Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (16/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 60

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 16 de agosto de 2012 472866 Metropolitana de Lima, aprobado mediante Edicto N° 227 y modifi cado por la Ordenanza N° 936, otorga al Jefe de la institución la facultad para nombrar, contratar, suspender, remover o cesar, con arreglo a ley y a la política establecida por el Consejo Directivo, a los funcionarios, directivos y servidores del SAT. Que, el artículo 7 de la Ley N° 26979, Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva, establece que la designación del Ejecutor como la del Auxiliar Coactivo se efectuará mediante concurso público de méritos. Que, mediante Resolución Jefatural N° 001-004- 00002732 del 14 de junio de 2012, se autorizó la publicación de la convocatoria a Concurso Público de Méritos para cubrir una plaza vacante de Auxiliar Coactivo del SAT. Que, a través del Memorándum N° 187-092-00011582, recibido el 25 de julio de 2012, la Gerencia de Recursos Humanos solicita se emita la Resolución Jefatural a través de la cual se designe al señor Hugo Félix Sánchez Roca como Auxiliar Coactivo del SAT a partir del 01 de agosto de 2012, en mérito a que resultó ganador del citado Concurso Público de Méritos. Estando a lo dispuesto por el literal c) del artículo 6 del Edicto N° 227; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Hugo Félix Sánchez Roca como Auxiliar Coactivo del SAT, a partir del 01 de agosto de 2012. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. JUAN MANUEL CAVERO SOLANO Jefe (e) del Servicio de Administración Tributaria 827632-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2012-DA-MDMM Magdalena del Mar, 19 de julio del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR; VISTOS: El Memorando Múltiple Nº 023-2012-GM-MDMM emitido por la Gerencia Municipal; el Informe Nº 213-212- DIE-MDMM emitido por el Departamento de Informática y Estadística; el Informe Nº 115-2012/DTDYAC-SG-MDMM emitido por el Departamento de Trámite Documentario y Archivo Central; el Informe Nº 451-2012-GAJ-MDMM emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 establece que las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local con personería jurídica de derecho público, con Autonomía Política, Económica y Administrativa en asuntos de su competencia, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, el artículo 117º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que las entidades públicas cuentan con una unidad general de recepción documentaria, la cual está a cargo de llevar un registro del ingreso de los documentos que sean presentados, debiendo administrar su información en soporte informático, cautelando su integración a un sistema único de trámite documentario; Que, en concordancia a la ley acotada, el literal b) del artículo 60º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad de Magdalena del Mar, establece que corresponde al Departamento de Trámite Documentario y Archivo Central ejecutar los procesos de recepción, registro, clasifi cación, distribución, control, seguridad e información de la documentación que ingresa a la municipalidad; Que, mediante Informe Nº 451-2012-GAJ-MDMM la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto a la modifi cación en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la indicación de la dependencia donde se inician los procedimientos administrativos signados con los números: 2.01 “Dispensa total de publicación de edicto”, 2.02 “Dispensa parcial de publicación de edicto”, 4.01 “Presentación de declaración jurada de inscripción”, 4.02 “Presentación de declaración jurada de transferencia (descargo)”, 4.03 “Presentación de declaración jurada rectifi catoria que mantiene o aumenta la base imponible”, 4.04 “Presentación de declaración jurada rectifi catoria que disminuye la base imponible”, 4.08 “Modifi cación y/o actualización de domicilio fi scal”, 12.01 “Carné de sanidad”, 15.01 “Protección al niño y adolescente”, 15.02 “Protección contra la violencia familiar”, a efectos de adecuarlos a lo establecido en la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, se debe tener presente que toda modifi cación al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, deben ser aprobados mediante Decreto de Alcaldía, de acuerdo a lo establecido en el numeral 38.5 del Artículo 38º sobre la “Aprobación y difusión del Texto Único de Procedimientos Administrativos” de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General” y en concordancia a lo que establece el artículo 42º de la Ley Nº 27972; Estando a lo expuesto en los considerandos precedentes, con el visto favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Departamento de Trámite Documentario y Archivo Central, el Departamento de Informática y Estadística, y conforme lo señalado en el inciso 6) del artículo 20º concordante con el artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR los procedimientos administrativos signados con el numero 2.01, 2.02, 4.01, 4.02, 4.03, 4.04, 4.08. 12.01, 15.01 y 15.02 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, conforme se detalla en el Anexo Único que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto toda norma que se oponga a la presente disposición. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCARGAR al Departamento de Informática y Estadística, la publicación del presente Decreto de Alcaldía y su Anexo Único, en el Portal Institucional de la Municipalidad, en el Portal del Estado Peruano y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 827740-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Aprueban nuevo Cronograma Electoral del Proceso de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el CCLD y miembros de la Junta Directiva de la JV-CDZ del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 24-2012/MDSJM/A San Juan de Mirafl ores, 31 de Julio del 2012.