Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2012 (29/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 29 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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que articula a todas las vias secundarias de dicha Urbanizacion, la misma que es la principal generadora de congestionamiento vehicular, y con ello, la existencia de posibles problemas de evacuacion en caso de siniestros; Que, agrega la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, que asi mismo existe la problematica en el abastecimiento de agua potable, en los sectores 59, 296 y 297, expuesta por SEDAPAL en su Carta Nº 589-2011-GG del 30.03.2011, mediante la cual, pone en conocimiento a esta Comuna que procedera a realizar la denegatoria de las solicitudes de factibilidades de servicio para edificaciones multifamiliares en las indicadas zonas criticas, situacion originada por la fuerte densificacion poblacional en dichos sectores por el cambio de zonificacion y construccion de edificios multifamiliares, que han variado las condiciones iniciales con los que fueron disenados e implementados los sistemas de agua potable; Que, en tal sentido la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, concluye senalando que resulta necesario, se realice un estudio integral, tomando en cuenta la dinamica del fenomeno MORDAZA en los ultimos anos, precisando que la politica MORDAZA de esta gestion MORDAZA se define con una MORDAZA preservacion y conservacion de la residencialidad del distrito en todas las zonas urbanas consolidadas y habilitadas a la par de estar acorde con el desarrollo de la tendencia MORDAZA, a fin de desarrollar las medidas correspondientes ante futuros cambios con el acelerado MORDAZA de densificacion que se viene realizando en el distrito producto de las inversiones inmobiliarias, razon por la cual la Subgerencia propone la suspension temporal de la recepcion de solicitudes de parametros urbanisticos y edificatorios por un plazo de seis meses, tiempo estimado para la elaboracion de los estudios respectivos, con el fin de proponerse los parametros urbanisticos especificos para el sector en cuestion; Que, con Memorandum Nº 330-2012-GDU-MSS del 04.04.2012, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA remite el proyecto de Ordenanza que suspende la recepcion de solicitudes de aprobacion de anteproyecto en consulta y licencia de edificacion para edificios multifamiliares y conjuntos residenciales multifamiliares, asi como la suspension de la emision de certificados de parametros urbanisticos y edificatorios para las Urbanizaciones Los Alamos de Monterrico que comprende 8 Etapas (1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º y 8º Etapa), Los Alamos de Monterrico (Alamos I y II), Urbanizacion Tres Alamos, Urbanizacion MORDAZA Escondido, Parcela "C-A" (actualmente denominada Urbanizacion Monte Alto Country Club) y el terreno MORDAZA circunscrito por la Urbanizacion Alamos de Monterrico, la Parcela "C-A" y la Urbanizacion MORDAZA Escondido, elaborado por la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, para la prosecucion del tramite respectivo; Que, mediante Informe Nº 325-2012-SGLAU-GDUMSS, del 09.04.2012, la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas expone sobre la problematica existente en la Urbanizacion Los Alamos y alrededores colindantes a la Av. Central, relacionada con el incremento de viviendas multifamiliares y/o conjuntos residenciales, el abastecimiento del servicio de agua potable y alcantarillado y de las quejas vecinales en la citada urbanizacion, respecto a que vienen atravesando graves problemas por la proliferacion de construcciones, ocasionando que los referidos sistemas de servicio publico colapsen, lo cual concuerda con el reconocimiento de la empresa SEDAPAL, sobre la dificultad de abastecer de agua potable a la Urbanizacion Los Alamos, por su intempestivo crecimiento poblacional. Asimismo, mediante Informe Nº 334-2012-SGLAU-GDU-MSS del 16.04.2012, dicha Subgerencia considera viable la presente propuesta de Ordenanza; Que, con Informe Nº 97-2012-SGTSV-GSC-MSS del 13.04.2012, la Subgerencia de MORDAZA y Seguridad Vial remite el Informe Nº 002-2012-ECS-EDS-SGTSVGSC-MSS, senalando entre sus conclusiones que, la Av. Central y otras vias principales de la MORDAZA estudiada, se encuentran saturadas por falta de capacidad vial, ocasionando contaminacion ambiental y sonora, situacion que se incrementaria de continuar habilitando proyectos de vivienda;

