Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2012 (08/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 8 de diciembre de 2012

organos jurisdiccionales hasta un momento MORDAZA de que la sentencia adquiera la calidad de cosa juzgada, esto es, que dicha incorporacion del pago de intereses se haga en la sentencia de primera instancia, en la de vista o en todo caso en la de casacion, pero no asi en la etapa de ejecucion por no haberse ordenado asi en la sentencia respectiva y que adquirio la calidad de cosa juzgada. Sexto.- Que en cuanto a la tasa de interes legal a fijarse, siguiendo las pautas establecidas en la jurisprudencia constitucional y judicial, la misma debe ser determinada conforme a lo dispuesto por el articulo 1244° del Codigo Civil, esto es, la tasa legal aplicable debe ser la fijada por el Banco Central de Reserva del Peru. Septimo.- Que estando a lo resenado, resulta conveniente que se dicten algunos lineamientos para que MORDAZA atendidos por los senores Jueces de todas las instancias con el objeto de lograr un goce efectivo de los derechos que les amparan a los pensionistas, sin que ello implique desconocer la independencia que la Constitucion les garantiza, toda vez que la aplicacion de los criterios jurisprudenciales mencionados no solo tienen como finalidad el cumplimiento de precedentes vinculantes sino tambien el de evitar demoras innecesarias en la tramitacion de los procesos. Por tales fundamentos, el Presidente del Poder Judicial y de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, de conformidad con las atribuciones conferidas por el articulo 73° y 76° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, modificado por la Ley N° 24765. RESUELVE: Articulo Primero.- Exhortar a los Jueces de toda la Republica a cumplir con los precedentes vinculante y la doctrina jurisprudencial que sobre materia previsional se ha trazado por el Tribunal Constitucional y las MORDAZA Supremas especializadas de la Corte Suprema de Justicia de la Republica. Articulo Segundo.- Precisar, en el mismo sentido exhortativo, que en los procesos de pago de derechos pensionarios, los Jueces de todos los niveles estan obligados a ordenar el pago de intereses legales conforme a los articulos 1242° y 1244° del Codigo Civil, los que se calculan conforme a la tasa de interes legal fijada por el Banco Central de Reserva del Peru. Articulo Tercero.- Exhortar, siguiendo la linea jurisprudencial mencionada, que cuando los Jueces de todos los niveles, incorporen de oficio el mandato de pago de intereses en materia previsional, lo MORDAZA en la sentencia respectiva y no en la fase de ejecucion a fin de respetar la garantia de la Cosa Juzgada. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el diario oficial El Peruano y en la pagina web institucional del Poder Judicial para el cumplimiento de los fines de publicidad y transparencia respectivos. Articulo Quinto.- Poner en conocimiento de lo resuelto al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a la Oficina de Control de la Magistratura, a las Cortes Superiores de Justicia de la Republica, al Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial y a la Gerencia General del Poder Judicial, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Presidente 875666-1

VISTOS; La Resolucion Administrativa N° 904-2012P-CSJLI/PJ; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion de Vistos, y ante la licencia por motivos de salud de la doctora MORDAZA MORDAZA Yacila Cuya, Juez Supernumeraria del Vigesimo Juzgado Penal de MORDAZA, se dispuso la permanencia de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Supernumeraria de dicho Juzgado, a partir del 09 de noviembre al 07 de diciembre del presente ano. Que, por Ingreso N° 95970-2012, la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Yacila Cuya, Juez Supernumeraria del Vigesimo Juzgado Penal de MORDAZA solicita licencia con goce de haber por motivos de salud desde el 06 de diciembre al 04 de enero del 2013. Que, estando a lo expuesto, esta Presidencia considera pertinente emitir el pronunciamiento respectivo, a fin de no afectar el normal desarrollo de las labores jurisdiccionales del Vigesimo Juzgado Penal de MORDAZA, debido a la licencia de la doctora Yacila Cuya. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la politica interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribucion, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratificar y/o dejar sin efecto la designacion de los Jueces Provisionales y Supernumerarios que estan en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del articulo 90° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER LA PERMANENCIA de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Supernumeraria del Vigesimo Juzgado Penal de MORDAZA, a partir del 08 de diciembre del 2012 al 04 de enero del 2013, por la licencia por motivos de salud de la doctora Yacila Cuya. Articulo Segundo.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administracion Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y de los Magistrados para los fines pertinentes. Publiquese, registrese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA LAMA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 876008-1

Designan Juez Supernumerario del Vigesimo MORDAZA Juzgado Civil de MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 1025-2012-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 7 de diciembre del 2012 VISTOS Y CONSIDERANDOS: Que, por Ingresos Nºs. 00081978 y 00084217-2012, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del Vigesimo MORDAZA Juzgado Civil de MORDAZA, solicita se le conceda licencia por capacitacion del 10 al 14 de diciembre, por habersele concedido una beca para participar en el Curso de Formalizacion Especializada: "El Control de Constitucional de las Leyes" organizado por el Programa de Capacitacion para Jueces y Magistrados Iberoamericanos del Aula Iberoamericana del Consejo General del Poder Judicial de Espana, a realizarse en la MORDAZA de Cadiz ­ Espana; y, asimismo peticiona, licencia

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Disponen la permanencia de magistrada como Juez Supernumeraria del Vigesimo Juzgado Penal de MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 1024-2012-P-CSJLI/PJ MORDAZA, seis de diciembre del 2012

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