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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de diciembre de 2012 480305 autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4°.- El personal autorizado deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos. Artículo 5°.- El personal autorizado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 876203-3 Autorizan viaje de personal civil del Ejército a Argentina, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 653-2012-DE/ Lima, 7 de diciembre de 2012 VISTO: La Hoja de Recomendación Nº 109/DIEDOC/C-5.c del 25 de setiembre de 2012, de la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, con el documento del visto, el señor General de Ejército Comandante General del Ejército, aprobó la recomendación de viaje al exterior en Misión de Estudios, de la señora Servidora Línea de Carrera 2 Nivel VI Tecnólogo Médico, VALDIVIESO MOGROVEJO Lily Yvonne y de la señora Servidora Línea de Carrera 2 Nivel V Tecnólogo Médico, MUÑANTE PACHAS Gladys Virginia del Comando de Salud del Ejército - Hospital Militar Central, para que realicen los cursos de Resonancia Cardiaca, Asesoramiento Avanzado en Resonancia Magnética y Resonancia Magnética Funcional en el Colegio de Licenciados en Producción de Bioimagenes y Afi nes (COLIByA), en la ciudad de Buenos Aires - República Argentina, en el periodo comprendido del 10 al 21 de diciembre de 2012; Que, es de interés institucional, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios de las mencionadas profesionales de la Salud, para que participen en los referidos cursos, toda vez que los conocimientos y experiencias a adquirirse, permitirá tratar en forma efi ciente al personal militar, con los nuevos avances tecnológicos de la medicina; Que, el citado viaje en Misión de Estudios no se encuentra previsto en el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012, aprobado con Resolución Suprema Nº 014-2012 DE/ del 13 de enero de 2012 y sus modifi catorias aprobadas con Resolución Suprema N° 284-2012 DE del 21 de junio de 2012, Resolución Suprema N° 384-2012 DE del 27 de agosto de 2012, y con Resolución Suprema N° 457-2012 DE del 28 de setiembre de 2012; en razón a que se tomó conocimiento del mismo con posterioridad a su aprobación y respectiva modifi cación; sin embargo, en atención a los intereses del Sector Defensa y la importancia del curso, resulta pertinente expedir la presente autorización de viaje; Que, los gastos serán cubiertos con cargo a la Fuente de Financiamiento (F/F) de Recursos Ordinarios (R/O), saldos no ejecutados del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de la Unidad Ejecutora N° 003 - Ejército del Perú de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; Que, el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, en su Artículo 1°, inciso a), numeral 3, determina que las autorizaciones de viaje al extranjero que irroguen gastos al Estado, del personal militar y civil, serán aprobadas mediante Resolución Suprema; De conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo N° 001-2011-DE/ del 29 de marzo de 2011, la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047 - 2002 - PCM del 05 de junio de 2002, el Decreto Supremo Nº 002 -2004 -DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, el Decreto Supremo N° 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 - que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército y a lo acordado por el señor Ministro de Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios a la señora Servidora Línea de Carrera 2 Nivel VI Tecnólogo Médico, VALDIVIESO MOGROVEJO Lily Yvonne identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 25579754 y a la señora Servidora Línea de Carrera 2 Nivel V Tecnólogo Médico, MUÑANTE PACHAS Gladys Virginia, identifi cada con Documento Nacional de Identidad N° 15354456; para que participen en los cursos de Resonancia Cardiaca, Asesoramiento Avanzado en Resonancia Magnética y Resonancia Magnética Funcional en el Colegio de Licenciados en Producción de Bioimagenes y Afi nes (COLIByA), en la ciudad de Buenos Aires - República Argentina, en el periodo comprendido del 10 al 21 de diciembre de 2012. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aéreos: Lima - Buenos Aires (República de Argentina) - Lima (Clase económica) US $ 750.00 x 02 personas $ 1,500.00 Viáticos US $ 200.00 x 12 días x 02 personas $ 4,800.00 ------------- Total $ 6,300.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- El Personal Civil designado en Misión de Estudios, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Artículo 5º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 876203-4