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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 29 de abril de 2012 465246 emite opinión legal facultativa recomendando procedente que el Consejo Regional apruebe la Ordenanza Regional que deroga la Ordenanza Regional Nº 104-2011-GRJ/CR y apruebe su Reglamento Interno; Que, es imperativo para el ordenamiento del trabajo y cumplimiento de sus funciones por parte del Consejo Regional, contar con el marco normativo reglamentario actualizado y acorde con las modifi caciones vigentes que regule la organización, el ejercicio de las funciones, atribuciones, prerrogativas, responsabilidades, incompatibilidades, deberes, derechos y sanciones, uniformizando su régimen interno y fortaleciendo su dinámica consensual; Que, contando con el Dictamen favorable de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Institucional; de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modifi catorias y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE DEROGA “LA ORDENANZA REGIONAL Nº 104-GRJ/CR, Y APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO REGIONAL” Artículo Primero.- DERÓGUESE la Ordenanza Regional Nº 104-2011-GRJ/CR, “Ordenanza que aprueba el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Junín”, y su modifi catoria, Ordenanzas Regionales Nº 109-2011-GRJ/CR. Artículo Segundo.- APRUÉBESE el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Junín que consta de un (01) Título Preliminar de cinco (05) artículos; cuatro (04) Títulos, veintitrés (23) Capítulos, ciento cuarenta y siete (147) Artículos y tres (03) Disposiciones Transitorias, Finales y Complementarias, el mismo que se anexa y forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DERÓGUESE o MODIFÍQUESE las normas que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de Junín para su promulgación. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los 10 días del mes abril de 2012. SAUL ARCOS GALVAN Consejero Delegado POR TANTO: Mando regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Despacho de la Presidencia del Gobierno Regional Junín, a los 16 días del mes abril de 2012. VLADIMIR ROY CERRON ROJAS Presidente Gobierno Regional Junín 782812-1 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN Aprueban denominar a la provincia de Tocache, departamento de San Martín, como “Capital Mundial del Cacao Aromático” (Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud del Gobierno Regional San Martín mediante Ofi cio Nº 218-2012-GRSM/ORA, recibido el 27 de abril de 2012) ORDENANZA REGIONAL Nº 014-2011-GRSM/CR Moyobamba, 16 de mayo del 2011 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera un Pliego Presupuestal; asimismo la fi nalidad de los Gobiernos Regionales es conducir, regular y promover el desarrollo económico y social regional y coordina con el Gobierno Nacional y Gobiernos Locales para lograr el desarrollo integral de las personas a través de la promoción, protección y el desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos y deberes fundamentales de su población y conducir las acciones encaminadas a lograr el desarrollo sostenible, armónico e integral, priorizando la generación de empleo, la lucha para la superación de la extrema pobreza, con la participación de los organismos e instituciones del Gobierno Central, Gobiernos Locales y organizaciones representativas de la sociedad civil existentes en la Región; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley antes mencionada, establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante pedido del Consejero Regional por la provincia de Tocache – Sr. Segundo Sánchez Saravia en Sesión Extraordinaria de fecha 1 de abril del presente año, que a partir de la fecha se le considere a la provincia de Tocache como “Capital Mundial del Cacao Aromático”, por esa razón el Pleno del Consejo Regional de San Martín, acordó por unanimidad aprobar el pedido del Consejero Regional por la provincia de Tocache, sobre la denominación de la ciudad de Tocache como: “Capital Mundial del Cacao Aromático”; asimismo quedó el compromiso del Consejero Regional alcanzar los documentos formales para la elaboración de la Ordenanza Regional respectiva; Que, con Ofi cio Nº 1174-2009-2010-DP.M/CR, de fecha 5 de noviembre del 2009, el Director General Parlamentario, encargado de la Ofi cialía Mayor del Congreso de la República, envía al Presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa Agro Industrial Tocache Ltda., la Moción aprobada por el Pleno del Congreso de la República, expresando su más cordial saludo y felicitación a la Cooperativa Agroindustrial Tocache, con motivo de haber obtenido el Primer Puesto en la categoría aroma Cacao en el Salón del Chocolate 2009 del 14 al 19 de octubre del 2009, realizado en Paris – Francia; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 161-2011-GRSM/PGR, de fecha 23 de febrero del 2010, el Presidente del Gobierno Regional de San Martín Reconoce y Felicita a la ala Cooperativa Agroindustrial Tocache, por haber obtenido el 1º Puesto en la categoría aroma de Cacao y 10º en la categoría frutal, en el salón del chocolate profesional organizado por la Bioversity Internacional con el soporte técnico del CIRAD – Francia; Que, Acuerdo de Consejo Nº 003-2011-MPT, de fecha 18 de abril del 2011, en Sesión de Consejo de la Municipalidad Provincial de Tocache, de fecha 15 de abril del presente año, acuerdan respaldan el pedido del Consejero Regional por la provincia de Tocache, Señor Segundo Sánchez Saravia ante el Consejo Regional de