Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2012 (16/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES

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Articulo 9º.- PERIODO DE TOLERANCIA El tiempo de tolerancia exento de pago para el estacionamiento vehicular temporal de vehiculos sera de diez (10) minutos. Transcurrido ese tiempo se procedera al cobro de la unidad minima, asi el vehiculo no MORDAZA llegado a usar el total de los 30 minutos. Articulo 10º.- ESTABLECIMIENTOS DE LAS ZONAS DE ESTACIONAMIENTO Las zonas de estacionamiento vehicular temporal sujetas al cobro de la tasa descrita en el Articulo 7º de la presente Ordenanza son las que se detallan en el ANEXO I, el cual forma parte integrante de la presente norma. Las zonas indicadas han sido establecidas en base al Informe de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad de San MORDAZA, asi como del Estudio Tecnico elaborado por la Subgerencia de Ingenieria del MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA remitido mediante Oficio Nº 1014-2012-MML/GTU-SIT. Articulo 11º.- PERIODO Y HORARIO DEL SERVICIO El servicio de Estacionamiento Vehicular, sera prestado de lunes a domingo. Los horarios del servicio podran variar dependiendo de las zonas de estacionamiento de acuerdo al rubro de actividades donde se ubican los estacionamientos vehiculares, considerando un promedio de 7 horas de servicio que se efectua durante el dia. El detalle del horario de cada MORDAZA se encuentra en el ANEXO I. Articulo 12º.- INAFECTACIONES Se encuentran inafectos del pago de la tasa de estacionamiento vehicular, los conductores de los vehiculos oficiales en cumplimiento de sus funciones que de acuerdo a Ley corresponda o realicen labores propias de su actividad o cuyos vehiculos MORDAZA de propiedad de: a. El Cuerpo General de Bomberos del Peru. b. La Policia Nacional del Peru. c. Las Fuerzas Armadas del Peru. d. Ambulancias en general. e. Vehiculos oficiales del Gobierno Nacional, Regional o Local en comision de servicio. f. Vehiculos estacionados en zonas reservadas para su categoria o actividad publica, segun autorizacion municipal. Articulo 13º.- RENDIMIENTO DEL TRIBUTO El monto recaudado por concepto de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal regulada en la presente Ordenanza constituye renta de la Municipalidad de San MORDAZA y sera destinado exclusivamente a la implementacion, mantenimiento y mejoramiento de la misma.

Su recaudacion podra efectuarse directamente o a traves de cualquiera de las modalidades permitidas por Ley. DISPOSICIONES FINALES Primera.- APROBACION DE LA ESTRUCTURA DE COSTOS Y ESTIMACION DE INGRESOS Apruebese el Cuadro de Estructura de Costos del Servicio y el Cuadro de Estimacion de Ingresos del Servicio de Estacionamiento Vehicular, los cuales se detallan en los ANEXOS II y III que forman parte integrante de la presente norma. Segunda.- MORDAZA Encarguese a la Gerencia de Rentas, a la Subgerencia de Administracion y Recaudacion, a la Subgerencia de Fiscalizacion Tributaria y a la Gerencia de Administracion y Finanzas, el cumplimiento de la presente ordenanza a fin de prestar este servicio asi como el de fiscalizacion del mismo, a traves de cualquiera de las modalidades permitidas por la Ley. Tercera.- FACULTADES REGLAMENTARIAS Facultese al MORDAZA a fin que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones que fueran necesarias para lograr la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Cuarta.- VIGENCIA La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que la ratifique y sera exigible una vez que se MORDAZA cumplido con publicar el texto integro de la Ordenanza, incluido el Informe Tecnico. Quinta.- TRANSPARENCIA DE LA INFORMACION El texto integro de la presente Ordenanza sera publicada en la pagina web del municipio, www.munisanluis.gob.pe, asi como en la pagina web del Servicio de Administracion Tributaria (SAT) de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, www.sat.gob.pe, de conformidad con el MORDAZA parrafo del articulo 19º de la Ordenanza Nº 1533. Sexta.- DEROGACION Deroguese la Ordenanza Nº 024-y 030-MDSL publicada el 15 de septiembre de 2005. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

ANEXO I VIAS HABILITADAS POR LA GERENCIA DE TRANSPORTE MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA PARA EL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR
VIA Av. San MORDAZA MORDAZA DE VIA Colectora Colectora Colectora Colectora Av. MORDAZA Echeandia Colectora Colectora Ca. MORDAZA Tumbes Local Local Local Ca. Rio MORDAZA Local Local Local CUADRA 8 12 13 6 7 2 LADO I P P P I I P I P I P I ESPACIO 9 20 21 15 13 12 8 3 12 17 13 12 ZONIFICACION VT. 0U 0U I2 I2 I2 I2 I2 I1 I1 I2 I2 10:00 A 17:00 HORAS 09:00 A 16:00 HORAS HORARIO

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