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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 29 de abril de 2012 465260 ORDENANZA QUE SUSPENDE LA RECEPCIÓN DE SOLICITUDES DE APROBACIÓN DE ANTEPROYECTO EN CONSULTA Y LICENCIA DE EDIFICACIÓN PARA EDIFICIOS MULTIFAMILIARES Y CONJUNTOS RESIDENCIALES MULTIFAMILIARES, ASI COMO LA SUSPENSION DE LA EMISION DE CERTIFICADOS DE PARÁMETROS URBANISTICOS Y EDIFICATORIOS, PARA LAS URBANIZACIONES LOS ÁLAMOS DE MONTERRICO QUE COMPRENDE 8 ETAPAS (1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7° Y 8º ETAPA) LOS ÁLAMOS DE MONTERRICO (ÁLAMOS I Y II), URBANIZACIÓN TRES ÁLAMOS, URBANIZACIÓN VALLE ESCONDIDO, PARCELA “C-A” (ACTUALMENTE DENOMINADA URBANIZACIÓN MONTE ALTO COUNTRY CLUB) Y EL TERRENO RÚSTICO CIRCUNSCRITO POR LA URBANIZACIÓN ÁLAMOS DE MONTERRICO, LA PARCELA “C-A” Y LA URBANIZACIÓN VALLE ESCONDIDO. Artículo Primero.- SUSPENDER TEMPORALMENTE la recepción de solicitudes de aprobación de Anteproyectos en Consulta y Licencias de Edifi cación para edifi cios multifamiliares y conjuntos residenciales multifamiliares en las Urbanizaciones Los Álamos de Monterrico que comprende 8 etapas (1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7° y 8º etapa), Los Álamos de Monterrico (Álamos I y II), Urbanización Tres Álamos, Urbanización Valle Escondido, Parcela “C-A” (actualmente denominada Urbanización Monte Alto Country Club) y el terreno rústico circunscrito por la Urbanización Álamos de Monterrico, la Parcela “C-A” y la Urbanización Valle Escondido, por el plazo de seis (06) meses, contados desde la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- SUSPENDER TEMPORALMENTE la emisión de Certifi cados de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios, para las Urbanizaciones Los Álamos de Monterrico que comprende 8 etapas (1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7° y 8º etapa) Los Álamos de Monterrico (Álamos I y II) Urbanización Tres Álamos, Urbanización Valle Escondido, Parcela “C-A” (actualmente denominada Urbanización Monte Alto Country Club) y el terreno rústico circunscrito por la Urbanización Álamos de Monterrico, la Parcela “C- A” y la Urbanización Valle Escondido, por el plazo de seis (06) meses, contados desde la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza, en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- LA PRESENTE Ordenanza, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. DISPOSICIONES FINALES Primera.- DURANTE la vigencia de la presente Ordenanza, se admitirán solicitudes de Licencias de Edifi cación para Viviendas Unifamiliares, ampliaciones y remodelaciones que constituyan obras menores. Segunda.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza al Servicio de Agua Potable y Alcantarillado – SEDAPAL, para los fi nes del caso. Tercera.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, efectuar las gestiones correspondientes ante SEDAPAL y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con la fi nalidad de acelerar la ejecución de las obras de Ampliación y Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado para el Esquema Los Álamos de Monterrico Sectores 296 y 297 en el Distrito de Santiago de Surco. Cuarta.- ENCARGAR a la Administración Municipal para que a través de la Gerencia de Desarrollo Urbano, se eleve en consulta el Informe N° 002-2012-ECS-EDS- SGTSV-GSC-MSS de la Subgerencia de Tránsito y Seguridad Vial, a la Municipalidad Metropolitana de Lima a efectos de su ratifi cación. Quinta.- ENCARGAR a la Administración Municipal para que a través de la Gerencia de Desarrollo Urbano, se eleve en consulta el Informe Técnico N° 088-2012- SGDC-GDU-MSS de la Subgerencia de Defensa Civil al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y a la Municipalidad Metropolitana de Lima (en su calidad de miembros del SINAGERD), a efectos de su ratificación. Sexta.- ENCARGAR a la Administración Municipal para que a través de la Gerencia de Desarrollo Urbano, se elaboren los estudios respectivos a efectos de solicitar la modifi cación de la Ordenanza Nº 912-MML - Ordenanza que aprueba el Reajuste Integral de la Zonifi cación de los Usos del Suelo de un Sector del distrito de Santiago de Surco, conformante del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana, con la fi nalidad de preservar la residencialidad de la zona, restringiendo la construcción de edifi caciones que incidan en el aumento de la densidad poblacional. Sétima.- ENCARGAR a la Administración Municipal para que a través de la Gerencia de Desarrollo Urbano, inicie la revisión y evaluación de los Certificados de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, Anteproyectos en Consulta aprobados y Licencias de Edificación otorgadas a los predios ubicados en las Urbanizaciones Los Álamos de Monterrico que comprende 8 etapas (1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7° y 8º etapa), Los Álamos de Monterrico (Álamos I y II), Urbanización Tres Álamos, Urbanización Valle Escondido, Parcela “C- A” (actualmente denominada Urbanización Monte Alto Country Club) y el terreno rústico circunscrito por la Urbanización Álamos de Monterrico, la Parcela “C-A” y la Urbanización Valle Escondido durante el periodo comprendido entre los años 2007 al 2011, comunicando los resultados al Órgano de Control Institucional – OCI, debiendo gestionar ante la Gerencia de Administración y Finanzas y la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la asignación de recursos para la ejecución del encargo. Octava.- FACÚLTESE al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza; así como para que eventualmente pueda prorrogar su vigencia. Novena.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza en el portal del Estado Peruano www.peru. gob.pe, en el Portal Institucional www.munisurco.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalcuidadano.gob.pe. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 782880-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Modifican TUPA de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2012-ALC/MVES Villa El Salvador, 18 de abril de 2012 VISTO: El Memorándum Nº 682-2012-GM/MVES, de fecha 17.04.2011, suscrito por la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades; establecen que los Gobiernos Locales