Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 2012 (07/08/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

472042

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 7 de agosto de 2012

de Obras, de acuerdo a lo establecido en el presente Reglamento y cumpliendo con los requisitos, tasas, criterios y escalas establecidos en el MORDAZA del OSCE. De acuerdo con el numeral 9.3 del articulo 9º de la Ley, la aplicacion del MORDAZA de Reciprocidad no implicara en ningun caso omitir el procedimiento de inscripcion en el RNP. Sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral 9.3 del articulo 9º de la Ley, en aplicacion de lo establecido en el articulo 63º de la Constitucion Politica del Peru, las empresas nacionales y extranjeras cumpliran los mismos requisitos para la inscripcion y/o renovacion ante el RNP. De observarse algun trato discriminatorio a las empresas peruanas en determinado MORDAZA relacionado a la inscripcion en un registro equivalente al RNP, cualquier proveedor, de manera sustentada, podra comunicar tal situacion ante el OSCE para que este a su vez verifique tal hecho en un plazo de sesenta (60) dias habiles. Las Entidades competentes brindaran el apoyo correspondiente al OSCE para que este realice tal verificacion. De ser positiva tal verificacion, el OSCE exigira los mismos requisitos a las empresas originarias del MORDAZA donde se cometio el trato discriminatorio a las empresas peruanas. Si estas ultimas ya estuvieran inscritas, deberan cumplir las nuevas exigencias al momento de su renovacion y/o nueva inscripcion, de conformidad con lo dispuesto por la parte final del primer parrafo del articulo 63º de la Constitucion Politica del Peru. La inscripcion en los Registros tendra validez de un (1) ano a partir del dia siguiente de su aprobacion, pudiendo el interesado iniciar el procedimiento de renovacion dentro de los sesenta (60) dias calendarios anteriores a su vencimiento. El proveedor debera acceder electronicamente a su respectiva MORDAZA a traves del MORDAZA institucional del OSCE. Los proveedores seran responsables de que su inscripcion en el Registro correspondiente del RNP se encuentre vigente al registrarse como participante, en la MORDAZA de propuestas, en el otorgamiento de la buena pro y la suscripcion del contrato. Las Entidades deberan verificar la vigencia de la inscripcion en el RNP en el MORDAZA institucional de OSCE. Mediante directivas el OSCE establecera disposiciones al presente capitulo. Lo dispuesto en el presente Capitulo sera de aplicacion en los tramites de renovacion de inscripcion, aumento de capacidad MORDAZA de contratacion y ampliacion de especialidad, en lo que corresponda. Articulo 253º.- Calificacion de subcontratos de ejecucion de obras publicas En los procedimientos tramitados ante el RNP, los subcontratos de ejecucion de obras publicas seran considerados para la calificacion del subcontratista y no para la del contratista principal, siempre que posean la misma naturaleza y objeto del contrato original. En este caso los subcontratos deben haber sido autorizados por las Entidades contratantes, de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento. Para que dichos subcontratos MORDAZA calificados como experiencia para la asignacion de la capacidad MORDAZA de contratacion, estos deben estar inscritos en el RNP, segun el procedimiento establecido en el MORDAZA del OSCE. Articulo 254º.- Fiscalizacion posterior a los procedimientos tramitados ante el RNP El OSCE sometera a fiscalizacion posterior la documentacion, informacion, declaraciones y traducciones, presentadas por los proveedores, de acuerdo a lo dispuesto por la normativa aplicable y a sus normas de organizacion interna. Articulo 255º.- Proveedores extranjeros Para las personas juridicas constituidas en el extranjero, los requisitos establecidos en el MORDAZA del OSCE seran los equivalentes a los solicitados para las personas juridicas nacionales, cuando corresponda, expedidos por autoridad competente en su lugar de origen. En los procedimientos seguidos ante los registros de ejecutores y consultores de obras, al dia siguiente de recibida la solicitud con la documentacion que acredite los indicados requisitos, el proveedor accedera en forma

