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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (08/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de diciembre de 2012 480308 Que, la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, considera en el Presupuesto Institucional de Apertura de los Gobiernos Locales, recursos para la gestión de programas sociales, entre los que se encuentra el Programa de Complementación Alimentaria (PCA); Que, por lo expuesto, en el marco del proceso de descentralización, corresponde formalizar la conclusión del proceso de efectivización de la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria (PCA) a las Municipalidades Distritales de Ate, Comas, Independencia, Villa El Salvador, El Agustino, San Isidro, Chorrillos, San Juan de Mirafl ores, Pueblo Libre, San Borja, Punta Negra, Lince, Surquillo y San Juan de Lurigancho, del ámbito de Lima Metropolitana; De conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; DECRETA: Artículo 1.-Conclusión del proceso de efectivización de la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria (PCA). Declárese concluido el Proceso de Efectivización de la Transferencia del Programa de Complementación Alimentaria (PCA), del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRONAA) del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social a las Municipalidades Distritales de Ate, Comas, Independencia, Villa El Salvador, El Agustino, San Isidro, Chorrillos, San Juan de Mirafl ores, Pueblo Libre, San Borja, Punta Negra, Lince, Surquillo y San Juan de Lurigancho, del ámbito de Lima Metropolitana, a partir del 1 de enero de 2013. Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de diciembre del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CAROLINA TRIVELLI ÁVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 876203-1 Delegan en el Jefe de la Oficina General de Administración diversas facultades y atribuciones ante la SUNAT RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 230-2012-MIDIS Lima, 7 de diciembre de 2012 VISTOS: El Informe N° 015-2012-MIDIS-SG/OGA/OCCP, de la Jefa (e) de la Ofi cina de Contabilidad y Control Previo de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y el Memorando N° 1602- 2012/MIDIS/OGA, emitido por la Jefa de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792 se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dispone que el Titular de la Entidad es la más alta autoridad ejecutiva y el funcionario responsable en materia presupuestaria, siendo que las funciones que ostenta en materia presupuestaria pueden ser objeto de delegación, cuando así lo establezca expresamente la Ley General de Presupuesto del Sector Público y/o la norma de creación de la Entidad; Que, el artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el literal e) del artículo 12 de la Ley N° 29792 dispone que el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social ejerce las funciones que le asigne la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio, pudiendo delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función; Que, mediante Resolución Ministerial N° 007-2012- MIDIS, se delegó en la Secretaría General del Ministerio, para el ejercicio fi scal 2012, una serie de facultades en materia presupuestal, planeamiento, inversiones, contrataciones del Estado, recursos humanos y en materia administrativa en general; Que, posteriormente, con Resoluciones Ministeriales N°s 040 y 167-2012-MIDIS, se delegó en el Jefe de la Ofi cina General de Administración, una serie de facultades en materia presupuestal, de contrataciones del Estado, recursos humanos y en materia administrativa, dejándose sin efecto la Resolución Ministerial N° 007-2012-MIDIS, en los extremos relativos a las facultades delegadas al referido funcionario; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 27 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS, la Ofi cina General de Administración es el órgano de apoyo encargado de administrar y proveer a los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de los recursos humanos, materiales, económicos y fi nancieros necesarios para asegurar una efi ciente y efi caz gestión institucional; Que, a fi n de coadyuvar al cumplimiento de las funciones asignadas a la Ofi cina General de Administración, garantizando la adecuada y efi ciente gestión administrativa, resulta necesario delegar adicionalmente, en el Jefe de dicho órgano, ciertas facultades administrativas en materia tributaria; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegar en el Jefe de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, durante el ejercicio fi scal 2012, respecto de la Unidad Ejecutora N° 001, la siguientes facultades y atribuciones: - Representar al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT, en todo tipo de trámite en materia tributaria, para realizar cualquier acto, procedimiento y/o actividad que resulte necesaria para el mejor desarrollo de la gestión administrativa del Ministerio. Las facultades delegadas mediante la presente resolución se agregan a las delegadas mediante las Resoluciones Ministeriales N°s 040-2012-MIDIS y 167- 2012-MIDIS. Artículo 2.- El Jefe de la Ofi cina General de Administración deberá dar cuenta a la Secretaría General respecto de las actuaciones derivadas de las facultades delegadas en el artículo precedente. Artículo 3.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 007-2012-MIDIS, en los extremos relativos a la facultad delegada mediante la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA TRIVELLI ÁVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 876016-1