Que, mediante Informe Nº 115-2012-SGDC-GDUMSS del 13.04.2012, la Subgerencia de Defensa Civil remite el Informe Tecnico Nº 088-2012-SGDC-GDU-MSS del 13.04.2012, senalando la actual situacion de la MORDAZA en cuestion, indicando entre sus recomendaciones, que a mayor densidad poblacional, las vias de evacuacion serian insuficientes para que los habitantes puedan evacuar de forma MORDAZA, debiendo habilitar mas vias de accesibilidad y evacuacion; Que, con Memorandum Nº 390-2012-GDU-MSS del 16.04.2012, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, senala que conforme a la excepcion recogida en el numeral 3.2 del inciso 3) del Articulo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, concordante con el numeral 5.5 de la Directiva Nº 005-2009-MSS, someter el proyecto de MORDAZA a una prepublicacion, implicaria retardar el accionar de la Corporacion, perdiendo su caracter de inmediatez y de emergencia, toda vez que esta orientada a resguardar la seguridad y salubridad publica de los vecinos surcanos de la MORDAZA involucrada en el proyecto de Ordenanza, la que no puede estar sometida a un plazo de espera, debido a que la coyuntura en la que se encuentra envuelta la MORDAZA, implica la restriccion del servicio de agua potable y alcantarillado, la seguridad de las personas frente a un desastre natural o provocado por el hombre, situaciones que la tornan de completo interes publico, expresando su conformidad a la presente propuesta de Ordenanza; Que, con Informe Nº 294-2012-GAJ-MSS del 18.04.2012, la Gerencia de Asesoria Juridica emite opinion favorable respecto a la propuesta de Ordenanza, correspondiendo elevar los actuados ante el Concejo Municipal, para que conforme a sus facultades, apruebe la MORDAZA propuesta; Que, asimismo, mediante Memorandum Nº 448-2012GM-MSS del 18.04.2012, la Gerencia Municipal senala encontrar conforme el proyecto de Ordenanza; Que, acorde a lo tratado en sesion conjunta de las Comisiones de Desarrollo Local y de Asuntos Juridicos de fecha 23.04.2012, la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas a traves del Informe Nº 3492012-SGLAU-GDU-MSS de fecha 23.04.2012, remite la Carta Nº 596-2012-GG de fecha 02.04.2012, mediante el cual SEDAPAL senala: "(...) Por ello, SEDAPAL con la finalidad de dar una solucion integral al problema generado por la Comuna y en MORDAZA a lo establecido en la Directiva Nº 001-2011-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica, se ha visto en la necesidad de elaborar un estudio a nivel de perfil del proyecto: "Ampliacion y Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado para el Esquema Los Alamos de Monterrico, Sectores 296 y 297 en el distrito de MORDAZA de Surco" y, que en el mes de Noviembre del 2011 la OPI-FONAFE, le otorgo la declaratoria de viabilidad por un monto de S/. 74'709,724.18 nuevos soles. Obtenida la declaratoria de viabilidad, se deberia pasar a la fase de inversion, segun la normativa vigente, que esta compuesta por la elaboracion del estudio definitivo y expediente tecnico y ejecucion de obra; sin embargo, por el momento no es posible activar esta etapa, puesto que el proyecto no se encuentra incluido en el presupuesto anual de SEDAPAL para el presente ano. Dicho lo anterior, no es posible indicar la fecha de culminacion de las obras, ya que aun no se tiene establecido el inicio de la fase de inversion, no obstante, se puede decir que el tiempo que demoraria la elaboracion del estudio definitivo y expediente tecnico hasta la recepcion de las obras es aproximadamente dos anos y medio; siempre y cuando no exista atrasos exogenos al proyecto. (...)"; Estando al Dictamen Conjunto N° 07-2012-CDL-CAJMSS de las Comisiones de Desarrollo Local y Asuntos Juridicos, al Informe Nº 294-2012-GAJ-MSS, de la Gerencia de Asesoria Juridica, y en uso de las facultades establecidas en los articulos 9º numeral 8) y 29), 39º, 40º y 79º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, los regidores presentes adoptaron por UNANIMIDAD la siguiente:

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