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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de agosto de 2012 471778 extraordinaria en la ciudad de Chincha, para que informe el Presidente del Gobierno Regional de Ica, que además tiene la condición de Presidente de la Comisión de Defensa de Límites de la Región Ica, en el confl icto limítrofe entre Chincha y Cañete, según Acuerdo de Consejo Regional Nº 0025-GORE-ICA, así como los funcionarios de la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Que, la exposición realizada por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, sobre las acciones realizadas por el Gobierno Regional de Ica, en el inicio del nuevo proceso de demarcación territorial así como las reuniones técnicas en la DNTDT de la PCM, donde ha quedado demostrado que el Informe Técnico Nº 001-2004-PCM/DNTDT denominado “Defi nición de Límites Territoriales entre la Provincia de chincha, Departamento de Ica y la Provincia de Cañete- Departamento de Lima” que originó el Proyecto de Ley Nº10861/2003-PE fue archivado por el Congreso de la República; Que, en el informe presentado por el Presidente Regional, a la Representación Regional, a la población asistente y a los medios de comunicación presentes, que su despacho, ha venido realizando acciones orientadas a fortalecer una estrategia integral en coordinación con los Congresistas de Ica que vienen apoyando la defensa de los límites de la Provincia de Chincha, y con el nuevo proceso se orientará a delimitar una demarcación a nivel departamental, dentro los vestigios históricos, los sustentos legales y los procedimientos técnicos que señala la ley; Que, siendo el actual proceso de demarcación territorial un proceso muy sensible que tiene que ver con el respeto a los derechos territoriales de la Provincia de Chincha, así como un tema de identidad y dignidad regional; después del debate de parte de los señores Consejeros, así como la absolución de las preguntas planteadas al Presidente Regional, respondidas de manera directa; Que, estando a lo dispuesto y aprobado en sesión extraordinaria de la fecha con el voto aprobatorio del Pleno del Consejo Regional, la dispensa de dictamen; y en uso de sus facultades establecidas en la Ley Nº 27867 y sus modifi catorias; y el Reglamento Interno del Consejo Regional, con dispensa y aprobación del acta de la fecha; Ha dado el Acuerdo de Consejo Regional siguiente: Artículo Primero.- RESPALDAR al Señor Presidente del Gobierno Regional de Ica y al Plan de Acción expuesto, invocando a la unidad, para la defensa irrestricta de los límites de la Región Ica. Artículo Segundo.- PUBLICAR el presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal del Gobierno Regional de Ica, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 42º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en la Sede del Consejo Regional de Ica. JOSE MARIA ECHAIZ CLAROS Consejero Delegado Consejo Regional de Ica 821341-1 Exhortan al Presidente del Gobierno Regional de Ica para que emita un pronunciamiento público, ratificando la defensa de la Unidad Territorial de la Región Ica ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 00015-2012-GORE-ICA Ica, 5 de julio de 2012 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en sesión extraordinaria descentralizada del veintiséis de junio del año dos mil doce; realizada en la Sede de la Gerencia Sub Regional de Chincha, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, y su modifi catoria, disponen que los Gobiernos Regionales tengan autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los Gobiernos Regionales tienen entre sus principales funciones, promover el desarrollo y la economía regional, fomentando inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad en armonía con las políticas y planes nacionales de desarrollo, esto conforme establece el artículo 192º de la Constitución Política del Estado; Que, la Ley Nº 27795, en su artículo 5º, le atribuye competencia en asuntos y materia de demarcación territorial, a la Presidencia del Consejo de Ministros a través de su Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial como órgano rector del sistema nacional de demarcación territorial, y a los Gobiernos Regionales a través de sus Áreas Técnicas en demarcación territorial conducen el proceso de demarcación y organización territorial en el ámbito regional conforme al Plan de Demarcación Territorial de acuerdo a las competencias asignadas conforme al artículo 8º del Decreto Supremo Nº 019-2003-PCM, Reglamento de la Ley Nº 27795, dentro de su circunscripción; Que, el Presidente Regional tiene entre otras funciones, dirigir, supervisar, coordinar y administrar las actividades y servicios públicos a cargo del Gobierno Regional a través de sus Gerentes Regionales según lo preceptúa el inciso g) del artículo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, como consecuencia de la modifi cación del Reglamento de la Ley Nº 27795, mediante D.S. Nº 063- 2012-PCM de fecha 07 de junio del 2012, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en sesión ordinaria del trece de junio del dos mil doce, después de haber escuchado la explicación preliminar de los alcances e implicancias técnicas de la citada norma reglamentaria de parte de funcionarios de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto, y Acondicionamiento Territorial, aprobó por unanimidad rechazar mediante un pronunciamiento, el Decreto Supremo Nº 063-2012- PCM, por su manifi esta direccionalidad a favor de la Región Lima, atropellando los derechos legales técnicos e históricos en perjuicio de los interés de la provincia de Chincha y de la Región Ica; Que, frente a estas circunstancias producidas, y a pedido de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, el Consejero Delegado procede a convocar a la sesión extraordinaria en la ciudad de Chincha, para que informe el Presidente del Gobierno Regional de Ica, que además tiene la condición de Presidente de la Comisión de Defensa de Límites de la Región Ica, en el confl icto limítrofe entre Chincha y Cañete, según Acuerdo de Consejo Regional Nº 0025-GORE –ICA, así como los funcionarios de la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Que, la exposición realizada por la Gerencia de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, sobre las acciones realizadas por el Gobierno Regional de Ica, en el inicio del nuevo proceso de demarcación territorial así como las reuniones técnicas en la DNTDT de la PCM, donde ha quedado demostrado que el Informe Técnico Nº 001-2004-PCM/DNTDT denominado “Defi nición de Límites Territoriales entre la Provincia de chincha, Departamento de Ica y la Provincia de Cañete- Departamento de Lima” que originó el Proyecto de Ley Nº10861/2003-PE fue archivado por el Congreso de la República; Que, en el informe presentado por el Presidente Regional, a la Representación Regional, a la población asistente y a los medios de comunicación presentes, que