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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (16/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 75

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 16 de agosto de 2012 472881 b) Cuando el incumplimiento de los plazos parciales o totales obedeciera a acción u omisión del organismo municipal concedente, tales plazos se entenderán extendidos al del entorpecimiento o paralización, sin perjuicio de las compensaciones correspondientes. c) El concesionario deberá desplegar sus actividades, observando la legislación de la materia que protege el patrimonio cultural y arqueológico de la Nación. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Aplicación Supletoria. En todo lo no previsto en el presente Reglamento, resultarán de aplicación supletoria las normas dictadas por la Municipalidad Metropolitana de Lima en materia de Promoción de la Inversión Privada, así como las demás normas vigentes que regulan la materia. Segunda.- Designación de la OPIP. Desígnese a la Gerencia de Obras Públicas y Proyectos como instancia técnica del Organismo Promotor de la Inversión Privada de la Municipalidad de Santiago de Surco, en adelante OPIP-SURCO, para la conducción de los procesos de promoción de la inversión privada La OPIP-SURCO deberá informar permanentemente, todas las etapas y/o hitos al Concejo Municipal respecto de los procesos de Inversión Privada a que se refi ere la presente Ordenanza. Tercera.- Facultades para Reglamentación. Facúltese al señor Alcalde para que por Decreto de Alcaldía se establezcan las disposiciones completarías a la presente Ordenanza, así como las disposiciones complementarias destinadas a regular el funcionamiento del Fondo Municipal de Promoción de la Inversión Privada (FOMPRI) del Distrito de Santiago de Surco. Cuarta.- Derogación de normas. Dejar sin efecto el Decreto de Alcaldía Nº 24-2011- MSS y cualquier norma legal que se oponga a la presente Ordenanza. Quinta.- Publicación de la Norma. La Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Gerencia de Sistemas y Procesos su publicación en el Portal Institucional y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas. Sexta.- Vigencia La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando que se registre, publique, comunique y cumpla. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 827735-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO Autorizan viaje de representante de la Municipalidad a EE.UU., en comisión de servicios ACUERDO MUNICIPAL N° 070-2012-MPC Cusco, 30 de julio de 2012. EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DEL CUSCO CONSIDERANDO: Que, según lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local, las mismas que cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía según el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el señor David Waddell, Asistente del Decano de la Facultad de Humanidades de la Universidad Brigham Young, del Estado de Utah, Estados Unidos de América, mediante carta de fecha 3 de julio del 2012, extiende una invitación al señor CPC Mariano Baca Anaya, a visitar la experiencia desarrollada en este Estado y compartir y difundir la experiencia desarrollada en la Municipalidad del Cusco, en particular en la Dirección General de Tributación y Rentas; Que, la experiencia desarrollada en la Municipalidad del Cusco, en particular en la Dirección General de Tributación, será expuesta entre los estudiantes y docentes de la Universidad Brigham Young, del Estado de Utah, Estados Unidos de América, a fi n de recibir el apoyo de los mismos y consolidar los esfuerzos que desarrolla la Municipalidad del Cusco, sobre MUNICIPALIDADES VIRTUALES y GOBIERNO ELECTRONICO; Que, la experiencia en la Universidad Brigham Young, del Estado de Utah, Estados Unidos de América, se desarrollará entre los días 22 al 29 de agosto de 2012: Por tanto, estando a lo establecido por el Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, por Mayoría, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta. APROBÓ: Artículo Primero.- Aprobar la participación de la Municipalidad Provincial del Cusco en la invitación hecha por estudiantes y docentes de la Universidad Brigham Young, del Estado de Utah, Estados Unidos de América y para compartir y difundir la experiencia desarrollada en la Municipalidad del Cusco, en particular de la Dirección General de Tributación y Rentas. Artículo Segundo.- Autorizar la participación del señor CPC Mariano Baca Anaya, Director General de Tributación en representación de la Municipalidad del Cusco en la invitación hecha por la Universidad Brigham Young, del Estado de Utah, Estados Unidos de América, a desarrollarse entre el 22 al 29 de agosto de 2012. Artículo Tercero.- Los gastos que irroguen el cumplimiento del presente Acuerdo Municipal serán afectados con cargo a la Fuente de Financiamiento proveniente de los Recursos Directamente Recaudados, de acuerdo al siguiente detalle: MARIANO BACA ANAYA Cusco – Lima – Cusco, US$ 377.59 Lima – Utah – Lima, US$ 1,350.00 Boarding US$ 30.00 Viáticos Internacionales (6 días) US$ 1,200.00 Viáticos nacionales (2 días) S/. 420.00 Artículo Cuarto.- El cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo no otorgará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo Quinto.- De conformidad a lo establecido por el Acuerdo Municipal N° 058-04-MC, el referido funcionario deberá emitir un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados en la sesión ordinaria inmediata posterior a la realización del viaje. Comuníquese, publíquese y archívese. LUIS ARTURO FLOREZ GARCÍA Alcalde 827492-1