4. Regular el transporte colectivo y controlar el cumplimiento de las normas y requisitos que corresponda conforme a la Ley Organica Municipal. 5. Nomenclatura vial. 6. Vialidad y transporte. 7. Anuncios y Propaganda. 8. Agua, desague y alumbrado. 9. Adjudicacion de terrenos. 10. Zonificacion, urbanismo, obras y catastro. 11. Desarrollo distrital, uso del suelo y expansion urbana. 12. Regular el saneamiento MORDAZA de los AH. solares y la reconstruccion de areas declaradas inhabitables 13. Renovacion urbana. 14. Otras que le encomienden el Concejo y todo aquello que requiera conformidad del mismo acorde a las leyes afines. Articulo 87º.- COMISION DE SEGURIDAD CIUDADANA A esta comision le corresponde pronunciarse, ejerciendo su ambito normativo y fiscalizador, en asuntos de: 1. Vigilancia (Policia Municipal y Serenazgo). 2. Seguridad en las MORDAZA de espectaculo, estadios, coliseos y otros recintos abiertos al publico, incluyendo establecimientos hoteleros y otros de caracter comercial, social, cultural y religioso; asi como las propiedades e Instalaciones del Municipio. 3. Accidentes comunes y viales incendios, desastres y catastrofes. 4. Faltas y delitos comunes. 5. Control de ruidos molestos. 6. Otras que le encomienden el Concejo y todo aquello que requiera conformidad del mismo acorde a las leyes afines. TITULO VIII DEL APOYO ADMINISTRATIVO AL CONCEJO Articulo 88º.- LA SECRETARIA GENERAL La Secretaria General, es el organo de apoyo administrativo del Concejo Municipal. Esta a cargo de un funcionario de confianza, cuyas funciones estan establecidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Distrital del MORDAZA (ROF), siendo sus funciones: 1. Citar, por encargo del MORDAZA, a las Sesiones del Concejo Municipal, conforme a lo establecido en el articulo 13º de la Ley 27972. 2. Asistir a las Sesiones del Concejo Municipal. 3. Atender los requerimientos del Concejo Municipal de acuerdo a la disponibilidad presupuestal y financiera. 4. Elaborar y custodiar las actas de las sesiones de Concejo y suscribirlas en forma conjunta y concurrente con el MORDAZA, bajo responsabilidad. 5. Preparar la agenda de cada Sesion por indicacion de la Alcaldia, o en el supuesto del MORDAZA parrafo del articulo 13º de la Ley 27972. 6. Disponer la atencion de los pedidos y solicitudes de informes que formulen los Regidores. 7. Dirigir las unidades que integran la Secretaria General, para su mejor funcionamiento y adecuado apoyo al Concejo Municipal, Alcaldia, Comisiones de Regidores y a los Regidores. 8. Comunicar a las dependencias municipales que figuren en el Reglamento de Organizacion y Funciones de esta comuna, las disposiciones aprobadas por el Concejo Municipal. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primero.- ENTRADA EN VIGENCIA El presente Reglamento entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Segundo.- DEROGACION EXPRESA Deroguense la Ordenanza Municipal Nº 254, asi como las normas que se opongan al presente Reglamento.

Mando se registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. Dado en el Palacio Municipal a los 30 dias del mes de marzo del dos mil doce. MORDAZA PERAMAS MORDAZA MORDAZA 779248-1

Aprueban Programa Comunal "Manos a la Obra" del MORDAZA
ORDENANZA Nº 302 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DEL MORDAZA Visto, en Sesion Ordinaria de fecha 30 de marzo de 2012; Dictamen Nº 004-2012-CAL/MDR de fecha 28 de marzo de 2012 de la Comision de Asuntos Legales; Informe Nº 243-2012-GAJ-MDR de fecha 27 de marzo de 2012 de la Gerencia de Asesoria Juridica; Memorandum Nº 0177-2012-GPP-MDR de fecha 21 de marzo de 2012 de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, Informe Nº 052-2012-SGPPI-GPP/MDR de la Subgerencia de Programacion de la Inversion; Memorando Nº 177-2012GDU/MDR de fecha 19 de marzo de 2012 de la Gerencia de Desarrollo Urbano; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son organos de gobierno local con personeria juridica de derecho publico, y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo IV de la Ley Nº 27972, preceptua que las municipalidades representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, en cuanto a las funciones especificas compartidas de las Municipalidades distritales respecto de la organizacion del espacio fisico y uso del suelo, en el punto 4.1 del numeral 4 del articulo 79º de la Ley Nº 27972 -Ley Organica de Municipalidades, establece como funciones la de "ejecutar directamente proveer la ejecucion de las obras de infraestructura MORDAZA o rural que MORDAZA indispensable para el desenvolvimiento de la MORDAZA del vecindario, la produccion, el comercio, el transporte y la comunicacion en el distrito, tales como pistas o calzadas vias, puentes, parques, mercados, MORDAZA de irrigacion, locales comunales, y obras similares, en coordinacion con la municipalidad provincial respectiva "; Que, el articulo IX del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, respecto a la PLANEACION LOCAL, establece textualmente que" El MORDAZA de planeacion local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dicho MORDAZA se establecen las politicas publicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones especificas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales. El sistema de planificacion tiene como principios la participacion ciudadana a traves de sus vecinos y organizaciones vecinales, transparencia, gestion moderna y rendicion de cuentas, inclusion, eficiencia, eficacia, equidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiariedad. Consistencia con las politicas nacionales, especializaciones de las funciones, competitividad e integracion"; Que, el articulo 192º de la Constitucion Politica del Estado expresamente ha establecido que los municipios son competentes para ejecutar los planes y programas correspondientes; Que, el Programa Comunal "MANOS A LA OBRA, tiene como propositos principales, normar criterios y

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.