Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2012 (29/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 29 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN VISTO: El Informe Nº 174-2012-GPPR/ML de la Gerencia de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion, quien solicita la aprobacion y publicacion de la modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), en el MORDAZA de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 0422011-SUNASS-CD; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal las funciones normativas y fiscalizadoras y a la Alcaldia las funciones ejecutivas; Que, de acuerdo al Articulo 36º de la Ley Nº 27444 - "Ley del Procedimiento Administrativo General", dispone que las disposiciones concernientes a la eliminacion de procedimientos o requisitos o a la simplificacion de los mismos, asi como el supuesto de disminucion de plazos para la tramitacion de los procedimientos y servicios administrativos que presta la Municipalidad, estas podran efectuarse a traves de Decretos de Alcaldia, y; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1014, en sus articulos 4º y 5º, donde establecen medidas para propiciar la inversion en materia de servicios publicos y obras de infraestructura, y; Que, de acuerdo a la Resolucion de Consejo Directivo Nº 042-2011-SUNASS-CD, se modifico el "Reglamento de Calidad de Prestacion de Servicios de Saneamiento", en virtud al cual el Ministerio de Economia y Finanzas en el Decreto Supremo Nº 004-2012-EF, ha fijado la reduccion del plazo para la tramitacion del procedimiento de conexiones domiciliarias de agua y desague, y; Que, con ordenanza Nº 215/ML se aprobo el Texto Unico del Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de Lurin, en el cual considera el procedimiento "Autorizacion para instalaciones domiciliaria de Agua y Desague en Area de Uso Publico" a cargo de la

Gerencia de Desarrollo MORDAZA ­ Subgerencia de Obras Publicas, de calificacion previa con silencio administrativo positivo y para su atencion dentro de un plazo de diez (10) dias, y; Que, mediante Informe Nº 335-2012-GDU/ML de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, se pronuncia que debe modificarse el plazo para resolver el procedimiento de Autorizacion de Conexion Domiciliaria de diez (10) dias habiles a cinco (05) dias habiles. Que, la Gerencia de Asesoria Juridica, mediante Informe Nº 810-2012-GAJ/ML, opina que la modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), en el MORDAZA de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 042-2011-SUNASS-CD, cuenta con el MORDAZA normativo correspondiente, y; Que, la Gerencia de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion mediante el Informe Nº 174-2012-GPPR/ ML, solicita la aprobacion y publicacion de la modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), en el MORDAZA de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 0422011-SUNASS-CD, y; Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR la modificacion del procedimiento administrativo "Autorizacion para instalaciones domiciliaria de Agua y Desague en Area de Uso Publico" del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Lurin, segun formato Anexo que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Segundo.- DISPONER la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano, MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas y en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de Lurin. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Gerencia de Asesoria Juridica y demas Unidades Organicas en cumplimiento del presente dispositivo municipal. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

DIARIO OFICIAL

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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