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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 23 de abril de 2012 464788 del IPEBA; De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 28740, del SINEACE y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 018 -2007-ED, la Ley N° 29158, del Poder Ejecutivo y el Acuerdo N° 038-2010-SINEACE, estando a lo opinado en el Informe N° 020-2012-SINEACE/ST. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ofi cializar la certifi cación y registro como Evaluadores de Competencias Profesionales para la Carrera Profesional de Enfermería, a las personas cuya relación se detalla en Anexo adjunto, otorgada mediante Acuerdo Nº 078-2012-CONEAU del Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria. Dicha certifi cación tiene una vigencia de tres (3) años, contados desde la publicación de la presente Resolución. Artículo 2°.- Disponer la incorporación de los profesionales mencionados en el artículo 1° de esta Resolución en el Registro de Especialistas en Evaluación de Competencias Profesionales del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria. Artículo 3°.- El Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria publicará en su portal institucional http:// www.coneau.gob.pe/, la relación de Evaluadores de Competencias Profesionales para la Carrera Profesional de Enfermería a que se refi ere el artículo 1° de la presente Resolución, en la misma fecha en que sea publicada. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del SINEACE ANEXO A LA RESOLUCIÓN Nº 022-2012-SINEACE/P Nº APELLIDOS NOMBRES EVALUA COMPETENCIAS DE PROFESIONALES RELACIONADAS A LA CARRERA PROFESIONAL DE 1. Alvarado Rivadeneyra Silas Hildeliza Enfermería 2. Álvarez Dueñas Leonor Enfermería 3. Caffo Marruffo Marlene Esperanza Enfermería 4. Celestino Falcón Vilma Noemí Enfermería 5. Corcuera Segura Gloria Elizabeth Enfermería 6. Cuba Trillo Nuri Marlene Verónica Enfermería 7. Díaz Carranza María Clarisa Enfermería 8. Espinoza Flores Braulio Pedro Enfermería 9. Félix Damián Esperanza Enfermería 10. Gil Castañeda Arminda Inés Enfermería 11. Gonzales De la Cruz Rossana Pascuala Enfermería 12. Gonzales Rodríguez Luisa Mercedes Enfermería 13. Grados Bautista María Zoila Enfermería 14. Loza Munarriz Lilia Esther Enfermería 15. Mamani Almerco Edith Felicitas Enfermería 16. Mariño Obregón Lidia Enfermería 17. Mejía Pacheco Brígida Enfermería 18. Mocarro Aguilar María Rosario Enfermería 19. Pacheco Baldeón Nelsa Alina Enfermería 20. Peralta Gómez Reyna Ysmelia Enfermería 21. Ramírez Borja Hilda Herminia Enfermería 22. Ramírez Julcarima Melva Nancy Enfermería 23. Simpe Laura Carmen Recilia Enfermería 24. Sornoza de Trejo Carmen del Pilar Enfermería 25. Vela Valles de Santoyo Juana Enfermería 779193-1 Oficializan Acuerdo que aprueba modificación del Acuerdo Nº 049-2011- CONEAU y modifican Anexo de la Res. Nº 022-2011-CONEAU Consejo Superior RESOLUCION Nº 023-2012-SINEACE/P Lima, 9 de abril de 2012 VISTO: El Ofi cio Nº 131-2012-CONEAU/P de 15 de febrero del 2012, que remite el Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria. CONSIDERANDO: Que, el artículo 5° de la Ley N° 28740, establece que el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa (SINEACE) tiene por fi nalidad garantizar a la sociedad que las instituciones educativas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de califi cación profesional y desarrollo laboral; Que, el artículo 4°, inciso g), del Reglamento de la Ley N° 28740, del SINEACE, aprobado con el Decreto Supremo N° 018-2007-ED, establece que el Consejo Superior del SINEACE, como Ente Rector del sistema, tiene la función de llevar el Registro Nacional de las Entidades Evaluadoras con fi nes de Acreditación y Entidades Certifi cadoras, de manera diferenciada; debiendo la Secretaría Técnica del Consejo Superior, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 5°, inciso h, del Reglamento, mantener actualizados los registros relacionados a la acreditación y certifi cación de la calidad; Que, el artículo 21º, numeral 21.2, del referido Reglamento establece que para ser autorizado como entidad certifi cadora de competencias profesionales, se debe disponer de un equipo estable, y de uno disponible, de especialistas en evaluación por competencias, cuyos integrantes han sido previamente certifi cados por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (CONEAU); Que, mediante Resolución N° 022-2011-SINEACE de 24 de octubre del 2011, se ofi cializo el Acuerdo del Consejo Superior del SINEACE que ofi cializó la certifi cación y registro de 29 profesionales como Evaluadores Externos con fi nes de Acreditación para las Carreras Profesionales de Educación, Enfermería y Obstetricia, otorgada mediante Acuerdo Nº 049-2011-CONEAU del Directorio del CONEAU; Que, mediante Acuerdo Nº 074-2012-CONEAU, sancionado en la Sesión N° 021-2012-CONEAU de 6 de febrero del 2012, el Directorio del CONEAU acordó aprobar la modifi cación del Acuerdo N° 049-2011-CONEAU por contener un “error material”, al haber duplicado en la relación de participantes de la Carrera Profesional de Enfermería, el nombre del Educador, señor Carlos Daniel Corrales Ruíz; Que, el artículo 201 “Rectifi cación de errores” de la Ley N° 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, establece que los “errores materiales” en los actos administrativos pueden ser rectifi cados en cualquier momento, de ofi cio, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; rectifi cación que debe adoptar las mismas formas y modalidades de publicación que correspondió al acto original; Que, corresponde retirar el nombre del señor Carlos Daniel Corrales Ruíz del numeral 18, de la relación contenida en el Anexo de la Resolución N° 022-2011-SINEACE/P; pues el indicado Educador ha sido certifi cado y registrado por el CONEAU, sólo como Evaluador Externo con fi nes de Acreditación para la Carrera Profesional de Educación, apareciendo correctamente en el numeral 5 de la relación del mismo Anexo; Que, con el Acuerdo N° 038-2010-SINEACE, sancionado en la Sesión N° 022-2010 de 13 de octubre del 2010, el Consejo Superior del SINEACE acordó que mediante Procedimiento de Formalización el Presidente del Consejo Superior, a solicitud del Órgano Operador, emite la resolución administrativa respecto a actos administrativos tales como el registro de evaluadores externos con fi nes de certifi cación; Que, en la Sesión Nº 25, Acuerdo Nº 007-2011, el Consejo Superior del SINEACE eligió como su Presidenta a la señora Peregrina Morgan Lora, Presidenta del Directorio del IPEBA; De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 28740, del SINEACE, su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 018 -2007-ED, el Acuerdo N° 038-2010- SINEACE del Consejo Superior del SINEACE. Estando a lo opinado en el Informe N° 025-2012-SINEACE/ST. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ofi cializar el Acuerdo N° 074-2012-CONEAU del Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, que aprueba la modificación del Acuerdo N° 049- 2011-CONEAU, en cuanto a corregir el “error material” incurrido, de haber duplicado en la relación de participantes de la Carrera Profesional de Enfermería, en el número 18, el nombre del Educador, señor Carlos Daniel Corrales Ruíz. Artículo 2°.- Modificar el Anexo de la Resolución N° 022-2011-CONEAU, según relación que en Anexo corre