electronica a su MORDAZA de inscripcion en el RNP, la que tendra una vigencia de treinta (30) dias habiles, periodo en el que podra participar y ser postor en los distintos procesos de seleccion que se convoquen, pero no podra suscribir contratos. La vigencia de la MORDAZA para ser participante y postor se extendera por diez (10) dias habiles, cuando el tramite de inscripcion sea observado y este sea subsanado en los ultimos cinco (5) dias habiles del procedimiento, durante dicho periodo el proveedor no podra presentar mayor documentacion y la ampliacion del plazo de la MORDAZA estara supeditada al resultado de la evaluacion de la subsanacion presentada. La documentacion proveniente del extranjero que tenga por objeto acreditar los requisitos previstos en el MORDAZA del OSCE debera contar con la legalizacion respectiva del Consulado Peruano correspondiente al lugar de origen del documento, refrendado por el Ministerio de Relaciones Exteriores en el Peru o con la Apostilla de la MORDAZA y, de ser el caso, con su traduccion simple indicando el nombre del traductor. La legalizacion debera constar en el documento original y no en la traduccion. En el caso de procedimientos iniciados con la MORDAZA de documentacion conforme al parrafo precedente, el proveedor dentro de los treinta (30) dias habiles computados a partir del dia siguiente de presentada la solicitud, debera presentar dicha documentacion con la legalizacion del Consulado Peruano correspondiente, en su lugar de origen, refrendado por el Ministerio de Relaciones Exteriores en el Peru y, de ser el caso, con su traduccion simple indicando el nombre del traductor. Si la documentacion presentada por el proveedor es conforme, el RNP procedera a aprobar el procedimiento iniciado. Al dia siguiente de la aprobacion, el proveedor accedera electronicamente a la MORDAZA de inscripcion en el RNP con una vigencia de un (1) ano. Con dicha MORDAZA podra ser participante, postor y suscribir contratos. En caso de no presentar la documentacion con las formalidades previstas en el MORDAZA parrafo y dentro del plazo indicado, se MORDAZA por no aprobado el procedimiento iniciado. Las personas juridicas extranjeras no domiciliadas con representante legal en el MORDAZA deberan adjuntar, para acreditar al mismo, MORDAZA simple del poder vigente otorgado, con facultades suficientes para representar a la empresa en procedimientos administrativos, debidamente inscrito en los Registros Publicos del Peru. Para las personas juridicas extranjeras no domiciliadas y sin representante legal en el MORDAZA, podran iniciar su inscripcion en el RNP conforme a los procedimientos aprobados para tal efecto, el OSCE emitira la directiva para su inscripcion en el RNP. Articulo 256º.- Excepciones No requieren inscribirse como proveedores en el RNP: 1. Las Entidades del Estado comprendidas en el inciso 3.1. del articulo 3º de la Ley. 2. Las sociedades conyugales y las sucesiones indivisas para celebrar contratos sobre bienes y servicios. Articulo 259º.- Impedimentos No podran inscribirse ni renovar su inscripcion, aumentar su capacidad MORDAZA de contratacion, ni ampliar su especialidad como proveedores en el RNP: 1. Las personas naturales o juridicas que se encuentren con sancion vigente de inhabilitacion. 2. Los proveedores cuya inscripcion MORDAZA sido declarada nula por haber presentado documentacion falsa o informacion inexacta al RNP, conforme a lo dispuesto en el articulo 9º de la Ley. Articulo 260º.- Socios Comunes Cuando dos o mas proveedores tengan socios comunes en los que sus acciones, participaciones o aportes MORDAZA superiores al cinco por ciento (5%) del capital o patrimonio social en cada uno de ellos, con la solicitud de inscripcion, renovacion, ampliacion de especialidad, aumento de capacidad MORDAZA de contratacion, segun

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.