Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2012 (16/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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cumplimiento de las normas vigentes sobre prevencion del LA/FT. Segunda.- De la supervision del sistema de prevencion del LA/FT Las funciones de supervision, control y fiscalizacion establecidas en las presentes normas seran ejercidas por la SBS a traves de la UIF-Peru. El Consejo del Notariado o el Colegio de Notarios de la jurisdiccion podran coadyuvar en la realizacion de determinada visita de supervision, siempre que asi lo requiera la SBS a traves de la UIF-Peru. Articulo Segundo.- Los Notarios de la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, a partir del 1 de enero de 2013, deberan remitir a la UIF-Peru, su Registro de Operaciones (RO) en medio electronico, conforme a las instrucciones que emita la SBS, mediante Oficio Multiple. El envio electronico para los Notarios de las demas provincias del Peru, sera en forma progresiva, segun lo que establezca la SBS, mediante Oficio Multiple. Articulo Tercero.- Los Notarios a nivel nacional deberan remitir sus Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS), asi como toda su documentacion adjunta o complementaria, a partir del 1 de octubre de 2012 a traves del Sistema ROSEL, utilizando para ello la plantilla ROSEL publicada en el MORDAZA habilitado por la SBS para tal efecto. Desde la vigencia de la presente MORDAZA hasta el 30 de setiembre de 2012, inclusive, el Notario debera comunicar el ROS en medio fisico. Unicamente, durante el mes de octubre de 2012, los Oficiales de Cumplimiento de los Notarios, ademas de utilizar la plantilla ROSEL, tambien podran enviar a la UIFPeru, sus Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) por medio fisico. A partir del 2 de noviembre de 2012, el envio del ROS sera remitido unicamente mediante el Sistema ROSEL; excepto en aquellos casos debidamente justificados y autorizados por la SBS, a traves de la UIF-Peru. Articulo Cuarto.- Aprobar los Anexos que forman parte integrante de la presente Resolucion, que seran publicados en el MORDAZA electronico de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (www.sbs.gob.pe), de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. Articulo Quinto.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 827750-1

Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su vigencia y exigibilidad; Que, en aplicacion de lo normado por las Ordenanzas Nº 739 y Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicadas el 26 de diciembre de 2004 y el 27 de junio de 2011, respectivamente, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, aprobo la Ordenanza materia de la ratificacion, remitiendola al Servicio de Administracion Tributaria, incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, con caracter de Declaracion Jurada, y la citada entidad en uso de sus competencias y atribuciones, previa revision y estudio, emitio el Informe Tecnico Legal Nº 004-181-00000492 opinando que procede la ratificacion solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la Ordenanzas Nº 739 y Nº 1533 y las Directivas 001-006-00000005 publicada el 16 de marzo de 2005 y Nº 001-006-00000015 publicada el 30 de junio de 2011; Que, la prestacion del servicio se efectuara en 800 espacios de lunes a MORDAZA en los horarios de 07:00 a 14:00 horas, de 08:00 a 15:00 horas, de 09:00 a 16:00 horas y de 10:00 a 17:00 horas, dependiendo de las zonas, con la tasa de S/. 0.50 por 30 minutos; y los ingresos que la citada Municipalidad Distrital ha proyectado percibir por la aplicacion de la tasa de estacionamiento vehicular, financiaran el 99.89% de los costos del servicio y la diferencia debera ser cubierta con otros ingresos que perciba la misma; De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administracion Tributaria-SAT y por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion en el Dictamen Nº 191-2012-MML/CMAEO. ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 144MDSL de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA que establece la tasa por estacionamiento vehicular en zonas urbanas de dicho distrito. Articulo Segundo.- La ratificacion se encuentra condicionada al cumplimiento de la publicacion del presente Acuerdo ratificatorio, asi como del texto integro de la Ordenanza Nº 144-MDSL que contienen los MORDAZA de estructura de costos, de estimacion de ingresos y la cantidad de espacios habilitados, dias y horarios. La aplicacion sin el cumplimiento de dichas condiciones, es responsabilidad exclusiva de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de San Luis. Articulo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicacion, el Servicio de Administracion TributariaSAT, a traves de su pagina web www sat.gob.pe MORDAZA de conocimiento publico el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion y el Informe del Servicio de Administracion Tributaria-SAT. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Alcaldesa 827757-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican la Ordenanza Nº 144MDSL de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA que establece la tasa por estacionamiento vehicular
ACUERDO DE CONCEJO Nº 1380 MORDAZA, 8 de agosto de 2012 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 7 de agosto de 2012, el Oficio Nº 001-090-00006724 de la Jefatura del Servicio de Administracion Tributaria-SAT, adjuntando el expediente de ratificacion de la Ordenanza N° 144-MDSL, de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, que establece la tasa por estacionamiento vehicular en zonas urbanas del citado distrito; y,

Designan Auxiliar Coactivo del SAT
SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA ­ SAT RESOLUCION JEFATURAL N° 001-004-00002805 MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, el articulo 6 del Estatuto del Servicio de Administracion Tributaria, SAT, de la Municipalidad

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