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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de diciembre de 2012 480318 órganos jurisdiccionales hasta un momento antes de que la sentencia adquiera la calidad de cosa juzgada, esto es, que dicha incorporación del pago de intereses se haga en la sentencia de primera instancia, en la de vista o en todo caso en la de casación, pero no así en la etapa de ejecución por no haberse ordenado así en la sentencia respectiva y que adquirió la calidad de cosa juzgada. Sexto.- Que en cuanto a la tasa de interés legal a fi jarse, siguiendo las pautas establecidas en la jurisprudencia constitucional y judicial, la misma debe ser determinada conforme a lo dispuesto por el artículo 1244° del Código Civil, esto es, la tasa legal aplicable debe ser la fi jada por el Banco Central de Reserva del Perú. Séptimo.- Que estando a lo reseñado, resulta conveniente que se dicten algunos lineamientos para que sean atendidos por los señores Jueces de todas las instancias con el objeto de lograr un goce efectivo de los derechos que les amparan a los pensionistas, sin que ello implique desconocer la independencia que la Constitución les garantiza, toda vez que la aplicación de los criterios jurisprudenciales mencionados no sólo tienen como fi nalidad el cumplimiento de precedentes vinculantes sino también el de evitar demoras innecesarias en la tramitación de los procesos. Por tales fundamentos, el Presidente del Poder Judicial y de la Corte Suprema de Justicia de la República, de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 73° y 76° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, modifi cado por la Ley N° 24765. RESUELVE: Artículo Primero.- Exhortar a los Jueces de toda la República a cumplir con los precedentes vinculante y la doctrina jurisprudencial que sobre materia previsional se ha trazado por el Tribunal Constitucional y las Salas Supremas especializadas de la Corte Suprema de Justicia de la República. Artículo Segundo.- Precisar, en el mismo sentido exhortativo, que en los procesos de pago de derechos pensionarios, los Jueces de todos los niveles están obligados a ordenar el pago de intereses legales conforme a los artículos 1242° y 1244° del Código Civil, los que se calculan conforme a la tasa de interés legal fi jada por el Banco Central de Reserva del Perú. Artículo Tercero.- Exhortar, siguiendo la línea jurisprudencial mencionada, que cuando los Jueces de todos los niveles, incorporen de ofi cio el mandato de pago de intereses en materia previsional, lo hagan en la sentencia respectiva y no en la fase de ejecución a fi n de respetar la garantía de la Cosa Juzgada. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano y en la página web institucional del Poder Judicial para el cumplimiento de los fi nes de publicidad y transparencia respectivos. Artículo Quinto.- Poner en conocimiento de lo resuelto al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a la Ofi cina de Control de la Magistratura, a las Cortes Superiores de Justicia de la República, al Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial y a la Gerencia General del Poder Judicial, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO Presidente 875666-1 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Disponen la permanencia de magistrada como Juez Supernumeraria del Vigésimo Juzgado Penal de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 1024-2012-P-CSJLI/PJ Lima, seis de diciembre del 2012 VISTOS; La Resolución Administrativa N° 904-2012- P-CSJLI/PJ; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución de Vistos, y ante la licencia por motivos de salud de la doctora Yolanda Yesenia Yacila Cuya, Juez Supernumeraria del Vigésimo Juzgado Penal de Lima, se dispuso la permanencia de la doctora ROSA YSABEL MEZA CRUZADO, como Juez Supernumeraria de dicho Juzgado, a partir del 09 de noviembre al 07 de diciembre del presente año. Que, por Ingreso N° 95970-2012, la doctora Yolanda Yesenia Milagros Yacila Cuya, Juez Supernumeraria del Vigésimo Juzgado Penal de Lima solicita licencia con goce de haber por motivos de salud desde el 06 de diciembre al 04 de enero del 2013. Que, estando a lo expuesto, esta Presidencia considera pertinente emitir el pronunciamiento respectivo, a fi n de no afectar el normal desarrollo de las labores jurisdiccionales del Vigésimo Juzgado Penal de Lima, debido a la licencia de la doctora Yacila Cuya. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratifi car y/o dejar sin efecto la designación de los Jueces Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER LA PERMANENCIA de la doctora ROSA YSABEL MEZA CRUZADO, como Juez Supernumeraria del Vigésimo Juzgado Penal de Lima, a partir del 08 de diciembre del 2012 al 04 de enero del 2013, por la licencia por motivos de salud de la doctora Yacila Cuya. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 876008-1 Designan Juez Supernumerario del Vigésimo Quinto Juzgado Civil de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 1025-2012-P-CSJLI/PJ Lima, 7 de diciembre del 2012 VISTOS Y CONSIDERANDOS: Que, por Ingresos Nºs. 00081978 y 00084217-2012, el doctor Julio César Rodríguez Rodríguez, Juez Titular del Vigésimo Quinto Juzgado Civil de Lima, solicita se le conceda licencia por capacitación del 10 al 14 de diciembre, por habérsele concedido una beca para participar en el Curso de Formalización Especializada: “El Control de Constitucional de las Leyes” organizado por el Programa de Capacitación para Jueces y Magistrados Iberoamericanos del Aula Iberoamericana del Consejo General del Poder Judicial de España, a realizarse en la ciudad de Cádiz – España; y, asimismo peticiona, licencia