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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (08/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de diciembre de 2012 480312 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Sustituyen rubro de una Tabla Paramétrica del Anexo 2 de la Planilla Electrónica, aprobada por la Resolución Ministerial N° 121-2011-TR y normas modificatorias RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 290-2012/SUNAT Lima, 7 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que según el artículo 12° del Decreto Supremo N.° 039-2001-EF que aprueba el Reglamento de la Ley N.° 27334, corresponde a la SUNAT elaborar y aprobar las normas y procedimientos necesarios para llevar a cabo la recaudación y administración de las aportaciones a la Seguridad Social, para la declaración e inscripción de los asegurados y/o afi liados obligatorios, así como para la declaración y/o pago de las demás deudas no tributarias a dichas entidades cuya recaudación le haya sido encomendada; Que el numeral 88.1 del artículo 88° del Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N.° 135-99-EF y normas modifi catorias dispone que para determinados deudores, la Administración Tributaria podrá establecer la obligación de presentar la declaración, entre otros medios, por transferencia electrónica o por medios magnéticos y en las condiciones que señale para ello; Que el artículo 4° del Decreto Supremo N.° 018- 2007-TR y normas modifi catorias que establece las disposiciones relativas al uso del documento denominado Planilla Electrónica, señala que la SUNAT mediante resolución de superintendencia podrá efectuar las modifi caciones posteriores de los anexos que contienen la información de la Planilla Electrónica, las tablas paramétricas y la estructura de los archivos de importación previa coordinación con el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Añade que en el caso de las tablas paramétricas, estas podrán ser actualizadas y publicadas en los portales institucionales, previa comunicación a la Autoridad Administrativa de Trabajo; Que, mediante la Resolución Ministerial N.° 121-2011- TR y normas modifi catorias se aprobaron los anexos que contienen la información de la Planilla Electrónica, las tablas paramétricas y la estructura de los archivos de importación; Que en uno de los rubros de la Tabla 22: “Ingresos, Tributos y Descuentos” del Anexo 2 de la Planilla Electrónica, aprobado por la resolución a que se refi ere el considerando anterior, se señala que la bonifi cación establecida por el Decreto de Urgencia N.° 037-94 se encuentra afecta al aporte del Sistema Nacional de Pensiones; Que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ha comunicado la necesidad de modifi car la Tabla antes citada, a fi n de corregir la misma, debido a que la bonifi cación a que se refi ere el Decreto de Urgencia N.° 037-94 no se encuentra afecta al aporte del Sistema Nacional de Pensiones; Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general aprobado por el Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS y normas modifi catorias, no se prepublica la presente resolución en la medida que la corrección de la Tabla 22: “Ingresos, Tributos y Descuentos” del Anexo 2 de la Planilla Electrónica, obedece a lo señalado en los considerandos precedentes; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 88° del TUO del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-99-EF y normas modifi catorias, el artículo 12° del Decreto Supremo N.° 039-2001-EF, el artículo 4° del Decreto Supremo N.° 018-2007-TR y normas modifi catorias, el artículo 11° del Decreto Legislativo N.° 501, el artículo 5° de la Ley N.° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y el inciso q) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo N.° 115-2002- PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- SUSTITUCIÓN DE UN RUBRO DE LA TABLA 22 DEL ANEXO 2 – TABLAS PARAMÉTRICAS DE LA PLANILLA ELECTRÓNICA Sustitúyase el rubro “BONIFICACIÓN ESPECIAL A SERV PUB - DU 037-94” identifi cado con el Código 2042 de la Tabla 22: “Ingresos, Tributos y Descuentos” del Anexo 2 de la Planilla Electrónica, aprobada por la Resolución Ministerial N.° 121-2011-TR y normas modifi catorias, de acuerdo al Anexo que forma parte de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional ANEXO TABLA 22: “INGRESOS, TRIBUTOS Y DESCUENTOS” CÓDIGO DESCRIPCIÓN DE LOS INGRESOS, TRIBUTOS Y DESCUENTOS EMPLEADOR ESSALUD SEGURO REGULAR TRABAJADOR EMPLEADOR TRABAJADOR PENSIONISTA ESSALUD CBSSP- SEG TRAB PESQUERO ESSALUD SEGURO AGRARIO / ACUICULTOR ESSALUD SCTR IMPUESTO EXTRAORD. DE SOLIDARIDAD FONDO DERECHOS SOCIALES DEL ARTISTA SENATI SISTEMA NACIONAL DE PENSIONES 19990 SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES FONDO COMPL DE JUBIL MIN. MET Y SIDER ´(1) RENTA 5TA CATEGORÍA RETENCIONES ESSALUD SEGURO REGULAR PENSIONISTA CONTRIB. SOLIDARIA ASISTENCIA PREVIS. (…) 2042 BONIFICACIÓN ESPECIAL A SERV PUB- DU 037-94 SI SI SI SI SI NO SI NO SI NO SI NO NO 875779-1