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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ABRIL DEL AÑO 2012 (23/04/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 23 de abril de 2012 464801 eleve a consideración del Concejo Municipal la propuesta de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto para su conocimiento y trámite de conformidad con el Artículo 41º de la Ley Nº 27972”. En cumplimiento de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Artículos 7º, 30º, 40º, Numeral 40.2), 42º, 43º, Artículo 9º, Artículo 41º, de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con la votación Mayoría del Cuerpo de Regidores y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la Delegación de Funciones a la Gerente Municipal Sr. WALTHER BALTAZAR MEZA, para que expida Resoluciones de Aprobación de Modifi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático en virtud a lo descrito por el Artículo 40º Numeral 40.2) de la Ley Nº 28411 - Ley del Sistema Nacional de Presupuesto. Artículo Segundo.- La Gerencia Municipal a cargo del Sr. WALTHER BALTAZAR MEZA, elevará los informes documentados en forma mensual al Despacho de Alcaldía, de las Resoluciones que expida de Aprobación de Modifi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que realice de acuerdo lo descrito en el Artículo Primero del presente Acuerdo bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano bajo responsabilidad. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General del Concejo notifi car el presente Acuerdo a la Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planifi cación y Presupuesto para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSÉ ANTONIO GORDILLO ABAD Alcalde 779824-1 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Aprueban modificación del TUPA de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2012/MM Mirafl ores, 19 de abril de 2012 EL ALCALDE DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, según el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia. De igual modo, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Nº 308-2009 del 24 de junio de 2009, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad de Mirafl ores, modifi cado a través de la Ordenanza Nº 312-MM, del 25 de septiembre de 2009; habiéndose ratifi cado los 97 derechos de trámite correspondientes a los 75 procedimientos administrativos, a través del Acuerdo de Concejo Nº 396 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 07 de noviembre de 2009; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2012-EF se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2012. En ese orden, el anexo Nº 02 que contiene, señala el cumplimiento de la siguiente meta: “Modifi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad en el marco de la Resolución del Consejo Directivo Nº 042-2011-SUNASS-CD, antes del 30 de abril del año 2012”. Cabe precisar que, mediante Resolución del Consejo Directivo citada se modifi ca el Reglamento de Calidad de la Prestación de Servicios de Saneamiento; Que, según el artículo 38, numeral 38.5 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Decreto de Alcaldía. La modifi cación se publicará según lo dispuesto en el numeral 38.3 del dispositivo referido; Que, el artículo 46, literal a), del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad de Mirafl ores, aprobado con Ordenanza Nº 347/MM, establece que es función de la Subgerencia de Racionalización y Estadística, entre otras, elaborar y mantener actualizados los documentos de gestión, tales como ROF, MOF, CAP, MAPRO, TUPA y TUSNE, así como los reglamentos de uso interno según la normatividad vigente y en coordinación con las diferentes unidades orgánicas; Que, al respecto, la Subgerencia de Racionalización y Estadística mediante Informe Nº019-2012-SGRE-GPP/ MM, señala que oportunamente remitió el instructivo para el cumplimiento de la meta indicada a la Gerencia de Obras y Servicios Públicos, toda vez que en el TUPA vigente de la entidad se ha establecido el plazo de treinta (30) días hábiles de evaluación en el procedimiento a cargo de la Subgerencia de Obras de Obras Públicas, referido a la “Autorización, para la instalación de conexiones domiciliarias, retiro, cierre, reaperturas de toma o anulación de agua y desagüe, así como de electricidad y telecomunicaciones en áreas de uso público”. En ese sentido, propone el proyecto de adecuación del TUPA vigente a efectos de cumplir la meta indicada en el dispositivo legal reseñado, indicando que dicha modifi cación corresponde ser aprobada con Decreto de Alcaldía, por estar sujeta a las normas legales aplicables, y deberá publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano conforme lo establece la ley; Que, por su parte, la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto a través del Memorándum Nº149-2012-GPP/ MM del 26 de marzo de 2012, ha señalado su conformidad con la propuesta y sustento técnico expresados por la Subgerencia de Racionalización y Estadística, opinando favorablemente respecto de la modifi cación del TUPA de la entidad; Que, de igual modo la Subgerencia de Obras Públicas, mediante Informe Nº 134-2012-SGOP-GOSP/MM, y la Gerencia de Obras y Servicios Públicos, a través del Memorándum Nº 122-2012-GOSP-MM del 09 de abril de 2012, señalan que la modifi cación en referencia resulta conveniente por estar vinculada al proceso de modernización municipal, que conlleva la agilización y mejoras del indicado proceso de autorización a cargo de la Subgerencia de Obras Públicas; por lo que, debe modifi carse el procedimiento respectivo contenido en el TUPA, con el fi n que se adecúe a los parámetros establecidos en el Decreto Supremo Nº 004-2012-EF; Que, a mayor sustento, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Legal Nº 171-2012-GAJ/MM del 27 de marzo de 2012, oportunamente concluyó que según lo dispuesto por la normativa vigente citada, es procedente emitir el Decreto de Alcaldía con el que se modifi cará el TUPA de la entidad aprobado con Ordenanza Nº 308-2009, modifi cado por la Ordenanza Nº312-MM, en el marco de lo establecido en la Resolución del Consejo Directivo Nº 042- 2011-SUNASS-CD; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el artículo 20, numeral 6, y el artículo 42 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad de Mirafl ores, aprobado con Ordenanza Nº308-2009, y modifi cado con Ordenanza Nº 312-MM, de conformidad a lo establecido en el Anexo adjunto que forma parte del presente decreto. Artículo Segundo.- Aprobar la reducción del plazo de evaluación previa a cinco (5) días hábiles, en el procedimiento administrativo denominado: “A. Autorización