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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2012 (29/04/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 29 de abril de 2012 465248 Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales y sus modificatorias, señala que los Gobiernos Regionales organizan su gestión en torno a los planes y proyectos de desarrollo regional concertados, al cumplimiento de objetivos y metas explícitos y de conocimiento público. El Título I, artículo 4º, establece que los Gobiernos Regionales tienen por finalidad esencial garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; y, en el artículo 9º, establece que tiene Competencias Constitucionales para promover el desarrollo socioeconómico regional y ejecutar los planes y programas correspondientes en armonía con el Plan de Desarrollo Nacional. Además, en su Artículo 38º, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Plan Concertado de Desarrollo Departamental 2008-2015 de la Región San Martín, aprobado con Ordenanza Regional N° 004-2008-GRSM/CR, el 21 de febrero del 2008, defi ne los objetivos estratégicos, así como objetivos específi cos, políticas y metas a ser cumplidas en dicho período, que se consideran necesarias para viabilizar el logro de la visión de largo plazo, el cual recoge las demandas y propuestas de desarrollo de cada uno de los distritos de la región; Que, el 08 de septiembre del 2011, el Presidente del Gobierno Regional de San Martín, Sr. César Villanueva Arévalo, ratifi ca los Acuerdos de Gobernabilidad por el Desarrollo Inclusivo y Sostenible de San Martin 2011 – 2014, que recoge las políticas concertadas entre los grupos promotores y los candidatos de las agrupaciones políticas que postularon al Gobierno Regional de San Martín, consensuando políticas claves como solución a los problemas regionales: Fortalecer y mejorar el proceso de modernización y descentralización a nivel regional y local; Promover y fortalecer el trabajo intersectorial e intergubernamental en el desarrollo de la región; Promover políticas para una mayor asignación de recursos para los sectores estratégicos; e Implementar un sistema de monitoreo de la efi ciencia del gasto; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de San Martín - ROF, aprobado mediante Ordenanza Regional N°037-2010-GRSM/ CR, señala en su artículo 22°, que es función de la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto conducir la formulación, dirección y supervisión de los planes estratégicos y operativos en las materias de competencia de su departamento. Además, el artículo 30°, señala que su Sub Gerencia de Planeamiento Estratégico y Estadística Regional tiene como una de sus funciones formular, evaluar, controlar y retroalimentar políticas y planes estratégicos del Gobierno Regional (Plan Concertado de Desarrollo Departamental y Plan Estratégico Institucional), sus herramientas de seguimiento y monitoreo en coordinación con los órganos correspondientes; Que, Ofi cio N° 064-2011-GRSM/PGR, de fecha 30 de marzo 2011, el Presidente del Gobierno Regional de San Martín, Sr. César Villanueva Arévalo, se dirige al Jefe de Proyecto Pro Descentralización de USAID-PERÚ, solicitando asistencia técnica para la elaboración del PEI, el mismo que se ha desarrollado en base a los lineamiento de política para el Plan de Desarrollo Institucional y articulado al Plan Bicentenario 2021 y al Plan Concertado de Desarrollo Departamental 2008-2015; Que, Resolución Ejecutiva Regional N° 871-2011- GRSM/PGR del 08 de junio del 2011, se da por inicio el proceso de Formulación y Elaboración del Plan Estratégico Institucional (PEI) del Gobierno Regional de San Martín como instrumento de gestión de mediano plazo 2011- 2014; Que, con la Resolución Gerencial Regional N° 129- 2011-GRSM/GRPyP, de fecha 22 de noviembre del 2011, se constituye y reconoce el Equipo Técnico Multisectorial encargado de elaborar los documentos de gestión denominados: Plan Estratégico Institucional 2011-2014, Plan Operativo Institucional- POI 2012. Este equipo está conformado por los especialistas y responsables de las Gerencias Regionales, Direcciones Regionales y proyectos Especiales; Que, con Informe Técnico Nº 005-2012-GRSM/GRPyP- SGPEyER, el Sub Gerente de Planifi cación Estratégica y Estadística Regional, presenta su respetivo informe la sustentación técnica que planteada para aprobar el Plan Estratégico Institucional 2011-2014 del Gobierno Regional de San Martín; Que, mediante Informe Legal Nº 277-2012-GRSM/ ORAL, de fecha 20 de Febrero del 2012, Director Regional de la Ofi cina Regional de Asesoría Legal, opina por que se apruebe el Plan Estratégico Institucional del Gobierno Regional de San Martín 2011-2014, remitido por la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto y elaborado en el Plan Bicentenario: El Perú hacia el 2021, Plan de Desarrollo Regional Concertado 2008 – 2015, Acuerdo de Gobernabilidad por el Desarrollo Inclusivo y Sostenible de San Martín 2011 – 2014, y los Lineamientos de Acción 2011 – 2014 del Gobierno Regional de San Martín; razón por la cual considera pertinente que lo actuado sea remitido al Consejo Regional de San Martín para su respectiva aprobación; Que, el literal o) del artículo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Ordinaria desarrollada en el Auditorio del Gobierno Regional de San Martín, llevado a cabo el día viernes 02 de Marzo del 2012, aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR El Plan Estratégico Institucional del Gobierno Regional de San Martín 2011 – 2014, remitido por la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, y elaborado en el marco del Plan Bicentenario: El Perú hacia el 2021, Plan de Desarrollo Regional Concertado 2008-2015, Acuerdo de Gobernabilidad por el Desarrollo Inclusivo y Sostenible de San Martin 2011 – 2014, y los Lineamientos de Acción 2011-2014 del Gobierno Regional de San Martín, cuyo texto se adjunta y forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional a la Presidencia del Gobierno Regional, Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Planifi cación y Presupuesto, quienes deberán emitir las Resoluciones y Directivas correspondientes para la efectiva implementación del presente documento de gestión. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San Martín, realice los trámites respectivos para la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulación de la Región San Martín y en el Diario Ofi cial “El Peruano”, previa promulgación del Presidente Regional del Gobierno Regional de San Martín. Artículo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de San Martín para su promulgación EDWIN VASQUEZ RIOS Presidente del Consejo Regional de San Martín