Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2012 (29/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 29 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

465249

Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San MORDAZA a los trece dias del mes de marzo del ano dos mil doce. POR TANTO: Mando se publique y se cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 783009-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican Ordenanza Nº 218-2012MDSJM que fija monto por derecho de emision mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2012 en el distrito de San MORDAZA de Miraflores
ACUERDO DE CONCEJO Nº 623 MORDAZA, 20 de marzo del 2012 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 20 de marzo de 2012, el Oficio Nº 001-090-00006609 de la Jefatura del Servicio de Administracion Tributaria-SAT, adjuntando el expediente de ratificacion de la Ordenanza Nº 218-2012-MDSJM que fija el monto por derecho de emision mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente al ejercicio 2012 en el Distrito de San MORDAZA de Miraflores. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripcion para su vigencia y exigibilidad; Que, en aplicacion de lo normado por la Ordenanza Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicada el 27 de junio de 2011, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores aprobo la Ordenanza materia de la ratificacion, remitiendola al Servicio de Administracion Tributaria con sus informes y documentos sustentatorios con caracter de Declaracion Jurada y, la citada entidad en uso de sus competencias y atribuciones emitio el Informe Tecnico Legal N° 004-181-00000478 opinando que procede la ratificacion solicitada por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la Ordenanza Nº 1533 y la Directiva Nº 001-006-00000015 publicada el 30 de junio de 2011, debiendose efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario Oficial El Peruano y en los portales institucionales; Que, los ingresos que la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores preve percibir, producto de la emision mecanizada de los citados arbitrios, cubre el 99.81% de los costos incurridos. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administracion Tributaria-SAT y por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion en el Dictamen Nº62-2012- MML/CMAEO. ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 2182012-MDSJM que fija el monto por derecho de emision

mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente al ejercicio 2012 en el Distrito de San MORDAZA de Miraflores, dado que cumple con las disposiciones tecnicas y legales establecidas en el MORDAZA legal para su aprobacion y vigencia. Articulo Segundo.- La vigencia del presente Acuerdo ratificatorio se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicacion; asi como del texto integro de la Ordenanza ratificada Nº 218-2012-MDSJM y sus anexos que contienen los MORDAZA de estructura de costos y de estimacion de ingresos. La aplicacion de la Ordenanza materia de la presente ratificacion, sin la condicion MORDAZA senalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores. Articulo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicacion, el Servicio de Administracion TributariaSAT, a traves de su pagina web www sat.gob.pe MORDAZA de conocimiento publico el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion y el Informe del Servicio de Administracion Tributaria. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Alcaldesa 782551-1

MUNICIPALIDAD DE BRENA
Aprueban el Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos domiciliarios del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-2012-DA/MDB Brena, 9 de MORDAZA del 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA VISTO: El Informe Nº 013-2012-GSMA/MDB de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente (e), Informe Nº 432-2012-GAJ/MDB sobre Implementacion del Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion de Residuos Solidos domiciliarios en el Distrito de Brena. CONSIDERANDO: Que, el numeral 22) del Articulo 2º. de la Constitucion Politica del Peru precisa que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su MORDAZA, lo que, desde una perspectiva constitucional, se traduce en la obligacion de los propios particulares, de mantener las condiciones en que la MORDAZA humana exista en un entorno ambientalmente MORDAZA y aceptable donde las personas puedan disfrutar de un ambientalmente MORDAZA y aceptable donde las personas puedan disfrutar de un ambiente en el que sus elementos se desarrollan e interrelacionan de manera natural y armonica. Que, mediante Informe No. 013-2012-GSMA/MDB de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente ( e ), Informe No.432-2012-GAJ/MDB senalan que "La Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, establece en su Articulo 80º. que, en materia de saneamiento, salubridad y salud, es funcion especifica exclusiva de las municipalidades distritales el proveer del servicio de Limpieza publica determinando las areas de acumulacion de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios. Que, la Ley Nº 27314 General de Residuos Solidos, modificado por Decreto Legislativo Nº 1065 establece como competencia de las Municipalidades distritales y provinciales, en las concierne a los distritos

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